Codificación del código civil en la CDMX
Enviado por Liss Sykes • 24 de Septiembre de 2019 • Documentos de Investigación • 1.464 Palabras (6 Páginas) • 263 Visitas
1.2 Codificación del código civil en la CDMX.
Codificación: compilación sistemática, ordenada y abstracta de normas que conforman una unidad.
Es abstracta porque no muestra lo hechos si no que plantea supuestos: si A, entonces B. Antes era real y social, la legislación se basaba en los hechos de la vida diaria y sus resoluciones. En el s. XVIII el despotismo ilustrado del legislador lo lleva a legislar y así nace el Estado Moderno.
Codificación civil en México.
Surge ante la necesidad de agilizar y hace más eficaz la justicia.
La tarea del jurista era recopilar y formular el derecho para así crear una igualdad formal.
Esta codificación se usa como base de los distintos códigos existentes.
SISTEMA FEDERAL 1846 -1853
-Inicia con el fin de la independencia.
-22 de enero de 1822 la SJG nombra comisiones para crear códigos.
Principio de división de poderes
Es aquel que divide las facultades del poder en local y federal.
- Creación de códigos a cargo del congreso local (estatal)
Códigos
- 1º código civil de Oaxaca en 1827- 1837 su fuente fue el código civil francés.
- 2º Proyecto de código civil de Zacatecas
- 3º Proyecto de código civil de Jalisco
- 4º Concurso de código civil de Guanajuato
SISTEMA CENTRAL 1835 – 1846
1842 propuesta para facultar al congreso general en la elaboración de códigos.
Con base en las bases orgánicas el art. 187° establece que los códigos criminal, civil y comercial serán los mismo a nivel nacional.
1 de Diciembre de 1842
Se comisiona:
- Manuel peña y peña para elaborar un código civil.
- Pedro Vélez para elaborar el código comercial.
Fuentes
- Siete partidas
- Decretos de cortes de España
- Las leyes de los reinos de las indias.
SISTEMA FEDERAL 1846 – 1853
Sistema federal regresa en 1847 al cesar bases orgánicas.
Codificación vuelve a ser facultad del estado.
Código civil oaxaqueño
Benito Juárez lo reforma pero no entra en vigencia debido a santa Ana.
CONSTITUCION DE 1857 y BASES DEL DERECHO MEXICANO 1854 – 1867
-Facultad de redactar códigos es de los estados pero federación toma la iniciativa.
-Benito Juárez le pide a justo cierra elaborar un código civil para Veracruz.
Proyecto justo sierra
- Tiene alcance nacional.
- Fuentes: código civil español, código civil francés, leyes de reforma y código civil de Luisiana.
- 10 de agosto de 1857 se uniforma legislación de sucesiones.
- Código civil del Imperio Mexicano con fuentes del código civil francés, ley orgánica, ley de sucesiones, leyes de reforma entre otras
- Se necesitan códigos en materia civil, comercial y penal
MOVIMIENTO CODIFICADOR Y CODIGOS CIVILES DE 1870 – 1884
-Estructura federal que faculta a los estados, se crea una comisión para crear el código civil de 1870 con base en el proyecto de justo sierra.
-Se desarrolla el código de procedimientos civiles de la CDMX y el territorio de baja california de 1880.
-se redacta el código civil de la CDMX y baja california 1884 es una reproducción casi literal de 1870 con la diferencia de la ley de testamento y divorcio.
Fuentes
Código civil portugués, ley hipotecaria española.
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE 1942 (ES EL QUE RIGE ACTUALMENTE)
CODIGO CIVIL DE 1928.
-Grandes modificaciones durante la revolución.
-Promulga la ley de divorcio desvinculatorio 1914.
-Ley de relaciones familiares sustituye al libro de la familia del código civil 1917.
-Constitución de 1917 provoca revisión del código civil.
CODIGO CIVIL PARA LA CDMX Y EL TERRITORIO FEDERAL EN MATERIA COMUN PARA LA REPUBLICA E MATERIA FEDERAL EN 1928
Fuentes
- Código civil suizo, español, alemán, ruso, chileno innovaciones:
- Igualdad jurídica entre hombre y mujer art. 2°
- Forma especial de lesión
- Abuso del derecho en materia de propiedad.
- Riesgo profesional
- Promesa de contrato
- Reconoce personalidad de sindicatos.
Reformas 2000
-Se deroga, reforma y adicionan disposiciones al código civil para la CDMX en materia común y para la república en materia federal.
-Nuevo nombre CODIGO CIVIL PARA EL DF – CODIGO CIVIL FEDERAL
1.3 Trascendencia del estudio de la historia de las figuras jurídicas del derecho civil
ANTECEDENTES
Nuestro sistema jurídico nacional encuentra sus raíces en la cultura europea que trajeron los conquistadores españoles. Además, a la influencia cultural que se remonta a los sistemas jurídicos romano-canónico, a través de las leyes españolas y las disposiciones canónicas de la iglesia romana; y, posteriormente al sistema del Código Napoleónico, que se extendió por Europa continental, de cultura latina, como España y sus colonias en América, concretamente, en nuestro caso, mediante la influencia que el Código Civil Francés ejerció sobre los códigos mexicanos de 1870,1884 y 1928.
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