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Bases Legales De La Inclusion Social En Venezuela


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  5.854 Palabras (24 Páginas)  •  1.051 Visitas

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FUNDAMENTOS TEÒRICOS, CONCEPTUALES Y LEGALES QUE ORIENTAN LA INCLUSIÓN SOCIAL EN EL CONTEXTO VENEZOLANO TOMANDO EN CUENTA LOS FACTORES DE RIESGO Y FACTORES PROTECTORES

Es un proceso que asegura que todas las personas tienen las oportunidades y los recursos necesarios para participar plenamente en la vida económica, social y política y para disfrutar de unas condiciones de vida normales.

La inclusión social está relacionada con la integración, la cohesión, la justicia social. Es la posibilidad de participación igualitaria de todos sus miembros en todas las dimensiones sociales (económica, legal, política, cultural, etc.). Existe un tipo de inclusión que es la inclusión activa la cual no sólo se refiere a la capacidad de la persona sino a la forma en que está organizada la sociedad; y por tanto, se deben abordar las causas estructurales de la exclusión, incluida la discriminación y la inadecuada prestación de servicios. Se garantiza la inclusión activa de una persona vulnerable a través de tres pilares:

1. Un apoyo a la renta adecuado (garantía de ingresos mínimos independientemente de la integración en el mercado laboral),

2. El acceso a servicios sociales de calidad.

3. Un mercado laboral incluyente que garantice trabajos sostenibles, de calidad y remunerados de forma adecuada

La inclusión activa no sustituye a la inclusión social, ya que los grupos vulnerables que no pueden participar en el mercado laboral tienen derecho a una vida digna y a la plena participación en la sociedad y, por tanto, deben disponer de unos ingresos mínimos y unos servicios sociales de calidad accesibles y asequibles, independientemente de la capacidad de una persona para participar en el mercado laboral.

Aunque no quisiéramos, para poder hablar de la inclusión debemos “incluir” a la política en su verdadero sentido como factor que permite el desarrollo de orientaciones hacia la inclusión social. El elemento principal para trabaja con este tma se denomina, “la política social” que es la acción organizada del Estado en materia social.

Según (Herrera y Castón, 2003). La política social “Consiste en el conjunto más o menos coherente de principios y acciones gestionadas por el Estado, que determinan la distribución y el control social del bienestar de una población por (la) vía política. La política social cumple cuatro funciones distintas y complementarias: protección, bienestar, realización de los derechos de ciudadanía y cohesión social. Demás está señalar que es el conjunto de las políticas es que debe dar cuenta de la complementariedad de funciones. Los programas o iniciativas específicas bien pueden poner énfasis en algunas de las funciones y no en otras. Sin embargo, la visión de conjunto es central para tener confianza en que se está contribuyendo a un propósito de política que trasciende las intervenciones concretas. A la vez, la visión de conjunto es central porque debiera impedir que las líneas específicas de trabajo, al cumplir con su particular cometido ignoren, contravengan o distorsionen alguna de las otras funciones de las políticas sociales.

Desde 1.999, en Venezuela, la política social forma parte de un proceso de inclusión con miras hacia el socialismo del siglo XXI. Es por ello que la interconexión, entre los planes nacionales van dirigidos, desde esos años hasta acá, al proceso de inclusión social que contempla una series de programas como son: alimentarios, tecnológicos, educativos, sociales y económicos diseñados para abarcar hasta la inclusión de los “olvidados, negados o rechazados de nuestro país” incluyendo las personas con necesidades especiales de las cuales debemos reconocer tiempos atrás formaban parte de ese grupo de rechazados y olvidados.

Suele categorizarse el rol e impacto de la política social en orden a dos grandes áreas: su carácter asistencial o protector y su carácter integrador, promocional y de ciudadanía, categorías que a menudo se presentan o se analizan en oposición, pues la experiencia indica que al poner al acento en un aspecto va en desmedro del otro. Sin embargo, esta debiera ser una falsa dicotomía, si se toman en cuenta las funciones complementarias y mutuamente condicionadas de la política social, entendiendo que las funciones no son objetivos ni metas, sino ámbitos en los cuales la política social contribuye a la construcción de un perfil de sociedad. Estas funciones son las de:

a) asistencia y protección social;

b) promoción del bienestar y

c) realización de los derechos sociales de la ciudadanía.

La combinación de estos campos de acción redunda en una cuarta función que se refiere a

d) la generación y preservación de un espacio social de pertenencia a la comunidad sociopolítica.

Pero todo este proceso necesita de las bases legales y fundamentales para poder ser legitimadas. Las primeras acciones que cabe consignar como constitutivas de una labor sistemática del Estado en materia social se realizan en Europa y América en los primeros años del siglo XX y están dirigidas a otorgar protección social al mundo obrero en un contexto de acelerados procesos de industrialización, urbanización y expansión del modo de vida urbano. La idea era instalar mecanismos que aseguraran contra situaciones de riesgo y períodos no productivos (vejez, accidentes del trabajo) y establecieran normas a la relación laboral: horas de faena, derechos laborales, períodos de descanso, etc. De acuerdo a (Rosanvallon, 1995, Castel, 1997), “ La tarea era asumida como sociedad en su conjunto mediante mecanismos de recaudación solidaria de recursos y regímenes de reparto universal. La protección social asume la forma de derechos laborales” .

Debe existir porque sí en la inclusión una política de vida . Este es un concepto acuñado por Giddens (1994, 2003). Partiendo de las “políticas de la tercera vía” que el autor propone a mediados de los noventa. Estas políticas, señala, son las que deben ayudar a los ciudadanos a navegar en el contexto de la globalización y las transformaciones en la vida personal y social. Ellas apuntan hacia una nueva relación entre el individuo y la comunidad en la perspectiva de una redefinición de derechos y obligaciones. Giddens habla de la sociedad del riesgo donde el individuo debe maniobrar en un equilibrio complejo entre individualidad y solidaridad para lograr desarrollar su vida. En el medio de este dilema sitúa a la familia, unidad que debe ser capaz de generar mecanismos de confianza social sobre la base de deberes y obligaciones de las personas, y no solo de los Estados. Habla de la familia democrática, con equidad emocional y sexual, con derechos y deberes recíprocos, copaternidad, autoridad negociada frente a los hijos, etc.

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