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“De la justicia penal hacia la justicia social: la Criminología Critica”


Enviado por   •  7 de Agosto de 2016  •  Ensayo  •  2.723 Palabras (11 Páginas)  •  447 Visitas

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CORPORACION UNIVERSITARIA DEL CARIBE

CECAR

PRESENTADO POR:

MARIA FERNANDA PEDROZA GUZMÁN

PRESENTADO A:

MERLANO GARRIDO HECTOR TERCERO

ENSAYO

De la justicia penal hacia la justicia social: la Criminología Critica”

SINCELEJO, AGOSTO 2015.

De la justicia penal hacia la justicia social: la Criminología Critica.

Mucho se ha escrito y debatido respecto a la Criminología Critica, desde el hecho de su existencia, su objeto de estudio, su método, su concepción, su denominación. Se cuestionaba desde una perspectiva sociopolítica para dar un traste, una analogía o una mejoría hacia aquella llamada Criminología tradicional.

Vemos entonces que las normas diseñadas para una sociedad al ser aplicadas no cumplen como debe ser su función de legitimar, organizar, promover la adecuación de un sistema o jurisdicción sin que se intensifiquen cada vez más las desigualdades economías, sociales y culturales.

La Criminología Critica nació como una contracorriente a la criminología tradicional legitimadora del sistema, se ha caracterizado por romper este esquema de corte positivista, así mientras el criminólogo positivista se ocupa por excelencia en una visión individualista centrada en el delincuente, la Criminología Critica atiende un análisis macro de las conductas humanas comprendiendo dentro del mismo a la propia sociedad, con sus estructuras y condicionamientos de poder.

Pero antes de entender la relevancia de esta Criminología Critica que ha acudido a un método que permita el análisis no del individuo sino de la sociedad, que pasó de ser micro criminología a una macro criminología, en donde se tiene en cuenta el proceso y evolución, su expresión o plasmación para efectivamente proceder a lo que conocemos hoy como Criminología Moderna o Nueva Criminología.

Al comienzo la criminología buscaba la razón del delito del hombre que delinque: en su físico o morfología, en su psiquismo o en su biología. Estas ideas dan origen al denominado criminal endógeno (aquel en quien pesa más la influencia de los factores individuales que la de los externos), por tanto, el origen del delito se establece en el hombre.

Básicamente esta criminología trabaja con un concepto restringido de delito y de criminalidad, su política criminal se centra en la prevención y en la represión de la criminalidad. Con la primera busca evitar que las personas delincan ya que ataca las causas del delito y con la segunda, el aislamiento social que es la cárcel, pretende alcanzar resocializar a quienes han delinquido sometiéndolos a tratamiento penitenciario para que no vuelvan a infringir la ley y proteger a los ciudadanos normales de las conductas de los hombres considerados indeseables.

Aparece luego la segunda etapa dándose a conocer como la Criminología Moderna o nueva Criminología, Criminología Critica, radical, de oposición o politología del delito.

 Se centra en quién hace la ley, quién la aplica y quién la ejecuta. Ya no importa el desviado, interesa cómo se confecciona el criminal por el Estado. Desde esta perspectiva entonces la Criminalidad se entiende como Criminalización.

La atención se dirige primero al legislador, con objeto de establecer qué intereses protege o esconde cuando define comportamientos punibles (criminalización) cuando no los define y cuando los extrae de la ley penal (descriminalización)

Se mira a quién aplica la ley penal para determinar de qué manera utiliza la ley y especialmente contra quién y en pro de quién, por último se observa el ejecutor de la ley con el fin de deducir si el sistema penitenciario es general, imparcial o selectivo.

El pensamiento Criminológico de esta etapa invierte las cosas: la fuente del delito ya no se busca en el hombre que delinque sino en quienes hacen, aplican y ejecutan la ley, el centro de atención es la gran institución que fabrica la criminalidad, por ello el paradigma o modelo de control alude a la criminalización.

La Criminología Critica encuentra sus orígenes en Karl Marx y Engels, de donde toma el enfoque histórico y económico, de ellos se exaltan sus afirmaciones y consideraciones concretas del delito, del delincuente y de la criminalidad y por ende, se filtra del marxismo en la nueva Criminología la necesidad de analizar el origen de las normas, su aplicación, el funcionamiento del sistema penal, la delincuencia. Dicho esto, se prevé que el delito no es considerado ya más un acto solitario individualizado sino que hay que entender la relación existente entre el delito y la sociedad, entre sus estructuras políticas y jurídicas, en donde el funcionamiento coadyuva a la producción y reproducción de un sistema económico capitalista.

Se buscan las huellas de la lucha de clases en los actos delictivos, teniendo entonces esto un carácter político, arraigado en un conflicto de intereses, en un conflicto de clases, en una subordinación, el poder detentado por elites o diseminado entre la pluralidad de grupos sociales, por ello la Criminología Critica historiza la realidad del comportamiento desviado y pone en evidencia su relación funcional o disfuncional con las estructuras sociales, el desarrollo de las relaciones de producción y distribución.

La Criminología Critica propone el empleo del método dialectico, comprometido como el investigador social con y en el cambio social, dirige su enfoque al Estado cuestionando el origen de las normas legales, cómo se generan, a qué intereses sirven y qué funciones cumplen en el establecimiento y reproducción de un sistema social determinado, analizando el poder del Estado para dictar las normas y respectivamente ejecutarlas.

Se sistematiza entonces que, la Criminología Tradicional no tiene en cuenta la interdisciplinariedad, razón por la cual terminó convirtiéndose en una instancia más del sistema penal, olvidándose de la necesidad de estudiar la conducta desviada y el crimen desde el punto de vista de su funcionalidad y su dependencia social, económica y política en continua relación dialéctica siguiendo las orientaciones de Marx y Durkheim, a efectos de, no solo tomar las motivaciones de la conducta desviada y del delincuente sino también las estructuras del poder y de los intereses de quienes crean y mantienen las leyes y normas que a su vez en gran parte son la causa de la conducta desviada y delictiva.

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