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CONFERENCIA DE LA DISCRIMINACIÓN. LA DISCRIMINACIÓN EN MÉXICO


Enviado por   •  14 de Febrero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.736 Palabras (7 Páginas)  •  269 Visitas

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CONFERENCIA DE LA DISCRIMINACIÓN

Buenas tardes me llamo …., vengo a presentar mi conferencia, mi tema es la discriminación.

La DISCRIMINACIÓN es tratar injustamente a otra persona, es ignorancia y falta de respeto.

Hay varios tipos de discriminación:

Discriminación RACIAL, por el color de la piel;

Discriminación FÍSICA, si uno es feo, bonito, gordo, flaco, alto o bajo de estatura;

Discriminación por DISCAPACIDAD, si alguien no puede caminar, ver oír hablar, alguna enfermedad de la mente o si no tiene brazos;

Discriminación SOCIAL O ECONÓMICA, es cuando no se acepta a alguien por tener o no tener dinero;

Discriminación RELIGIOSA, es por las creencias que se tienen hacia un dios o santos y son los católicos, cristianos, judíos, etc.

LA DISCRIMINACIÓN EN MÉXICO

Cuauhtémoc Manuel De Dienheim Barriguete

La discriminación es un fenómeno de larga data y que por desgracia se ha presentado a lo largo de toda la historia de la humanidad, desde sus más remotas épocas y que lamentablemente todavía subsiste actualmente en nuestros días. A pesar de ello, los esfuerzos tendientes a erradicarla y a lograr por tanto el goce efectivo de los derechos para todos los seres humanos han sido más bien recientes, como veremos a continuación.

A pesar de que por primera vez en 1789 la famosa declaración francesa de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, “universalizó” los derechos para todos los hombres sin distinción, al señalar en su artículo 1º que todos los hombre nacen y permanecen libres e iguales en derechos y que las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común; sin embargo, dicha afirmación en aquel entonces, implicaba una idea mucho más restringida, al referirse en realidad solamente a un tipo específico de ser humano: el varón, blanco, mayor de edad, cristiano, ciudadano, propietario, europeo, con lo cual la mencionada universalización de derechos, fue más bien una aspiración, que una realidad de la que pudieran gozar todos efectivamente.

No sería sino hasta una vez concluida la Segunda Guerra Mundial, que la lucha por la igualdad de derechos de todos los seres humanos sería emprendida con seriedad, pues sólo a partir de entonces y en vista de las abominables prácticas discriminatorias y las muchas atrocidades y males que ambas guerras (Primera y Segunda) causaron a la humanidad, los gobiernos de los principales países del mundo se comprometerían a tratar de evitar que ello se repitiera, buscando lograr para todos los pueblos e individuos la igualdad de derechos, y prohibiendo en consecuencia la discriminación y por tanto, todas aquellas distinciones injustificadas que pudieran afectar a las personas en el goce de sus derechos fundamentales.

Al respecto, la Carta de la Naciones Unidas de 1945, en su Preámbulo postuló la afirmación de la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, así como la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y de las naciones grandes y pequeñas, y señaló la práctica de la tolerancia y la convivencia pacífica como un medio para mantener la paz y seguridad internacionales. Asimismo, en su artículo 1 señaló entre los propósitos de la Organización de las Naciones Unidas, desarrollar y estimular el respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinciones por motivos de raza, sexo, idioma o religión.

Posteriormente, en París, el 10 de diciembre de 1948 se aprobaría la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esta declaración se fundamentaría en el principio de que “la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la “dignidad intrínseca” y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”.

Así, esta la Declaración señalaría en su artículo 1 que, “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Igualmente establecería en su artículo 2 que, “toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional y social, posición económica, nacimiento y cualquier otra condición”. Como podemos apreciar en dicha Declaración se establecería ya de manera contundente la prohibición de la discriminación por determinados factores específicamente señalados o por cualquier otra condición análoga.

Con el paso del tiempo, se crearían diversos tratados e instrumentos internacionales que vendrían a establecer de una manera mucho más clara, no sólo la igualdad de derechos y la prohibición de la discriminación, sino que vendrían a configurar un auténtico derecho a la no discriminación en favor de todas las personas en general y también, particularmente, en favor de ciertos individuos pertenecientes a ciertos grupos considerados como vulnerables: mujeres, minorías étnicas y religiosas, grupos indígenas, menores de edad, discapacitados, migrantes, homosexuales, etc.

Entre estos instrumentos internacionales podemos encontrar a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (1948), la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (1966), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), el Pacto Internacional de Derechos Económicos,

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