BALOTARIO DERECHO MERCANTIL
Enviado por Mercedes Isla Vértiz • 6 de Mayo de 2021 • Apuntes • 27.256 Palabras (110 Páginas) • 128 Visitas
BALOTARIO MERCA 3 2020-I
Control 1 y 2: Introducción
1.Tanto los sistemas cambiarios contemporáneos como los históricos se diferencian entre sí en función d
a) La significación típicamente documental o preferentemente cartular del título cambiario.
b) Si son las pretensiones nacidas del contrato de cambio o directamente del título causal las que definen las prioridades del régimen jurídico de la letra de cambio
c) Si lo importante es la misma letra de cambio o más bien el documento o título valor para definir el régimen jurídico aplicable.
d) La significación preferentemente causal o típicamente cartular de la letra.
2. De los sistemas cambiarios contemporáneos, el francés configuraba la letra como un título eminentemente causal, instrumento del contrato de cambio trayecticio, mientras que el germánico ve en la letra un auténtico título valor, que contiene una promesa abstracta de pago, desligada por tanto de cualesquiera relaciones contractuales subyacentes, para documentar simplemente el compromiso de pago del emisor. El peculiar sistema anglosajón se situaba (y se sitúa) más o menos a medio camino entre los dos.
3. El modelo principal para el Derecho cambiario uniforme, preparado y propuesto por la Conferencia de Ginebra de 1930, fue proporcionado por:
a) el sistema cambiario francés.
b) el sistema cambiario germánico
c) el sistema cambiario anglosajón.
d) una mixtura bastante equilibrada de los tres sistemas cambiarios contemporáneos.
4. Únicamente en nuestro país es seriamente controvertida la ubicación que se le ha de dar, dentro del Derecho Privado, al Derecho de Título valores, esto es, si se le ha de considerar dentro del Derecho Privado común o Derecho Civil, del Derecho Mercantil o si se da lugar a una rama autónoma del Derecho.
· Falso
5. Ordene de mayor a menor amplitud los siguientes conceptos:
· Derecho de los títulos valores – Derecho cartular – Derecho cambiario
6. No deja de ser interesante la posibilidad de ampliar aún más el significado de la expresión castellana título para incluir los incorporados a soportes informáticos, pues esa noción castellana es más amplia que la alemana “Papier” (papel)
7. La razón principal de la exclusión de la moneda del ámbito de aplicación de la LTV es que el dinero (todo él, no solo el papel moneda) no cumple con el criterio de la incorporación, que si bien comporta una precisa vinculación entre el derecho patrimonial y el documento, no debe llegar a convertirse en una identidad entre el derecho y el documento, como ocurre con el dinero.
· Verdadero
8. El legislador peruano ha sido restrictivo al regular el ámbito de aplicación de LTV, reconociendo solo las letras de cambio, pagarés, vales a la orden y cheques como títulos valores sujetos a ella, más los que por ley posterior se le sometan expresamente
· Falso
9. Los sistemas cambiarios históricos son dos : sistema medieval o de plaza y el sistema moderno o de Feria
10. La noción legal de título valor recogida en la LTV no solo abarca los “valores materializados”, únicos expresamente menciona dos en él, sino también a los “desmaterializados”
11. Para delimitar correctamente la noción de títulos valores es tan importante:
- Resaltar la incorporación o necesidad de poseer el documento para ejercer el derecho como la circulatoriedad o finalidad circulatoria a que sirva dicha técnica.
12. Marca la (s) opción falsas:
- La LC sólo puede ser presentada una sola vez para su aceptación,sin posibilidad para el girado de solicitar una nueva presentación para su aceptación.
13. La cláusula sobre pago de intereses y reajustes no puede ser eficaz en el caso del cheque ni de la letra de cambio, por lo que en caso de ser insertada se entenderán como no puestas.
- VERDADERO
14. sobre la cláusula de prórroga es FALSO que…
se asimila a la renovación ya que ambas implican la formación de una nueva relación cambiaria entre las partes.
15. el tenedor puede, sin perjudicar el título, optar por obtener el protesto a pesar de la cláusula “sin protesto”, siendo que los gastos en los que incurra por dicha operación le deberán ser reembolsados.
- FALSO
16. Sigue a cada uno de los siguientes principios de los títulos valores su función preponderante:
a. Incorporación delimitadora
b. Documentalidad delimitadora
c. Formalidad reguladora
d. Circulatoriedad delimitadora
18. Las cláusulas que restrinjan o limiten la circulación de un título Valor impiden todos los mecanismos de circulación de dicho título. Por esa razón, el cheque intransferible no constituye un verdadero título Valor.
a. Verdadero
b. Falso
19. Marque el enunciado que resulte verdadero respecto a los siguientes documentos:
1. Una entrada al próximo concierto de Artic Monkeys.
2. Una tarjeta de embarque para un vuelo de Air France.
3. Un billete de USD100.
4. Una “vaca negociable” (como en el caso inglés Board of Inland Revenue v Haddock).
a. Todos menos la vaca son títulos valores, pues es el único que no ha sido emitido en una hoja de papel.
b. Solamente el billete de USD 100 es un título Valor, debido a que tiene Valor intrínseco.
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