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Concepto Y Realidad De Derecho


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2012  •  1.837 Palabras (8 Páginas)  •  1.482 Visitas

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CONCEPTO Y REALIDAD DEL DERECHO

CIENCIA JURIDICA

Ciencia: Etimológicamente viene del verbo “Scieres”, que significa Saber.

La ciencia es una disciplina que pretende explicar los fenómenos de la

naturaleza.

Estas leyes están ordenadas y empíricamente verificables porque se

pueden probar.

Estas leyes deben cumplir ciertos elementos comunes:

• Deben ser capaces de definir fenómenos.

• Deben ser comprobables, a través de 2 medios: - Observación.

- Experimentación.

• Deben ser capaces de producir hechos futuros.

Concepto ciencia jurídica

1.- Es el conocimiento racional y sistemático del Derecho positivo.

2.- Es la investigación metódica de un orden Jurídico positivo con el objeto de

hacerlo aplicable.

Ambas apuntan al Derecho positivo, este es ni más ni menos que el objeto de la Ciencia del Derecho, este persigue estudiar el Derecho positivo, con la finalidad de organizar y estructurar el Derecho. Para lograr la mejor comprensión, interpretación y aplicación del Derecho.

La Ciencia Jurídica.

Cuando se habla en términos de “ciencia jurídica” se concibe a la unicidad de una ciencia general que contiene a cada una de las ciencias jurídicas especiales o particulares, dándose, en algunos casos, importancia central a la dogmática jurídica, al punto de colocarla como equivalente a la ciencia jurídica.

Ciencia o ciencias jurídicas.- Como ciencia del derecho, se ocupa principalmente de la dimensión normativa del derecho y de los problemas relacionados con la estructura del mismo. La no exclusiva preocupación sobre el aspecto normativo de lo jurídico hace que la ciencia jurídica tenga como zona central de trabajo al derecho vigente, en cuanto su estudio, interpretación y aplicación, así como la descripción y explicitación del sistema de valores asumido por un ordenamiento jurídico determinado.

ELEMENTOS QUE LA CARACTERIZAN

• Gustab Radbruch: Para lograr este objetivo hay que distinguir 3 etapas:

• Etapa de la Interpretación Jurídica: Busca determinar el sentido objetivo del Derecho positivo, además se pretende solucionar los vacíos o lagunas legales, también se pretende solucionar las antinormas jurídicas, estas son contradicciones o conflictos de normas.

Construcción Jurídica: Pretende reunir todas aquellas normas que se refieren a una misma materia en una sola. Por ejemplo: Los Códigos.

Sistematización Jurídica: Se parece a la construcción con la diferencia que este es micro y la sistematización es macro, pretende la armonía o unidad de todas las normas del ordenamiento Jurídico.

Y es que la disciplina integral que estudia el fenómeno de lo jurídico es o bien designada en singular como “ciencia jurídica”, o en plural como “ciencias jurídicas.

En ese sentido, considerando esa relativa dificultad, la noción de ciencia jurídica puede ser susceptible de comprensión en varios estratos o categorías de concepción:

La ciencia jurídica es susceptible de ser estructurada en varios niveles o sectores, tales como:

La dogmática jurídica;

El derecho comparado; y

La teoría general del derecho.

Esta estructuración implica una diferente concepción respecto a la reducción de la ciencia jurídica como dogmática jurídica, asumida por cierto sector de la doctrina contemporánea, pues se coloca a la dogmática jurídica como un nivel de la ciencia jurídica, al igual que el derecho comparado y la teoría general del derecho.

“La dogmática jurídica se refiere al estudio del derecho vigente, al desenvolverse su objeto de estudio dentro de un determinado ordenamiento jurídico precisado en el espacio y en el tiempo. El derecho comparado básicamente consiste en el estudio comparativo de diversos ordenamientos jurídicos considerados en forma global, o de instituciones o sectores normativos concretos, como por ejemplo lo referente al derecho civil, constitucional, entre otros, correspondientes a diversos ordenamientos jurídicos. Por su parte, la teoría general del derecho viene a ser aquel sector de la ciencia jurídica que sobre la base de la observación y la explicación de sistemas normativos, estudia los problemas comunes a todos o a la mayoría de los sistemas de derecho, analizando la estructura del derecho, los conceptos jurídicos fundamentales, temas como las fuentes del derecho, la interpretación y aplicación del mismo” .

DERECHO

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos.

El derecho es una técnica de control social es un conjunto de normas que regulan

la conducta humana dentro de un lugar determinado, la justicia es un valor, cuya

definición abarca un sentido subjetivo, se puede hablar de una justicia legal que es la aplicación de derecho.

ELEMENTOS QUE LO CARACTERIZAN

Al derecho corresponden las características de heteronomia,, exterioridad, bilateralidad y coercibilidad.

a) La heteronomia: significa estar sometido a la autoridad o mando de otro; el Derecho establece obligaciones que deben de cumplir los humanos, aunque no estén de acuerdo con lo que la norma jurídica dispone.

b) La exterioridad: quiere decir que al Derecho, le interesan primordialmente las manifestaciones externas de la conducta humana, el aspecto objetivo del comportamiento; y, en un segundo plano, los móviles, los propósitos, las intenciones.

c) La bilateralidad: es una de las características esenciales de Derecho, puesto que sus normas tienen “dos lados”, dos aspectos, ; en la norma jurídica encontramos un derecho, pero también una obligación; frente a un deudor, un acreedor; frente a cada obligado, un facultado, que puede exigir de aquel el cumplimiento de la obligación.

Todo lo que

...

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