Conforme el material bibliográfico y la actividad correspondiente al primer módulo de la asignatura
Enviado por Joel Emmanuel Arias Shocron • 15 de Junio de 2018 • Tutorial • 1.307 Palabras (6 Páginas) • 104 Visitas
Conforme el material bibliográfico y la actividad correspondiente al primer módulo de la asignatura,
- describa qué clases de operaciones pueden realizar las entidades financieras, explicando en qué consiste cada una de ellas.
Las entidades financieras pueden realizar todas las operaciones activas, pasivas y de servicios que no les sean prohibidas por la presente ley, o no mas que dice el BCRA.
- Activas: el banco otorga el crédito y es el acreedor.
- Pasivas: el banco recibe el crédito y es el deudor.
- Servicios: aquellas que realiza el banco en donde no se encuentra ni como deudor ni como acreedor.
- cuáles son los requisitos necesarios para que el B.C.R.A. conceda la autorización para funcionar a una entidad financiera
los requisitos para que le BCRA conceda la autorización para funcionar a una entidad financiera se establecen en el articulo 8 de la ley 21.526 enunciadas taxativamente:
- conveniencia de la iniciativa: necesidades del sistema financiero en la zona donde va a insertarse la nueva entidad, y que esta nueva entidad no afecte el desenvolvimiento de otras que ya estén en función
- características del proyecto: si se trata de una entidad que va a desarrollar su actividad en todo el país o en una región
- condiciones generales y particulares del mercado: situación coyuntural del mercado financiero nacional
- los antecedentes responsabilidad y experiencia financiera de los solicitantes: seriedad e importancia de la actividad financiera
estos enunciados son taxativos y para la denegatoria de la solicitud no es necesario el rechazo de todas ellas, el amplio margen concedido al BCRA, hace que en la medida que considere que el inconveniente de una de ellas sea argumento suficiente para la denegar la solicitud
- cuales son las causales por las que el B.C.R.A. puede revocar la autorización para funcionar como tal a una entidad financiera y cuál es el procedimiento para hacerlo
las causas para revocar la autorización para funcionar de las entidades financieras son las siguientes:
- A pedido de las autoridades legales o estatuarias de la entidad
- En casso de disolución previstos por el código cicil y comercial y leyes que rigan su existencia como persona jurídica
- Afectación en la solvencia y liquidez de la entidad que a juicio del bcra no pudiera resolverse por medio de un plan te regularización y saneamiento
- Entidades en forma de sociedad anónima, deberán informar sin demora, negociaciones de acciones u otras circunstancias capaces de producir un cambio en la calificación de la entidad o alterar la estructurar de los respectivos grupos de accionistas. En esta circunstancias el bcra considerar la oportunidad y la conveniencia de estas modificaciones están facultado a revocar la autorización.
- Falta de presentación, rechazo o incumplimiento de planes de regularización y saneamiento
El procedimiento a seguir para la revocación de la autorización es:
En caso que la disolución o cambio de objeto social de una entidad las autoridades legales deberán comunicarle al BCRA en un plazo no mayor a 2 dias hábiles.
el BCRA deberá notificar de inmediato y de manera fehaciente la resolución adoptada las autoridades de la entidad y al juzgado comercial competente. Cuando la revocación fuere a pedido de las autoridades de la entidad o en casos de disolución previstos por el CCC, o leyes que rijan su existencia, y las autoridades solicitaran en el plazo de 5 dias la autoliquidación, previa conformidad de BCRA se le será concedida. En cualquier momento de este proceso el juez podrá disponer continuar con la mima por via judicial. En los demás casos solo procederá la liquidación judicial. Desde el momento en que se revoca la autorización serán nulos cualquier tipo de compromiso que aumenten los pasivos de la misma. El bcra deberá informar y prestar asistencia técnica en el proceso de auto liquidación.
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