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Convencion Interamericana Contra toda forma de Discriminación a las personas cons Discapacidad


Enviado por   •  25 de Junio de 2019  •  Ensayo  •  4.577 Palabras (19 Páginas)  •  129 Visitas

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Universidad

De

  Guayaquil

Facultad de jurisprudencia ciencias sociales y políticas

Materia: derechos humanos y régimen del buen vivir

Docente: Abg. Latorre Salazar Luis francisco

Tema:

Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.

Integrantes:

ARCE OÑATE ANDREA.

RUGEL RIOFRIO LUIS.

QUIROZ ALAVA JOEL.

HENK MACÍAS SOFÍA.

VARGAS IZQUIERDO EDUARDO.

Curso: 2-9

Sección nocturna

Contenido

Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.        2

1.        Abstract.        2

2.        Justificación.        3

3.        Objetivos de la convención.        3

3.1        General.        3

3.2        Específicos.        3

4.        Marco Teórico.        4

4.1.1        Referencia histórica        4

4.2.1 Discriminación.        5

4.2.2 Discriminación por discapacidad o enfermedad.        5

4.3.1 Concepciones de la igualdad.        5

4.3.2 “prohibición del trato arbitrario”.        5

4.3.3 Igualdad como protección de grupos sistemáticamente excluidos.        6

4.4.1 ¿Qué debe entenderse por “discriminación” en el derecho internacional de los derechos humanos”?.        8

5.        Método.        10

6.        Desarrollo.        10

6.1.1        Importancia de la convención.        11

6.1.2        Principios rectores de la convención.        12

6.1.3 Estructura y contenidos.        12

6.2        Protocolo anexo        16

6.3        Proyecto de resolución.        17

Bibliografía.        19

Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.

  1. Abstract.

             The problem of disability has generated social, political and judicial changes. In the case of human rights, we can mention, as a turning point, the Convention on the Rights of Persons with Disabilities (CDPCD), approved in 2006 and in force since May 2008. This treaty is an international instrument of human rights of the United Nations or international human rights law designed to protect the rights and dignity of persons with disabilities. Those who accept the convention have an obligation to promote, protect and guarantee the full enjoyment of the human rights of persons with disabilities and ensure that they enjoy full equality before the law. Regional systems for the protection of human rights have embraced this idea, both by putting it into practice and by reproducing their own progress in terms of inclusion.

  1. Justificación.

Es importante conocer de aquellos avances que nos guían a una sociedad de igualdad, una sociedad de paz y derechos, donde prima la armonía y eliminar toda aquello que atente contra la misma, y más si es a un grupo vulnerable como lo son las personas con discapacidad, quienes tiene que vivir en un mundo diseñado para personas que si gozan de todas sus facultades físicas y se han visto discriminados no solo en el ámbito laboral, sino también en accesos (lugares o eventos) y medios audiovisuales.

  1. Objetivos de la convención.

  1. General.

Prever y eliminar toda forma de discriminación en contra de las personas con discapacidad/es  y garantizar su pleno desarrollo personal y posterior integración a la sociedad

  1. Específicos.

• La sensibilización de la población, a través de campañas de educación orientadas  a eliminar prejuicios, estereotipos y actitudes que atenten contra el derecho de las personas a ser iguales, garantizando de esta forma el respeto y la sana convivencia con las personas con discapacidad.

• Medidas para eliminar, en lo posible, los obstáculos (arquitectónicos, de transporte y comunicaciones) que existan, con la finalidad de facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad.

• Medidas para asegurar que las personas encargadas de aplicar de la presente Convención y la legislación interna sobre esta materia, estén capacitados para hacerlo, garantizando su correcto uso.

  1. Marco Teórico.

  1. Referencia histórica

En 1987, la Reunión Global de Expertos Convocada para la Puesta en Práctica el Programa de Mundial de Acción para las Personas con Discapacidad a Mitad de la Década de Naciones Unidas de las Personas con Discapacidad (Global Meeting of Experts to Review the Implementation of the World Program of Action concerning Disabled Persons at the mid-point of the UN Decade of Disabled Persons), había recomendado que la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas convocara a una Conferencia Especial para que preparara un borrador de una convención internacional para la eliminar todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. El primer borrador se preparó en Italia.

Luego, en Suecia, durante la siguiente Asamblea General, se realizó otro esfuerzo. En varias ocasiones, no se pudo alcanzar un consenso. En opinión de muchos representantes gubernamentales, los documentos de derechos humanos existentes eran suficientes para garantizar que las personas con discapacidad tuvieran los mismos derechos que las demás personas y que por eso, no era necesaria otra Convención.

En lo que algunos observadores consideraron una “alternativa de compensación”, las Normas Uniformes sobre la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, fueron aprobadas por la Asamblea General en 1993. Como se les conoce, las Normas Uniformes no constituyen un instrumento de acatamiento obligatorio. Este instrumento no lleva el nombre de reglas, regulaciones o condiciones. Entonces, las Normas Uniformes quedaron como directrices. Y aún así, han demostrado ser de gran utilidad para que los gobiernos y las instituciones mejoraran las políticas de sus países.

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