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CAPÍTULO CUARTO La norma jurídica


Enviado por   •  16 de Febrero de 2017  •  Tarea  •  3.600 Palabras (15 Páginas)  •  2.268 Visitas

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CAPÍTULO CUARTO

La norma jurídica.

Cuestionario:

  1. ¿Es posible reducir todos los fenómenos jurídicos a términos normativos?

Una importante corriente del derecho, la normativista, sostiene que todos los fenómenos jurídicos pueden reducirse a términos normativos. El concepto de norma vendría a ser, en definitiva, el concepto central del derecho. La corriente normativista no es la única, los realistas relacionan el derecho con las conductas de los funcionarios y de los jueces. Los marxistas, como ya hemos mencionado, identifican el derecho con ciertas relaciones sociales de dominación. Los iusnaturalistas tienden a vincular el derecho más que con la norma con una idea de justicia. Los institucionalistas ponen el acento en el derecho como conjunto de instituciones.

  1. Explique las cuatro funciones básicas del lenguaje.

Estas son la descriptiva, la directiva, la expresiva y la operativa.

La función descriptiva consiste en informar acerca de ciertos fenómenos o estados de cosas: nuestro propósito es transmitir información; de los enunciados lingüísticos de esta función se puede predicar verdad o falsedad teniendo en cuenta si responden a determinada realidad.

 La función directiva la empleamos cuando intentamos dirigir la conducta de nuestros interlocutores; esto lo hacemos cuando suplicamos, interrogamos u ordenamos algo, en esta función carece de sentido hablar de verdad o falsedad de los enunciados, las directivas no son verdaderas ni falsas, pueden ser válidas o inválidas, justas e injustas, racionales o irracionales, etcétera.

 La función expresiva la empleamos para expresar emociones o sentimientos o provocarlos en los interlocutores; de las expresiones exclamativas o poéticas, tampoco cabe predicar verdad o falsedad, haciendo la aclaración que una cosa es expresar sentimientos con la consistente en informar acerca de las emociones o sentimientos.

La función operativa o performativa por su parte, consiste en producir cambios en la realidad al emitir los enunciados lingüísticos, por ejemplo cuando prometemos, juramos o apostamos, y como resulta obvio, de ellas tampoco predicamos verdad o falsedad.

  1. ¿Por qué la función prescriptiva del lenguaje es propia de las normas?

Porque al utilizar enunciados lingüísticos perecen ser informativos o descriptivos pero podemos señalar que tiene una función prescriptiva o directa que esta a su vez es propia de las normas ya que la función sirve como un estado puro, por lo que lo relevante será la intención o el propósito. Siendo este una orden, algo que impone, que  manda, que  prohíbe o  permite, esto hace que la función prescriptiva sea sin duda una norma.

  1. ¿Cuáles son los elementos estructurales de las normas?

Enrique Cáceres distingue los siguientes elementos:

 1) Una determinada acción o actividad cuya realización es prescrita en la norma, pudiendo tratarse de abstenciones o de actividades complejas compuestas de varias acciones como en el caso de “realizar la investigación del delito”.

2) La calificación “deóntica” o normativa de la acción, esto es, la norma puede determinar una obligación, una prohibición, un permiso o, un “tener que”.

3) Las modalidades de la acción, es decir, las circunstancias de tiempo, modo o lugar en las que se debe realizar la acción o la abstención.

4) Sujeto normativo que son los destinatarios de la prescripción, por ejemplo: “los comerciantes”, el “servidor público”, o “los jueces”.

5) Las condiciones de activación normativa que son los elementos o supuestos que deben ser verificados en la realidad para activar la estructura normativa.

6) Elementos periféricos que son: la autoridad que emite la norma y la promulgación que permite el conocimiento del contenido de la norma por los sujetos normativos.

  1. Explique la clasificación sobre las normas de Von Wright.

En la teoría de Von Wright, las normas jurídicas son prescripciones y se singularizan por los siguientes elementos estructurales: su carácter, su contenido y la condición de aplicación. El carácter consiste en la clasificación que hace la prescripción de determinadas acciones como obligatorias, prohibidas, permitidas o facultativas (los factores deónticos). El contenido, entraña la acción o acciones afectadas por dicho carácter, es decir, lo prohibido, lo permitido, etcétera. La condición de aplicación son las circunstancias que deben presentarse para que exista la prohibición, la obligación o permisión de realizar el contenido de la norma. Los tres anteriores elementos integran el núcleo normativo de las normas. Las normas jurídicas además, presentan otros elementos: la autoridad que dicta la norma, el sujeto normativo o destinatario, la ocasión que es el ámbito de validez temporal y espacial de la norma, la promulgación y la sanción.

  1. Distinga a las normas jurídicas, de las morales, religiosas y de los convencionalismos sociales.

Las normas jurídicas son bilaterales, externas, heterónomas y coercibles.

Las normas morales son unilaterales, internas, autónomas e incoercibles.

Las normas o reglas de trato social o convencionalismos sociales son unilaterales, externas, heterónomas e incoercibles.

  1. Exponga la clasificación de las normas jurídicas de Norberto Bobbio.

Bobbio proporciona tres clasificaciones de las normas jurídicas, en donde los criterios de clasificación son: 1) el nivel de generalidad y abstracción de las normas; 2) su carácter afirmativo o negativo, y 3) su naturaleza categórica o hipotética

  • Normas generales y abstractas que son las referidas a una pluralidad de sujetos normativos (generalidad) y que se encargan de regular diversas conductas de esos sujetos (abstracción). La mayor parte de las leyes cumplen con estas condiciones, por ejemplo, las normas del Código Penal que tipifican los delitos.

  • Normas generales y concretas regulan a una pluralidad de sujetos normativos pero respecto a una conducta específica. Bobbio pone como ejemplo la ley que declara la movilización de los ciudadanos mayores de edad a las armas pero sobre una conducta específica que al darse extingue la eficacia de la norma. En México, la Ley para la Reforma del Estado aprobada durante febrero de 2007 pertenece a este género de normas.
  • Normas particulares y abstractas atienden a un sujeto pero sobre distintas conductas que le son inherentes. Ejemplo, la Ley Orgánica de la UNAM, que se refiere a una persona moral pero regula distintas conductas que le conciernen.
  • Normas particulares y concretas, regulan a un sujeto sobre una conducta específica. Los ejemplos clásicos son la sentencia y el contrato.

  1. Brinde ejemplos de normas particulares y abstractas.

Ejemplo, la Ley Orgánica de la UNAM, que se refiere a una persona moral pero regula distintas conductas que le conciernen.

  1. Dé ejemplos de normas generales y concretas.

La ley que declara la movilización de los ciudadanos mayores de edad a las armas —alude a una pluralidad de sujetos— pero sobre una conducta específica que al darse extingue la eficacia de la norma. En México, la Ley para la Reforma del Estado aprobada durante febrero de 2007 pertenece a este género de normas.

  1. ¿Cómo se distinguen las normas jurídicas por sus ámbitos espaciales, temporales, materiales y personales de validez?

Ámbito espacial de validez, que es la porción del espacio en que un precepto es aplicable, las normas en un país como México pueden ser federales, del Distrito Federal, estatales o municipales. Esta clasificación se fundamenta en los artículos 39, 41, 42, 43, 115, 116 y 122 de la Constitución, que dan competencia a poderes y órganos federales, estatales y municipales para crear normas.

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