CITE DEFINICIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y CON SUS IDEAS CONSTRUYA UN CONCEPTO
Enviado por ecortez7 • 5 de Diciembre de 2015 • Trabajo • 5.325 Palabras (22 Páginas) • 197 Visitas
- CITE DEFINICIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y CON SUS IDEAS CONSTRUYA UN CONCEPTO.
- “El derecho administrativo es una de las ramas del derecho que se concentra en el análisis, organización y clasificación de las diferentes normativas relacionadas con la administración pública, es decir, con los diferentes organismos que forman parte del Estado. El derecho administrativo no es tan conocido o tan amplio como otros tipos de derecho ya que hace principalmente a organismos e instituciones específicas y no al funcionamiento de la sociedad como un todo. Sin embargo, la importancia del derecho administrativo radica en la capacidad que este tiene para organizar y establecer un orden en el funcionamiento de diversos tipos de cargos y funciones que, en definitiva, afectan la calidad de vida de la población”.
http://www.definicionabc.com/derecho/derecho-administrativo.php
- El Derecho Administrativo regula un sector de la actividad estatal y de los entes no estatales que actúa en ejercicio de la función administrativa, por autorización o delegación estatal, se le ubica como una Rama del Derecho Público que proyecta en el plano existencial los principios axiológicos del derecho político y los principios normativos y primarios del derecho constitucional”.
Cabrera Vásquez M. Antonio & Quintana Vivanco Rosa (2013). Derecho Administrativo & Derecho Procesal Administrativo. Lima: Ediciones Legales.
- El Derecho administrativo es la parte del ordenamiento jurídico –público- que regula las administraciones públicas, su composición u organización, sus actividades o sus tareas, las relaciones de las administraciones con otras administraciones públicas, con colaboradores de la administración o con el ciudadano en su condición de administrado o usuario de los servicio públicos que presta la administración.
http://www.budi-abogados.com/servicios-juridicos/derecho-administrativo/
“El Derecho administrativo es concebido, en primer lugar, como un auténtico ordenamiento jurídico, esto es, como un sistema de normas de Derecho positivo y principios generales del Derecho cerrado y capaz de resolver por sí solo las inevitables lagunas, vaguedades y contradicciones que puedan producirse. es considerado como el Derecho (el ordenamiento jurídico) propio y específico de un determinado sujeto: la Administración-aparato. El examen detenido de la evolución histórica del concepto de Derecho administrativo demuestra que incluso los partidarios de criterios objetivos vinculan expresa o implícitamente dicha noción a la Administración-aparato. El Derecho administrativo sería el conjunto normativo encargado específicamente de la satisfacción del interés general, esto es, del interés de la colectividad (76). Pero no a cualquier precio: el Derecho administrativo se caracterizaría, también, por compatibilizar la satisfacción del interés general con el interés particular, con la garantía de los derechos individuales”
http://www.ub.edu/dadmin/OriolMir/Publicacions/Mir_Concepto_Derecho_administrativo.pdf
ORIOL MIR PUIGPELAT Profesor Titular de Derecho Administrativo Universidad de Barcelona´
“El derecho administrativo es la rama del derecho público interno, constituido por el conjunto de estructuras y principios doctrinales, y por las normas que regulan las actividades directas o indirectas, de la administración pública como órgano del Poder Ejecutivo Federal, la organización, funcionamiento y control de la cosa pública; sus relaciones con los particulares, los servicios públicos y demás actividades estatales”.
- A TRAVES DE UN CUADRO ESTABLEZCA LA RELACION QUE TIENE EL DERECHO ADMINISTRATIVO CON EL DERECHO CONSITUCIONAL, DERECHO CIVIL, DERECHO PENAL Y DERECHO DEL TRABAJO.
Con el D. constitucional. Se dice que esta relación es muy íntima ya que el derecho constitucional estudia la ciencia del sistema del derecho administrativo, además en el derecho constitucional se encuentran las denominaciones de los capítulos del derecho administrativo; uno es el prefacio obligado del otro. El derecho constitucional estudia los órganos del estado y el administrativo la acción de este. Por la estrecha relación que existe entre ellos se puede decir que el derecho constitucional orienta al derecho administrativo.
De todas las ramas del derecho público, ninguna está más estrechamente ligada al derecho administrativo que el derecho constitucional; cada capítulo de derecho administrativo, se ha dicho, está encabezado por una introducción de derecho constitucional. “Ningún derecho está más subordinado y conformado a las directivas políticas del Estado que el derecho administrativo,” y por ello “el derecho administrativo tiene el carácter o la fisonomía del derecho constitucional de cada Estado.” 42 En efecto, la Constitución crea la separación de poderes (o no) y establece los límites del poder estatal en los derechos individuales: Dentro de esos lineamientos habrá de desenvolverse el derecho administrativo. Constitución y administración se influyen recíprocamente; pero mientras que la influencia de la primera sobre la segunda es de sistema, la de la administración sobre ella es de eficacia. 43 La Constitución es una estructura, es el ordenamiento fundamental del Estado; la administración es un órgano44 jurídico de ese Estado, y la función administrativa es una actividad que se realiza dentro del marco y las directivas básicas fijadas por aquella estructura. En la Constitución predomina lo estático, en la función administrativa lo dinámico; en la primera hay estructuración y establecimiento de límites, en la segunda hay expresión de actividad concreta y choque contra los límites prefijados.
http://www.gordillo.com/pdf_tomo8/capitulo03.pdf.
Con el D. Civil. En derecho administrativo en ocasiones es necesario recurrir a normas e instituciones jurídicas que pertenecen al derecho civil, para resolver necesidades que a la administración pública les son indispensables atender. Ej.: Adquirir bienes por medio de la expropiación. e relaciona en cuanto este garantiza la existencia y el normal desenvolvimiento de la institución administrativa contra los atentados punibles. Ambas estudian a:
- Las personas jurídicas,
- Los bienes de dominio público, y
- La expropiación.
http://jorgemachicado.blogspot.com/2012/06/rda.html#sthash.NGz7ZMC2.dpuf
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