Comparativo en materia de ISR (México, Honduras, Costa Rica y Panamá)
Enviado por Escuela1996 • 27 de Septiembre de 2023 • Trabajo • 2.614 Palabras (11 Páginas) • 67 Visitas
Introducción
El presente estudio de “análisis en materia tributaria” se realiza con la finalidad de verificar la situación legal y procedimental, de ciertos puntos de análisis en materia de impuestos de los siguientes países: México, Honduras, Costa Rica y Panamá, emite el presente documento que tiene como finalidad proporcionar información veraz, clara y detallada que sirva de base confiable para tomar decisiones y contribuir al proceso de análisis de las actividades operacionales y legales de cada persona.
El desarrollo y globalización de la economía y la política, que cada vez más disminuye la soberanía de los Estados, haciendo necesaria una definición clara de los principios y las reglas aplicables a los agentes económicos que operan en diversas jurisdicciones tributarias. Pero esto ha generado la doble tributación internacional, que se da cuando dos países se encuentran involucrados en el cobro del impuesto al mismo sujeto pasivo, cuando el contribuyente es residente según las leyes de los dos países o cuando el residente tiene la fuente de su ingreso fuera del país de su residencia.
El presente trabajo se enfoca en el análisis y comparación entre diferentes países (México, Honduras, Costa Rica y Panamá), y de esta manera identificar diferencias y semejanzas tributarias entre estos para proyectar las empresas productivas y orientar a los profesionales al mercado internacional.
La globalización ha acercado a empresarios y profesionistas de todo el mundo, por lo que es común encontrarnos con la necesidad de realizar pagos desde México a residentes ubicados en el extranjero.
Los países que se analizarán tienen dentro de su sistema impositivo el impuesto sobre la renta y para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, existen convenios en México y los países Centroamericanos y para su debida interpretación es necesario realizar un análisis comparativo del impuesto sobre la renta en los países identificando las similitudes y diferencias.
Objetivo
El objetivo es suministrar información para la toma de decisiones de acuerdo con la situación en materia de impuestos específicamente se estará analizando el ISR, con base a las leyes tributarias de cada país antes mencionado.
Antecedentes (Evolución del Impuestos Sobre la Renta)
El contribuir al gasto público es un tema que se remota desde las antiguas civilizaciones y no sólo en México, también en el mundo con la idea principal de que la autoridad recaude mediante tributos el recurso suficiente para poder satisfacer las necesidades colectivas. Cabe mencionar, que las necesidades no siempre han sido las mismas a través de los años, por lo tanto, el impuesto ha tenido que cambiar y evolucionar de forma paralela con la finalidad de satisfacer las mismas buscando el crecimiento y desarrollo económico que cada país.
Los impuestos son una parte sustancial o más bien la más importante de los ingresos público, tal como lo es el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Es por ello, que es importante conocer las reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta que han impactado a través de la historia al sistema tributario.
El Impuesto Sobre la Renta se estableció en Inglaterra en el año de 1798 por motivo de los gastos provocados por las guerras napoleónicas y en México fue introducido en 1921 mediante la Ley Centenario, con una tasa del impuesto de entre 1.0 y 4.0 por ciento que aplicaba sobre los ingresos brutos de mexicanos y extranjeros que tuvieran fuentes de ingresos en México.
Desarrollo
¿Cuáles son los porcentajes de retención a extranjeros de cada país para Impuesto al Valor agregado e Impuesto Sobre la Renta ISR?
| México | Honduras | Costa rica | Panamá |
Retención ISR a no domiciliados por país | 25% Pagos de honorarios La tasa de retención es del 15% para ingresos superiores a $125,900.00 y hasta $ 1,000,000.00. Cuando los ingresos sean superiores, la tasa será de 30%. | Renta de bienes muebles o inmuebles, 25% | 15% | 30% |
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
No se debe retener debido a que es deducible el IVA en cada país.
Existen limitantes para facturar desde el extranjero en los países de México, Honduras, Costa Rica y Panamá?
De acuerdo con la investigación realizada sobre las leyes jurídicas de cada uno de los países antes mencionados, no se contempla ningún límite para facturar operaciones mercantiles desde el extranjero a cada uno de los países.
¿Existe alguna disposición relacionada con la doble tributación; de modo que, si se paga impuestos en un país, ¿no hay necesidad de pagarlos en otro?
Desde 1963, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), de la cual México es país miembro desde 1994, implemento un modelo cuyo objetivo es orientar en materia de la celebración de tratados, permitiendo así la aplicación de principios y criterios armónicos que produzcan efectivamente la eliminación de la doble imposición tributaria internacional.
En México existen tratados para Evitar la Doble Tributación, así como los convenios para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta celebrados entre México y otros países.
Los países Centroamericanos, convergen en contemplar una base impositiva que sobre las actividades realizadas dentro de cada una de las naciones y no se contemplan impuestos sobre las ganancias obtenidas fuera de sus territorios.
Esta retención a la que es objeto la entidad en cada país se establece como un pago final o definitivo, no siendo necesario realizar algún pago adicional por las facturaciones realizadas a cada país. Esta retención es deducible o acreditable del impuesto a pagar en República Dominica Art. 316 literal “a” (Ley No.11-92) Titulo II.
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