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Contratualismo


Enviado por   •  10 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  1.236 Palabras (5 Páginas)  •  389 Visitas

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Universidad Militar Nueva Granada

Programa de Derecho

Cátedra: Sociología Jurídica

Tema estudiado: El Contractualismo

Fecha de elaboración: 1 de Agosto de 2015

Curso: Primero B

                                               Elaborado por: Alejandra Catalina Peña Castro

Y Mariana Villate Montoya

     Todas las teorías morales deben responder a un interrogante; Will Kymlicka examina dos preguntas que contestan a la problemática de la teoría moral: ¿qué exigencias nos impone la moralidad? y ¿por qué hemos de sentirnos obligados a obedecer esas exigencias?, las cuales se analiza como las exigencias de la moralidad que vienen fijadas por acuerdos que toman las personas para regular su interacción social, y que debemos obedecer estas exigencias porque hemos convenido en ellas. Pero existen otras teorías diferentes que generan explicaciones divergentes del contenido. Ahora bien, la moralidad contractualista hace referencia a una corriente moderna de la filosofía política y el derecho, que piensan el origen de la sociedad y del Estado como un contrato original entre humanos, por tal motivo se establece que cualquier teoría puede ser contractual, ya que estas poseen pautas morales, y se pueden apoyar de manera razonable y libre.

     Hablando de un contexto mas histórico, el contractualismo o el pensamiento contractual se remonta a los griego de la antigüedad; el pensamiento teológico y religiosidad que generaba determinadas obligaciones de orden natural o divino, luego existió un alegato con la ilustración la cual muestra una perspectiva diferente, ya que esta era utilizada para llenar los vacíos, y de este modo se presentaban tesis que tenían el propósito de plantear el conjunto de ideas que tenían un nexo en común. Así que las primeras teorías del contrato social establecían el sometimiento a la obediencia para poner así nuestra obligación personal, pero ¿No se contradecía? Ya que por naturaleza todas las personas son libres e iguales y no son sometidos a la subordinación; pero tampoco podría existir un Estado sin un gobierno pues crearía inseguridad dentro de la sociedad, ya que las normas sociales no serian imponibles y los transgresores no recibirían un castigo justo, por lo tanto existe una superioridad para gobernar a otro pero por medio de la confianza, para proteger los intereses de los gobernados, pero con ciertas limitaciones de carácter natural y de la rama del derecho. Este tipo de contratos no duraron mucho tiempo debido a que nunca existió un contrato físico ni de los ciudadanos ni del gobierno que legitimara las promesas contractuales pero de igual forma se le debe obediencia al gobierno aunque se ponga en duda la obligación de su promesas.

     Los contratos sociales no actúan de forma política sino que también lo hacen de forma personal, la primera tiene mayo enfrenamiento a los problemas prácticos, mientras que la segunda plantea problemas de carácter lógico ya que las obligaciones son convencionales, no divinas, las cuales surgen por la interacción entre personas iguales, capaces de garantizar los intereses humanos, por lo tanto son considerados recursos para establecer una convención social que fomente los intereses sociales.

     Ahora bien analizando la teoría contractualista de la actualidad la cual muestra un cambio en la igualdad natural, que reconoce el interés de cada persona como algo en comunidad o imparcial, se citan a Hobbes y a Kant ya que ellos también hablan acerca de la teoría contractual. Kant argumenta que la teoría de la acción social, desde el punto de vista moral, aporta criterios para efectos de distribuir beneficios y obligaciones de forma social, también se deduce que las personas son consideradas sujetos morales, importantes por el hecho de ser quienes son y no por las utilidades que representan, mientras Hobbes establece que la acción social centrada busca establecer los parámetros para la maximización de la unidad hacia la cooperación entre los actores, también es considerada una persona maximizadora de sus utilidades, un egoísta racional que solo busca el incremento de sus beneficios, usando el contrato como efecto para sustituir la obligación moral. Por lo tanto se puede concluir que Kant y Hobbes no compartían la idea de un contrato social ya que ambos tenían criterios para establecer que el hombre buscaba por medio de dichos contratos, diferentes objetivos, podían ser monetarios o morales.

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