¿Avances del estado social de derecho en Colombia?
Enviado por Paula Aponte • 25 de Octubre de 2021 • Ensayo • 1.300 Palabras (6 Páginas) • 183 Visitas
Economía Pública 2020-II
¿Avances del Estado Social de Derecho en Colombia?
Paula Tatiana Aponte Díaz
El Estado Social de Derecho se define como un “Estado fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general (…) lo componen tres dimensiones básicas a saber: La dimensión de la vinculación social del Estado (…), la referencia social de los derechos fundamentales (…), la obligación del estado de articular la sociedad desde bases democráticas” (Sentencia T 406 de 1992). ¿Permite la visión de Sergio Clavijo sobre los fallos de la Corte Constitucional avanzar en la construcción del Estado Social de Derecho proclamado en la constitución política de Colombia de 1991? La respuesta es si y no, los planteamientos de Clavijo permiten avanzar en la construcción del Estado Social de Derecho, pero no de la manera en la que se esperaría, pues se requiere de otras cosas, la separación de poderes es necesaria pero los ajustes económicos que se hagan deben hacerse en virtud del mejoramiento de la sociedad, no del detrimento de esta. Los aportes hechos por Sergio Clavijo permiten avanzar, pero no son suficientes para lograr el Estado Social de Derecho.
El principal argumento de Clavijo (2001) es “el común denominador de los errores económicos de la Corte está en el detrimento de la distribución del ingreso a través del uso de criterios de supuesta igualdad, para casos que requerían precisamente tratamientos diferentes”, afirmando también que la “inestabilidad jurídica”, o “inestabilidad constitucional”, es la causa de que no se implementen las políticas económicas propuestas, trayendo a colación el populismo que -según el- ejerce la Corte Constitucional. Los jueces de la Corte Constitucional no son elegidos por el pueblo, así que resulta incoherente afirmar que sus interpretaciones a la constitución son populistas, además, la función de los jueces es de determinar si algo es constitucional o no, por ende, si las medidas económicas que se plantean no van de acuerdo con lo consagrado en la constitución como Estado Social de Derecho se deben revisar dichas medidas más no la interpretación de los jueces de estas, es cierto que la Corte se extralimita en los asuntos económicos, pero no es populismo, es corrupción, tal como lo expone Clavijo “muchos de los mandatos de la Corte han beneficiado a los de estratos altos, al reducir sus obligaciones hipotecarias y al elevar los sueldos de los funcionarios públicos que ganan más de dos salarios mínimos, supuestamente en aras de “lo social” ”(Clavijo, 2001).
Continuando con lo anterior, expuse que la Corte se extralimita, pues las políticas económicas deben pasar por el poder legislativo, pero esto no significa que este las acepte o las rechace por decisión propia, pues en un ESD se da la articulación de poderes, sin embargo, si las medidas económicas que se proponen en verdad ayudaran a la disminución de la miseria y la desigualdad, se considerarían pertinentes en un Estado Social de Derecho y se implementarían, pero muchas de las políticas propuestas son de corte neoliberal, el cual fomenta la acumulación del capital en pocas personas o grupos, aumentando así la desigualdad, contrariando el ESD. El detrimento de la distribución del ingreso, el incremento del gasto público sin medir los efectos negativos a nivel macroeconómico, y la limitación de recursos, han causado que los programas que hayan concentrado en la provisión de unos mínimos vitales en educación y salud, desafortunadamente, estos recursos públicos de han desviado hacia “programas para unos pocos” (caso SPP), y por esto su impacto social se ha diluido y se han perdido los progresos que se habían alcanzado en materia de educación y salud para todos.
Clavijo, hace una conclusión importante a mitad del texto, en la que habla de cómo el proceso de el Estado Social de Derecho resultó “extremadamente costoso en la asignación de recursos públicos” y que se ha “arrinconado al sector privado” (Clavijo, 2001). Este arrinconamiento del que se habla se expresó en: 1. El alza exagerada en las tasas de interés reales; 2. Caída de la inversión extranjera directa por el conflicto interno y la inestabilidad en las reglas de juego; 3. Desaceleración en la generación de empleo por parte del sector privado. Según el autor, gracias a los costos de la organización estatal, la corrupción y la ineficiencia de lo público, los gobiernos han tenido que recurrir a reformas tributarias, lo cual es regresivo desde el punto de vista de la distribución del ingreso y aumenta la preocupación de los estratos bajos pues se debe aumentar el IVA para suplir. (Clavijo, 2001)
...