Conducta típica es sancionable dentro del deporte
Enviado por Andrea Marquez Korsi • 18 de Junio de 2017 • Ensayo • 1.645 Palabras (7 Páginas) • 210 Visitas
Conducta típica es sancionable dentro del deporte
Dentro del deporte a veces suelen suceder hechos de los cuales no sabemos si realmente son sancionables o no por la naturaleza en como suceden y si estos son sancionables por leyes que vigentes
“ El dopaje es el método para producir y mejorar un rendimiento muy peligroso en el deportista “
Para empezar se debe descartar en si que es el dopaje
Este él es método que te permite mejorar tu rendimiento deportivo , mas muscular , flujos sanguíneos , rapidez y y fuerza en las fibras musculares las cuales trabajan los deportistas por medio de continuas horas de entrenamiento y de largos periodos de entrenamientos generales y especiales según el mesociclo en el que se encuentren.
Este método de dopaje lo usan los deportistas de alto rendimiento en los diferentes deportes y disciplinas , tal método es implementado para competencias de mucha importancia como
- Centro Americanos
- Panamericanos
- Mundiales
- Juegos Olímpicos
- Copas del mundo
Mencionadas estas diferentes etapas de competencias las cuales son solo algunas , son de importancias ya que son avaladas por un Comité Olímpico que realiza estas diversas competencias que sirven para tener un control de las mejoras de cada atleta registrado en cada competencia , mencionado esto y ligándolo directamente con el dopaje este mismo es sancionado por que hay leyes que respaldan tales conductas típicas tal como es el inyectarse o ingerir alguna sustancias penas dentro de las leyes que respaldan y rigen estas anomalías dentro del deporte
Como ya lo mencione es un método muy peligroso tal se da muy usualmente en los deportistas pues según estudios realizados por FMMA (Federación Mexicana de Atletismo) este método se es utilizado para crear una alteración en los flujos sanguíneos los cuales elevan a energía y el pulso del mismo centro de tales flujos sanguíneo refiriéndome a el corazón esto puede crear vivías taquicardias y una alteración en el que pueden ocasionar hasta la muerte es por eso que está penado y como fundamente respaldo esto con LA LEY GENERAL DEL DEPORTE EN EL CAPITULO XI recalcando el articulo 50
DEL CONTROL DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS
Y METODOS NO REGLAMENTARIOS
EN EL DEPORTE
Artículo 45.- Se declara de interés social la prohibición del consumo y uso de sustancias farmacológicas comprendidas en la lista, que para este fin emita la Comisión Nacional del Deporte.
Artículo 46.- Es responsabilidad de la Comisión Nacional del Deporte, la difusión de las listas de sustancias prohibidas y de los métodos no reglamentarios, contenidos en el Código Médico del Comité Olímpico Internacional y de la Agencia Mundial Antidopaje.
Artículo 47.- Se establece la obligación de contar con la Cartilla Oficial de Control de Sustancias Prohibidas y Métodos no Reglamentarios que expedirá la Comisión Nacional del Deporte, a los deportistas que integren el registro nacional del deporte de alto rendimiento y talentos deportivos. Los requisitos para el otorgamiento de la cartilla mencionada en el presente artículo, se establecerán en el Reglamento de la presente Ley.
Artículo 48.- Todos los deportistas que integren las preselecciones y selecciones nacionales para participar en competencias internacionales, deberán someterse a los controles para la detección de uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios, de acuerdo a lo que se establezca en el Reglamento de la presente Ley.
Los deportistas que participen en competencias nacionales oficiales podrán ser requeridos para los fines establecidos, de acuerdo al Reglamento de la presente Ley.
Artículo 49.- La Comisión Nacional del Deporte, promoverá la participación de las autoridades del Sector Salud e instituciones de nivel superior, para establecer los programas necesarios sobre el estudio, medidas de prevención y control del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios.
Artículo 50.- Los deportistas que, de acuerdo a los estudios a que sean sometidos, presenten positivo en el uso de sustancias prohibidas, serán sujetos de la sanción correspondiente, conforme a lo establecido en la presente Ley y su Reglamento.
Asimismo, serán sancionados los directivos, técnicos, entrenadores o cualquier otra autoridad deportiva, que induzcan o sean responsables del uso de dichas sustancias y/o métodos.
La Comisión Nacional del Deporte orientará a los deportistas que hayan resultado positivo a las pruebas de dopaje para su rehabilitación médica, psicológica y social.
Artículo 51.- Los métodos, prácticas y análisis para determinar el uso de sustancias y/o métodos no reglamentarios, deberán realizarse conforme a los métodos reconocidos en los ámbitos nacional e internacional, y con estricto respeto a las garantías individuales.
http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/l080600.html
Por lo tanto se descarta que si un deportista comete la acción de realizar un dopaje tal y como lo menciona tal ley general del deporte será sancionado
Entonces descartamos si en un conducta típica existe una sanción si y las sanción será la de quitar o no dejar participar al atleta en en el deporte o prueba que este compita , y estos son sancionados por
El Comité Olímpico Mexicano, la Confederación Deportiva Mexicana, las Federaciones Deportivas Nacionales, los Organismos afines, las Asociaciones, las Ligas, los Clubes y Equipos Deportivos; y
II.- A los directivos, jueces, árbitros y organizadores de competencias deportivas.
Esto respaldado con La ley general del deporte en su
CAPITULO XIV
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
EN EL AMBITO DEPORTIVO
Artículo 58.- En el ámbito de la justicia deportiva, la aplicación de sanciones por infracciones a sus estatutos y reglamentos deportivos, corresponde a:
I.- El Comité Olímpico Mexicano, la Confederación Deportiva Mexicana, las Federaciones Deportivas Nacionales, los Organismos afines, las Asociaciones, las Ligas, los Clubes y Equipos Deportivos; y
...