DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS NATURALES
Enviado por jjimenez610116 • 14 de Agosto de 2013 • 377 Palabras (2 Páginas) • 599 Visitas
DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS NATURALES
DERECHOS NATURALES
Los derechos naturales son los derechos que le corresponden al ser humano, simple y sencillamente por pertenecer a una sociedad. Mientras que para los jusnaturalistas, los derechos humanos son una continuación de los derechos naturales, para los juspositivistas, no existe una implicación entre ambos términos, sino más bien existe una ruptura.
DERECHOS FUNDAMENTALES
A estos derechos también se les conoce con el nombre de derechos constitucionales. Son los derechos de la persona que se encuentran reconocidos por el ordenamiento jurídico de un estado en la carta fundamental o carta magna, que es la constitución. Según Hernández Valle: ”son un conjunto de derechos y libertades jurídicas e institucionalmente reconocidos y garantizados por el derecho positivo”
DERECHOS SUBJETIVOS
El jurista alemán Jellinek los define como la potestad que tiene el hombre, reconocida y protegida por el ordenamiento jurídico en cuantos de dirige a un bien o a un interés. Su definición abarca dos dimensiones: desde una perspectiva formal constituyen pretensiones que derivan de las cualificaciones concretas de la personalidad; desde una perspectiva material, son aquellos que pertenecen a un individuo en su calidad de miembro del Estado. Son los derechos, de acuerdo a la teoría generacional, que corresponden a los de la primera generación (civiles y políticos). Son una versión positivista de los derechos naturales.
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Este concepto ha sido progresivamente abandonado en las diversas doctrinas y en la legislación. Se empleó como sinónimo de los derechos humanos cuando se identificaron estos con el reconocimiento de algunas libertades conectadas con la autonomía de los individuos. Para la ideología liberal, el individuo es un fin en sí mismo, y la sociedad y el derecho son medios puestos a su servicio, para facilitar el logro de sus intereses. Estos derechos corresponden a los derechos civiles de la tradición aglosajona. Son los derechos del individuo, señalados en la primera generación de derechos humanos (civiles y políticos) y le corresponden al individuo dentro de una sociedad como sujeto de derecho y son susceptibles de ser gozadas por éste.
COMENTARIO REFLEXIVO
Si nuestra constitución alberga conceptos desde el punto de vista juspositivista y las tendencias en cuanto al análisis de los derechos humanos, abandonaron parcialmente estos conceptos, no debería, de manera natural, existir ya un cambio en el fondo de nuestra constitución?
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