DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA Y DE ADUANAS
Enviado por Angélica Silva • 1 de Septiembre de 2019 • Documentos de Investigación • 9.948 Palabras (40 Páginas) • 249 Visitas
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UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS[pic 5][pic 6][pic 7][pic 8][pic 9][pic 10][pic 11][pic 12]
(Universidad del Perú, Decana de América)
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES
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“DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA”
PROFESOR : MASCARÓ COLLANTES, GUILLERMO JUAN
CURSO : PERITAJE COTABLE
CICLO : IX CICLO
AULA : 313 – NOCHE
ALUMNOS:
- CÁNTARO ESPINOZA, MIRELLA LUZ
- CHAVEZ ALBUJAR, BRAYAN ANTONIO
- NUÑEZ GOICOCHEA, MARIBÍ ARACELY
- SARRIA REYES, ALEXANDER
- SILVA MONTESINOS, ANGÉLICA YOLANDA
- SOLIS SHUPINGAHUA, ROCIO MILAN
- VILLEGAS ROCHA, JHANELY RUBÍ
LIMA. PERÚ
2019
ÍNDICE
ÍNDICE 2
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA Y DE ADUANAS 4
CÓDIGO TRIBUTARIO 4
INFRACCIÓN TRIBUTARIA (Art 164 del TUO del Código Tributario) 4
CARACTERISTICAS DE LA INFORMACIÓN TRIBUTARIA 6
LEGALIDAD 6
TIPICIDAD 6
ELEMENTO OBJETIVO 6
FACULTAD DISCRECIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 7
PRINCIPIOS DE FACULTAD SANCIONADORA 7
I. PRINCIPIO DE LEGALIDAD 7
II. PRINCIPIO DE TIPICIDAD 8
III. PRINCIPIO DE NON BIS IDEM 8
INTRANSMISIBILIDAD DE LAS SANCIONES (Artículo 167°,CT) 9
IRRETROACTIVIDAD DE LAS NORMAS SANCIONATORIAS (Artículo 168°C.T.) 9
EXTINCION DE LAS SANCIONES (Artículo 169°C.T.) 9
PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA (Artículo 171°C.T.) 9
TIPOS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS (Artículo 172°C.T.; Artículo 82, DL 953) 9
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN 10
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS (Artículo 174°, CT) 11
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS O CONTAR CON INFORMES U OTROS DOCUMENTOS (Artículo175°, CT) 12
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES (Artículo 176º C.T.) 14
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA (Artículo177°,CT) 15
INFRACCIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (Artículo 178° C.T.) 16
RÉGIMEN DE INCENTIVOS (Artículo 179 C.T.) 17
TIPOS DE SANCIONES (Artículo 180,CT) 17
ACTUALIZACIÓN DE LAS MULTAS (Artículo 181°,CT) 19
LEY PENAL TRIBUTARIA 20
DIFERENCIA UN DELITO TRIBUTARIO DE UNA INFRACCIÓN TRIBUTARIA 20
GRAVEDAD DEL HECHO ILÍCITO 20
CULPABILIDAD 21
INTERÉS PROTEGIDO 22
NATURALEZA DE LA SANCIÓN 22
ENTIDAD SANCIONADORA 22
BASE LEGAL 23
EL DELITO TRIBUTARIO: LA DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA 23
NORMATIVA DEL DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA 24
MODALIDADES DEL DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA 25
TIPO ATENUADO DE LA DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA (*) 25
TIPO AGRAVADO DE LA DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA 26
TIPO AUTÓNOMO RELACIONADO CON LA LABOR CONTABLE 27
LA INHABILITACIÓN EN EL EJERCICIO PROFESIONAL 27
ACTORES DE LA ACCIÓN PENAL 28
INVESTIGACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL 28
DELITO ADUANERO 29
DELITO DEL CONTRABANDO 30
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA 32
RECEPTACIÓN ADUANERA 34
FINANCIAMIENTO 35
DELITO DEL TRAFICO DE MERCANCIAS PROHIBIDA.S O RESTRINGIDAS 35
BIBLIOGRAFÌA 40
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA Y DE ADUANAS
CÓDIGO TRIBUTARIO
El Código Tributario es un conjunto orgánico y sistemático de las disposiciones y normas que regulan la materia tributaria en general.
Como todos sabemos en nuestro ordenamiento jurídico, hemos tenido cuatro Códigos Tributarios.
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INFRACCIÓN TRIBUTARIA (Art 164 del TUO del Código Tributario)
El art 164 del TUO del Código Tributario, DS N°135-99-EF conceptualiza a la infracción tributaria como “Toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentren tipificadas como tal en el código tributario o en otras leyes “.
Este establecimiento de infracciones y sanciones tributarias no es más que una manifestación de la potestad sancionadora que tiene el estado para asegurar el cumplimiento de obligaciones que van a servir para satisfacer el interés general, es por ello que se le reconoce al Estado la facultad correctiva a fin de asegurar el cumplimiento de las normas.
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