Código de Ética Profesional para los Administradores Industriales
Enviado por Elvin Roberto • 5 de Abril de 2018 • Documentos de Investigación • 1.607 Palabras (7 Páginas) • 348 Visitas
[pic 1]
Código de Ética Profesional para los Administradores Industriales
Presentado por:
Elvin Roberto Rodríguez 21611044
Ética Profesional
San Pedro Sula, 6/03/2018
Introducción
A continuación, presento el Código de Ética Profesional que tiene como propósito servir de apoyo a esta rama profesional de la “Administración Industrial y de Negocios”. Es importante decir que el contenido del documento cuenta con los elementos básicos para la estructuración del Código de Ética, el cual esta enriquecido con los conceptos y elementos relacionados con la “Administración Industrial y de Negocios”.
Su estructura está compuesta por los siguientes capítulos:
- Disposiciones generales
- De los deberes del profesionista
- De los deberes para con sus colegas
- De los deberes para con sus clientes
- De los deberes para con su profesión
- De los deberes para con la sociedad
Marco Conceptual
El Código de Ética Profesional tiene como función sensibilizar al profesionista para que el ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad, legitimidad y moralidad, en beneficio de la sociedad.
Es importante que prevalezca un sentido ético en el ánimo de aquellos que tienen el privilegio de poseer conocimientos y habilidades propio de la “Administración Industrial y de Negocios”. Para esto todos aquellos Administradores Industriales deben estar conscientes del compromiso que obtienen al recibir la investidura que los acredita para este ejercicio profesional.
Es necesario que los Administradores Industriales cuenten con una presencia gremial en el ejercicio de esta profesión, donde se contribuya a que todo se realice bajo altos valores morales y sociales, y con plena observancia de las normas legales aplicables.
La opinión o valoración al respecto de este Código de Ética es indispensable para formar la voluntad de aceptar o rechazar la norma ética y comprometerse a cumplirla. La fuente de esta norma ética es entonces, la conciencia del Administrador Industrial o del grupo que estos se adhieren, formada con los valores obtenidos a lo largo de la vida, que inspiran comportamientos congruentes con la dignidad, con lo que es virtuoso, trascendente y honorable.
Se sancionarán los actos u omisiones del Administrador Industrial que viole los preceptos jurídicos en el ejercicio profesional. Igualmente tendrá como consecuencia de una mala práctica profesional ética, el alejamiento de sus colegas, asesores y trabajadores, así como aislamiento y desprestigio en la comunidad profesional.
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente código orientara a los licenciados de Administración en sus relaciones con la sociedad, las instituciones, clientes, socios, mandatarios, subordinados, colegas y con el mismo, el cual es aplicable en toda actividad profesional.
CAPITULO SEGUNDO
De los Deberes del Profesionista
Artículo 2. Poner en práctica todos sus conocimientos científicos y habilidades técnicas en el desempeño de su profesión, estar al servicio de los seres humanos, conservando la naturaleza y el medio ambiente.
Artículo 3. Conducirse con justicia, honradez, honestidad, diligencia, lealtad, respeto, honorabilidad, responsabilidad, sinceridad, dignidad y en obediencia a las normas legales y éticas de su profesión.
Artículo 4. El administrador solamente se hará responsable de los asuntos cuando sea totalmente capaz para atenderlos e indicara los alcances para realizar la labor y las limitaciones inherentes. Aceptará solamente los cargos de los que esté autorizado a realizar, realizándolos con puntualidad, calidad, y responsabilidad.
Artículo 5. El administrador debe mantener estrictamente la confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en el ejercicio de sus labores, salvo los reportes que sean exigidos por la ley.
Artículo 6. Responder personalmente por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional, ocasionen daños o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural.
Artículo 7. El administrador no debe asociarse profesionalmente con personas que no tengan cedula para el ejercicio profesional, ni dejar que esta personas utilicen su nombre o título profesional para atender asuntos que estén relacionados con la profesión.
Artículo 8. El administrador debe ser respetuoso en todo tiempo con los derechos humanos de sus clientes, subordinados, colegas, y la sociedad en general.
Artículo 9. Prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia xenofóbica, racial, estilista, sexista, religiosa o política.
Artículo 10. El administrador debe ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo a su nivel académico. Esta circunstancia debe observarse en la publicidad que haga el administrador de sus servicios en cualquier medio informativo y promocional.
Artículo 11. El administrador debe observar puntualidad y oportunidad en todas las actividades relacionadas con su profesión.
Artículo 12. El administrador al dar una opinión o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, debe ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar su criterio con evidencia.
Artículo 13. El administrador debe evaluar todo trabajo profesional realizado desde un punto de vista objetivo y crítico.
CAPÍTULO TERCERO
De los deberes para con sus colegas
Artículo 14. El administrador debe dar crédito a sus colegas, asesores, y subordinados por la intervención de ellos en los asuntos, labores, investigaciones, y trabajos elaborados en conjunto.
Artículo 15. Repartir de manera justa y equitativa las utilidades de las labores realizadas en conjunto con sus colegas, socios, subordinados, apoyando su desarrollo profesional.
Artículo 16. El administrador debe respetar la opinión de sus colegas, patronos, subordinados, entre otros; y cuando exista oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedignas y actuales, y buscar asesoría con expertos de la materia.
...