DERECHO A LA CULTURA
Enviado por daniel10164able . • 24 de Noviembre de 2016 • Documentos de Investigación • 2.411 Palabras (10 Páginas) • 276 Visitas
Derechos Humanos.
Derecho a la Cultura,
Introducción.
La cultura durante este largo proceso de la construcción mexicana hacia un bienestar social ha jugado un papel de ambas caras, es decir ha sido el motor de los ciudadanos para salir del lío en el que México está metido pero también en muchas situaciones parece ser el factor que al mover grandes masas hace que el gobierno le tenga miedo y sobre todo pavor, a que la gente piense.
Pero antes de analizar este contexto sociológico y jurídico en donde la cultura es el detonador de algunas situaciones hay que analizar su concepto para tener un mayor panorama del tema futuramente expuesto. La palabra cultura proviene del latín cultūra que significa la excelencia en el gusto por las bellas artes y humanidades pero desde el punto de vista antropológico es el conjunto de patrones de comportamiento socialmente adquiridos y transmitidos de generación en generación[1], es decir todo comportamiento heredado de nuestros ancestros dentro de nuestra sociedad es a lo que llamamos cultura. En el caso de México entra la lengua, las festividades, la comida, su arquitectura, su historia, su filosofía, sus costumbres y las manifestaciones artísticas como la música en cualquiera de sus ámbitos.
Desarrollo.
Si bien es cierto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4°, penúltimo párrafo al día de hoy dice: “…Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el estado en materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El estado promoverá los medios para la difusión y el desarrollo a la cultura…”[2] los Derechos Culturales son aquellos que refieren al libre acceso a la cultura y a participar en esta base a la elección de cada persona[3] y como comprendimos anteriormente como parte de la cultura existe las diferentes expresiones de las artes. Pero para que se creara un órgano específicamente dedicado a eso tuvieron que pasar un poco más de cuatro décadas desde que se ordenó que se realizara.
La SEP creada en los 20´s fue la encargada de supuestamente llevar a cabo las actividades culturales como parte de una educación sana aunque aquí no se reconociera como un derecho, creando así el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en 1939 y el Instituto Nacional de las Bellas artes (INBA) en 1946; el primero de los antes mencionados en un principio tenía como objetivo el preservar la cultura del patrimonio histórico, prehispánico, antropológico, arqueológico y paleontológico[4]; y el segundo con los mismos objetivos de preservar y promover la cultura pero desde un ámbito más artístico que claro también entra como la cultura[5]. Y aunque en este entonces carecía mucho de apoyo y difusión, estos medios trataron de impulsar o por lo menos de hacer saber al país la existencia de algo llamado cultura.
Ahora bien, recordemos el año de 1976 en donde el tres de enero entra en vigor el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) derivado a la Organización de Naciones Unidas en donde en su mayoría de sus artículos[6], refieren a lo que su nombre promueve, es decir a la cultura, donde más específicamente señala los derechos del desarrollo cultura, al gozo de la cultura, a la participación de la cultura, así como la promoción por parte de los estados de la antes mencionada. Mismo pacto que México debería cumplir debido a que éste pertenecía en ese entonces a la ONU pero haciendo caso omiso al pacto no incluyó a ningún artículo el nombramiento de la cultura. Cabe mencionar que los dos antecedentes igual de importantes a éste pacto es la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y en su subsecuente ésta pidió al Comité preparar un proyecto de pacto entre las naciones principalmente para que los puntos tratados en la declaración quedaran más firmes y se crea el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)[7] en este mismo año y a su vez éste último pacto emana al primero de todos los antes mencionados.
Los pactos antes mencionados eran Internacionales, entonces la OEA (Organización de los Estados Americanos) se da cuenta en que necesita crear un pacto más local para el refuerzo de los Derechos Humanos; es así como eligen a San Salvador para que se lleve a cabo un pacto más entre los mismos países incluidos en la Convención Americana de Derechos Humanos (mejor conocida como “Pacto de San José de Costa Rica”, la cual se llevó a cabo en 1969 en donde cabe mencionar que se nombre muy poco a los derechos culturales en comparación al antes mencionado). Surge con el propósito de consolidar en este continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre (sic)[8]. Específicamente en su artículo 14 habla textualmente de los Derechos de La Cultura de la siguiente manera: “…1. Los Estados Partes en el presente Protocolo reconocen el derecho de toda persona a:
a. Participar en la vida cultural y artística de la comunidad;
b. Gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico;
c. Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Protocolo deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia, la cultura y el arte.
3. Los Estados Partes en el presente Protocolo se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.
4. Los Estados Partes en el presente Protocolo reconocen los beneficios que se derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas, artísticas y culturales, y en este sentido se comprometen a propiciar una mayor cooperación internacional sobre la materia…”[9]
Fue escrito en el año de 1988 y entro en vigencia once años después, es decir en 1999 en donde México ratifico este protocolo aceptando así cumplir con todos y cada uno de los estatutos que éste le impone, solo haciendo una aclaración con el articulo 8 referido a los derechos laborales el cual se llevaría a cabo conforme a los ya establecidos dentro de la Ley Federal de Trabajo en México.
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