BANCO CENTRAL DE VENEZUELA (BCV)
Enviado por khaenya • 27 de Abril de 2014 • 2.312 Palabras (10 Páginas) • 391 Visitas
desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero; se clasifican en públicas y privadas. Estas instituciones reciben depósitos en dinero, otorgan créditos y prestan otros servicios. Tratan de cubrir todas las necesidades financieras de la economía de un país.
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA (BCV)
Origen y Evolución:
La proposición de crear el Banco Central de Venezuela se presentó dentro de un ambiente de grandes cambios políticos, sociales y económicos coincidentes con una situación mundial convulsionada. No sólo eran los inicios de la Segunda Guerra Mundial, sino también y por sobre todo, los comienzos del gran debate en el país sobre el rumbo político y económico que debía seguirse después de los 27 años del gobierno del General Juan Vicente Gómez. El nuevo gobierno elaboró un plan nacional llamado Programa de Febrero que contempló una serie de medidas de política económica, entre las cuales una de las más importantes fue la de fundar el Banco Central.
El Banco Central de Venezuela se creó mediante una ley promulgada el 8 de septiembre de 1939, publicada en la Gaceta Oficial No. 19.974 del 8 de septiembre de 1939, durante la presidencia de Eleazar López Contreras.
El primer cambio significativo de la Ley del BCV se produjo en medio de la severa crisis económica de los años sesenta, cuando también por iguales razones, se adecuó la Ley General de Bancos a la necesaria transformación que imponían las circunstancias internacionales y nacionales por las que atravesaba el país y el mundo occidental. Se trataba no de modificar una ley aisladamente, sino de modernizar la legislación financiera del país como parte del proceso de cambio y transformación político institucional que daba inicio a la era de la democracia actual.
La otra reforma sustantiva que se produjo en su ley fue el 4 de diciembre de 1992, la cual incorporó el principio de la autonomía en la administración del BCV y le dio al Banco Central el carácter de persona jurídica pública de naturaleza única. Asimismo se eliminó el carácter corporativo que hasta la fecha mantenía la composición del Directorio, en su lugar, se estableció un cuerpo colegiado de siete miembros, un Presidente y seis directores, designados por el Presidente de la República por un período de seis años, que evita la coincidencia con los períodos constitucionales. La designación del Presidente se somete a la aprobación de las dos terceras partes del Senado, mientras que la representación del Ejecutivo en el Directorio se redujo a un Director, el cual en ningún caso puede ser el Ministro de Hacienda. Otro aspecto novedoso que introdujo la reforma fue la prohibición expresa de otorgar crédito directo al Gobierno Nacional, y el establecimiento de una disposición que obliga a la República a reponer el patrimonio del Banco cuando éste incurra en pérdidas debido a la aplicación de sus políticas.
Las transformaciones en la misión y filosofía del Banco Central vinieron acompañadas con cambios en los espacios y edificaciones, dada la complejidad de las funciones, así como la expansión de su influencia y cobertura, que implicaron la proyección de ellas sobre la sociedad. Además al convertirse en un sujeto de la sociedad financiera internacional, debió alternar con instituciones o centros de poder económico albergados en espacios cónsonos con la función que desempeñan. Es decir la imagen tanto hacia el interior del país y hacia el exterior, habría de tener rasgos trascendentes asociados a su misión pública.
El Banco Central de Venezuela (BCV) es un organismo responsable, como principal autoridad económica, de velar por la estabilidad monetaria y de precios de ese país suramericano y es el único autorizado para emitir la moneda de curso legal en Venezuela. Es una persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y tiene rango constitucional desde la Constitución de 1999; en ella se reconoce su carácter autónomo e independiente de las políticas del gobierno nacional.
Tiene su sede principal en la esquina de Carmelitas, sobre la avenida Urdaneta de Caracas y también una subsede en Maracaibo desde 1977, ubicada en la Calle 93 de esa ciudad. Está en proyecto abrir la Subsede Guayana en la población del El Callao, en el Estado Bolívar, como parte de las operaciones del Instituto Emisor con el mineral del oro localizado en esa zona del país.
Funciones:
Formular y ejecutar la política monetaria.
Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la República.
Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.
Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.
Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.
Misión:
El Banco Central de Venezuela tiene entre sus objetivos más significativos, lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la moneda como parte de las políticas públicas que contribuyen con el desarrollo humano integral y el progreso armónico de la economía nacional, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la nación.
De allí que estará comprometido con la tarea del desarrollo y coadyuvará a los procesos implícitos en éste, armonizándolos con los de las esferas monetaria y cambiaria.
Asimismo, en el marco de la integración Latinoamérica y caribeña, el Banco Central de Venezuela
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