CARACTERÍSTICAS DE DERECHO DE FAMILIA
Enviado por Xim3naYoss • 14 de Octubre de 2022 • Apuntes • 992 Palabras (4 Páginas) • 71 Visitas
Dimensión objetiva: Según este punto de vista, llamamos derecho de familia al conjunto de normas jurídicas que regularizan la institución familiar.
Dimensión subjetiva: En este punto, se manifiesta que la familia es una sucesión de poderes de carácter jurídico, los cuales forman parte de la familia únicamente.
CARACTERÍSTICAS DE DERECHO DE FAMILIA
Para poder mencionar sus características, primero debemos conocer que es el Derecho de familia, el cual nos indica que es un grupo de características que delimitan su contenido, permitiendo diferenciarse de otras instituciones relevantes del Derecho Civil. Entre las cuales podemos mencionar:
- Limitación de la autonomía privada. Esta indica que, pese a que en las relaciones civiles se enmarcan, el derecho de familia lo constituyen sustancialmente las normas de carácter imperativo, por medio de reglas o normas obligatorias, al margen de la consideración de cada una de las partes. Por ende, decir que la autonomía privada o también conocida como libertad de los individuos forma un campo de acción mucho más pequeño es una afirmación.
- El rol predominante que juegan las normas o usos morales al momento de señalar la legislación vigente. Dicho esto, el derecho de familia al ser una realidad anterior a la existencia del Estado, está infundido por normas de carácter e incluso religioso; por lo cual, el juez y legislador lo tienen que tener en cuenta al momento de ejercer sus cargos o funciones.
- Los derechos subjetivos que provienen de la familia poseen un reverso inescindible, los cuales son los deberes, por ende, hoy en día son reconocidos como derechos – deberes.
PRINCIPIOS DEL DERECHO DE FAMILIA
Al mencionar principios, decimos que tienen como fin objetivo proveer de contenido y permitir la interpretación de las normas jurídicas. Por ende, las normas que constituyen el derecho de familia se guían por los siguientes principios, todo ello según el artículo 4 de la Constitución Política del Perú:
- El principio de promoción del matrimonio. Este principio sostiene que el matrimonio según nuestra legislación es considerado institución fundamental del derecho de familia, por lo cual busca fomentar y busca conservar el acto nupcial sobre algún vicio que se pueda presentar. Asimismo, otra manifestación vendría a ser el carácter cerrado de las causales de divorcio.
- El principio de amparo de las uniones de hecho. Este principio manifiesta que la unión voluntaria y libre entre un varón y una mujer ocasiona efectos parecidos a los del matrimonio.
- El principio de igualdad en las categorías de filiación. Este principio menciona que todos los hijos, sin importar que sean de casos matrimoniales o extramatrimoniales, tienen los mismos derechos y deberes frente a sus padres.
- El principio de interés superior del menor. Este es un mandato el cual se dirige a tosas las entidades del Estado, pudiendo ser legales, judiciales o administrativos, en el cual se les ordena que toda medida que adopten debe tener relación con la felicidad y bienestar del menor de edad. Cabe resaltar que, toda decisión que tomen, debe tomar en cuenta las opiniones del menor de acuerdo a su edad y grado de madurez.
LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO DE FAMILIA
Valga la redundancia, podemos decir que estos abogados son aquellos que manejan todo el tema y asuntos que tengan que ver con el Derecho de Familia. Por tanto, estos son los más apropiados para poder facilitar la resolución de todos los problemas legales relacionado con la patria potestad, alimentos, divorcio, entre otros casos; puesto que estos abogados podrían realizar estrategias más convenientes para solucionar los casos, además de manejar con total delicadeza estos asuntos que traen consigo una carga sentimental.
...