Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del empleador, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a cualquier acto de violencia ya sea agresión o malos tratos por parte del trabajador fuera del servicio en contra del empleador, familia y compañeros. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a los daños que intencionalmente hacen como por ejemplo, dañando las instalaciones, puesto de trabajo, maquinarias, implementos de trabajo o de protección personal. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a cualquier tipo de acto delictivo que sea realizado desde el interior de la empresa o donde labore como también a nombre de la empresa. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia al incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones de un trabajador acordadas en los artículos 58 y 60 del código sustantivo del trabajo o como también una falta grave pactadas en las normas de la empresa o pactadas en el contrato. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea |
|
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a la revelación información confidencial, de carácter reservado por parte del trabajador que pueda perjudicar la empresa. |
encuentra la justa causa que dice textualmente: “El deficiente rendimiento en el trabajo en Se relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia al mal rendimiento por parte del trabajador hacia las labores asignadas a pesar del requerimiento o llamadas de atención por parte del empleador. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia al uso de las obligaciones convencionales o legales por parte del trabajador. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a cualquier tipo de vicio que incomode o perturbe la disciplina del establecimiento. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del empleador o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a la negligencia del trabajador a aceptar las medidas preventivas prescritas por el médico del empleador o autoridades para evitar enfermedades o accidentes. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a la poca eficiencia del trabajador para realizar la labor que se le ha asignado. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia al reconocimiento del trabajador de la pensión, jubilación o invalidez estando aún al servicio de la empresa. |
Se encuentra la justa causa que dice textualmente: “La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad. En los casos de los numerales 9 a 15 de este artículo, para la terminación del contrato, el empleador deberá dar aviso al trabajador con anticipación no menor de quince (15) días.” http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoMedios/Documentos%20PDF/articulo62_cst.pdf?Id_Tarea | Lo anterior hace referencia a la terminación del contrato con anticipación de quince (15) días a aquel trabajador que tenga una enfermedad contagiosa o crónica cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido podrá efectuarse hasta el vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad. |