Carlos Salinas De Gortari
Enviado por Andyegava • 25 de Septiembre de 2012 • 3.397 Palabras (14 Páginas) • 867 Visitas
Desarrollo El primero de diciembre de 1988 tomó posesión como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el licenciado Carlos Salinas de Gortari y nombró como Procurador General de la República al doctor Enrique Álvarez del Castillo, quien estuvo al frente hasta el 20 de mayo de 1991, siendo sustituido por el licenciado Ignacio Morales Lechuga, quien a su vez estuvo en el cargo hasta el 3 de enero de 1993. Posteriormente ocupó el cargo el doctor Jorge Carpizo Macgregor, quien estuvo en la Institución hasta el 4 de enero de 1995, toda vez que fue nombrado titular de la Secretaría de Gobernación. El último tramo del sexenio fue ocupado por el licenciado Diego Valadés Ríos, quien estuvo hasta el 11 de mayo de 1994, siendo sustituido por el doctor Victor Humberto Benitez Treviño, el cual concluyó el período sexenal.
Durante 1989 el Ejecutivo Federal promovió la revisión y actualización del Sistema Jurídico Nacional a fin de reducir interpretaciones, fortaleciendo la congruencia entre la norma y la acción jurídica. En materia de procuración e impartición de Justicia, se constituyen prioridades acordes al Plan Nacional de Desarrollo, para lo cual se aprobaron y publicaron modificaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, Código Federal de Procedimientos Penales, Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, Código Penal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, entre otras.
En el ámbito de su competencia la Procuraduría General de la República, realizó en este período la mejora a la Seguridad Pública y la Procuración de Justicia modernizando el Ministerio Público Federal, con el propósito de estar en capacidad de responder con eficiencia y oportunidad a los requerimientos actuales de la sociedad.
En el marco del programa de Simplificación Administrativa, se elaboraron documentos normativos, principalmente relacionados con los Agentes del Ministerio Público Federal; se desconcentraron funciones y recursos económicos a las Delegaciones de Circuito, entre otras acciones, propiciando con ello el mejoramiento de los servicios que presta la Institución. Así también se llevó a cabo una intensa profesionalización y actualización de los Agentes encargados de la Procuración e Impartición de Justicia Federal.
En la campaña permanente contra el narcotráfico, se redoblan esfuerzos en razón de soberanía, seguridad interna y de salud pública con el auxilio incondicional de diversas Instituciones y Dependencias del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, así como Organismos del Sector Privado, tan es así que México fue reconocido con el Galardón del “Espíritu de Libertad” en la Ciudad de Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América, y se honró al Gobierno de México con la Presidencia de la Segunda Reunión de Jefes de Organismos Internacionales y de represión en el uso de Drogas, celebrada en Viena, Austria, asimismo se otorgó a México la sede de la Reunión de Ministros de Justicia y Procuradores del Continente Americano.a) Antecedentes
Este año presenta importantes cambios, ya que a través de las instrucciones giradas por el Ejecutivo Federal, se modernizaron los órganos judiciales y administrativos, lo que hizo posible otorgar a la población un servicio cada vez mejor y más expedito, asimismo la Procuraduría General de la República en coordinación con los Estados que conforman nuestro Territorio Nacional, realizó el Foro de Consulta Popular sobre Seguridad Pública y Administración de Justicia, de la cual se dispuso la publicación y difusión de las propuestas y conclusiones que efectuaron las organizaciones públicas y privadas en el mencionado Foro.
Aunado a lo anterior se presentaron diversas reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fueron Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, al Código Federal de Procedimientos Penales y al Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, así como a la
c) Reformas y Adiciones al Código Federal de Procedimientos Penales
También el 3 de enero de 1989, se reforman los artículos 97, 291, 295 y el cuarto párrafo del artículo 372, adicionándose un cuarto párrafo al artículo 188, reformas que entraron en vigor el primero de febrero del mismo año.
De los artículos mencionados, se destaca la prontitud en el procedimiento para una mejor aplicación de Justicia en el juicio penal federal, reduciendo términos y simplificándose trámites en algunas etapas procesales, así también se establece que en caso de que el Ministerio Público Federal adscrito a Juzgados no presente en tiempo conclusiones en el procedimiento respectivo, se informará al Procurador General de la República de esa omisión y una vez transcurrido el plazo para que se enmiende ese requerimiento, éste no se llevase a cabo, se tendrán formuladas conclusiones de no acusación y el procesado será puesto en inmediata libertad y se sobreseerá el proceso.
También se otorga facultad al Procurador General de la República o el Subprocurador correspondiente. para confirmar aquellas conclusiones formuladas por el Representante Social Federal, cuando éstas se presenten de no acusación.
Asimismo el 31 de octubre de 1989, se efectuaron otras reformas a los artículos 558, 560 en su fracción V; 568 y se deroga la fracción VI del artículo 560.
En estas reformas, se establecen los conductos por los cuales el solicitante del indulto deba acudir al Ejecutivo Federal con dicha petición, así como los criterios que prevalezcan en caso de reconocimiento de la inocencia del sentenciado, entre otras.
d) Reformas al Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
De igual forma el 3 de enero de 1989 se reformaron los artículos 57, 58, 88, el segundo párrafo del artículo 309, 315, 321, 329 y 475, se adicionaron los artículos 286 bis que reformará parte del capítulo II, de la sección segunda del título segundo; el artículo 305 con un tercer párrafo; el artículo 422 con un segundo párrafo; y el artículo 442 bis, se reforma la denominación del capítulo VI del Título Primero y se adiciona un capítulo IV bis, integrado por el artículo 442 bis, el Título Cuarto para quedar “Capítulo VI plazos y términos”, “Capítulo IV bis de la queja”, las presentes reformas entraron en vigor el primero de febrero de 1989.
En estas reformas se ratifica la pronta y expedita aplicación de justicia, reduciéndose términos y simplificándose trámites en algunas etapas procedimentales; se establecen también diversos criterios que se deben seguir tratándose de la formulación de conclusiones por parte de la Representación Social así como sus repercusiones cuando no se presenten éstas en términos de Ley.
Otras reformas
...