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Contestacionde Demanda De Divorcio


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  655 Palabras (3 Páginas)  •  361 Visitas

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Secretario: ....................

Expediente: ...................

Cuaderno: PRINCIPAL.

Escrito : Nro. 02.

Sumilla: contestación de demanda

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO EN FAMILIA DE TACNA

Juan Apaza Amesquita identificado con D.N.I. Nro71524335, con dirección domiciliaria en AV Pinto #876 ubicado en el distritito de Tacna Departamento de Tacna, señalando domicilio procesal en calle Inclan 875 en el departamento de Tacna contesto demanda interpuesta por Doña Eufemia Pari Pari con domicilo en la AV. Bolognesi 456 Distrito de Tacna Departamento de Tacna Provincia de Tacna; a usted respetuosamente me dirijo:

I.- PETITORIO:

Que, formulo Demanda de injuria grave e indemnización por los daños causados conyugal contra mi cónyuge Eufemia Pari Pari, pidiendo a usted que se me indemnice por la injuria que se cometió en mi contra ya que me ocasionaron grandes daños en mi persona. Pido a usted señor juez se me asigne la suma de S/. 750.00 (setecientos cincuenta soles) mensuales

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO: Que, afirmo el hecho que con la demandante contrajo matrimonio el día 04 de Mayo del 2000

SEGUNDO: Que, después de transcurrido varios años de matrimonio y de una cohabitación entre las partes desarrollada con normalidad, niego el hecho que se me está demandando de homosexualidad

TERCERO: Niego totalmente los hechos que se me encontraron , la persona con que se me encontró Pedro Cosi Mendoza es casa y tiene dos hijos. No obstante la demandante me encontró conversando con dicha persona y me golpeo sin explicación alguna.

CUARTO: Siendo golpeado por la demandante acudi rápidamente a la comisaria mas cercana ubicada en a AV. Pinto # 333 Provincia de Tacna Distrito de Tacna Departamento de Tacna

III.- FUNDAMENTACION JURIDICA:

Sustento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales: Artículo 332 del Código Civil, según el cual la separación de cuerpos suspende los deberes relativos al lecho y habitación y pone fin al régimen patrimonial de sociedad de gananciales, dejando subsistente el vínculo matrimonial. Artículo 333 del Código Civil, en cuyo inciso 9) se establece como causal de separación de cuerpos la homosexualidad sobreviniente al matrimonio. Artículo 480 del Código Procesal Civil, del cual se desprende que la pretensión de separación de cuerpos por las causales señaladas en los incisos 1 al 12 del artículo 333 del Código Civil se sujeta al trámite del proceso de conocimiento.

IV.- VIA PROCEDIMENTAL:

Debe tramitarse como proceso de conocimiento, conforme lo dispone el art. 480° del Código Procesal Civil.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

Ofrezco el mérito de los siguientes medios probatorios:

5.1.- Partida de matrimonio, de fecha veinte de mayo del dos mil , expedida

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