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CASO PRÁCTICO ¿Sabrías decirle qué normativa existe en España sobre prevención de riesgos?


Enviado por   •  17 de Marzo de 2020  •  Práctica o problema  •  932 Palabras (4 Páginas)  •  233 Visitas

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CASO PRÁCTICO 1

1.¿Sabrías decirle qué normativa existe en España sobre prevención de

riesgos? En caso afirmativo, ¿qué orientaciones en términos preventivos

podrías darle al trabajador?

Sí, la legislación básica que se aplica en España en materia de prevención de riesgos laborales radica en:

-La CE (art. 40): obliga a los poderes públicos a desarrollar y fomentar una política de protección y de seguridad en el trabajo.

-El ET (art. 19.1): menciona el derecho de los trabajadores a la seguridad en el trabajo.

La LPRL: es la obra magna preventiva que regula en España la seguridad de las condiciones de trabajo. En paralelo, se desarrolla por el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP).

Internacionalmente, esta materia se regula por el Convenio 155 de la OIT, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente del Trabajo, y en el ámbito de la Unión Europea (UE), organización supranacional a la que España pertenece, por el artículo 153 del tratado de funcionamiento y, significativamente, por la Directiva Marco 89/391/CEE, de 12 de junio de 1989, en la que descansa la política de prevención comunitaria.

En resumen, en España, el mandato constitucional contenido en el art. 40.2 de la CE configura el soporte básico en que se asienta la legislación española en materia de seguridad y salud en el trabajo. Los compromisos contraídos por España tanto con la OIT, a partir de la ratificación del Convenio 155, como con la UE, a partir del ingreso de España como país miembro en 1986, enriquecen el contenido normativo de la seguridad y salud laboral al incorporarse con el rango legal adecuado dentro del sistema jurídico interno.

Todo trabajador ha de estar convenientemente informado, entre otros aspectos, acerca de:

• Las condiciones de trabajo y los factores de riesgo relacionados con el puesto de trabajo que ocupa o que ocupará.

• Las medidas preventivas requeridas para el puesto de trabajo, especificando derechos y obligaciones.

2.¿Conoces el Estatuto de los Trabajadores? ¿sabrías explicarle al trabajador si en virtud del ET cuenta con protección sobre seguridad y salud en el trabajo?

Sí, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma, señala que, en la relación de trabajo, los trabajadores tienen, entre otros, el derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene (arts. 4, 5, 19, 62 y 63). Como se dijera antaño con otras palabras, a que el trabajador salga del centro de trabajo con el mismo estado de salud y de integridad física con que haya entrado en la empresa. Y, a mayor abundamiento, el ET reitera que el trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene, al tiempo que está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene,

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