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CANCELACIÓN DE HIPOTECA.


Enviado por   •  15 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  976 Palabras (4 Páginas)  •  907 Visitas

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CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO A 28 DE JULIO DE 2016.

                                                                

                                                ASUNTO: CANCELACIÓN DE HIPOTECA.

        

        NÚMERO DE TRÁMITE: 269511.

INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL

DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MEXICO.

PRESENTE:

JOSÉ LUIS HURTADO MARÍN, promoviendo por mi propio derecho, en mi carácter de propietario del bien inmueble materia del presente trámite, ante Usted, de la manera más atenta comparezco y expongo:

Que en cumplimiento a lo solicitado en el trámite 269511 vengo a subsanar las omisiones y/o requisitos necesarios para llevar a cabo el registro de cancelación de hipoteca correspondiente y al efecto manifiesto lo siguiente:

Esta H. Dependencia basicamente suspende el trámite solicitado por lo siguiente:

1.- … se suspende en razón de no corresponder el nombre del promovente “ PROYECTOS ADAMANTINE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABL(sic), SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA ASÍ MISMO EL QUE PROMOVIÓ DICHO JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ES MULTIBANCO COMERMEX SOCIEDAD ANÓNIMA., ACTUALMENTE SCOTIABANK INVERLAT, S.A INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT por lo que no es posible dar trámite a lo ordenado por su señoría en su oficio 3569 de fecha 02 de diciembre del 2015 ya que no se llevó a cabo una cesión de derechos de crédito de la cual esta institución no tenga conocimiento de tal acto aunada deberá anexar copia certificada del auto de fecha 16 de diciembre de de 2015 y los antecedentes regístrales donde quedo registrado los datos de la hipoteca a cancelar.

De lo anterior se advierte que resulta improcedente la petición realizada por Usted, toda vez que tal y como se desprende de la Ley Registral para El Estado de México en su Artículo 73, Fracción quinta y lo establecido en el Código Civil del Estado de México, libro octavo, titulo segundo, capitulo IV Artículo 8.46 fracción II y fracción VI párrafo segundo, no es necesario dar cumplimiento a lo ordenado, toda vez que es obligación de esta H. Institución, realizar LA CANCELACIÓN DE LA HIPOTECA. En efecto, dichos numerales a la letra establecen:

 ARTÍCULO 73: LAS ANOTACIONES PREVENTIVAS SE CANCELARAN:

V. Cuando así lo ordene la autoridad competente o por sentencia firme.

ARTÍCULO 8.46: PODRA PEDIRSE Y DEBERA ORDENARSE EN SU CASO LA CANCELACION TOTAL CUANDO:

…II.-Se extinga por declaración judicial o disposición de la ley el derecho inscrito o anotado;

                 

Tal es el caso, que mediante oficio número 194 el H. Juez Segundo Civil de Cuautitlán Izcalli Estado de México, vía exhorto en apoyo a lo ordenado en proveído de fecha dieciséis de diciembre de dos mil quince, emitido en los autos del juicio Especial Hipotecario, expediente 353/2011, tramitado por el Juez Segundo Civil de la Ciudad de México ordena la CANCELACIÓN DE LA HIPOTECA, que pesa sobre el bien inmueble de mi propiedad ubicado en CASA EN CONDOMINIO 9, NÚMERO 15, DE LA CALLE RETORNO PARQUE DEL AJUSCO, TERRENO QUE OCUPA EL LOTE 1, DE LA MANZANA CUARENTA Y CUATRO ROMANO GUIÓN A, DEL CONJUNTO HABITACIONAL RINCONADA DE LAS CRUCES, DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DEL ALBA, MUNICIPIO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, con los datos registrales FOLIO REAL ELECTRÓNICO NÚMERO 00197154.

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