Del Orden De Suceder
Enviado por carlosperezz • 20 de Abril de 2013 • Informe • 755 Palabras (4 Páginas) • 330 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria
Aldea Universitaria el Molino
Libertador Edo. Carabobo
Del Orden De Suceder
Prof. Guillermo Pereira Alumno Carlos Pérez
VI semestre C.I. 10323407
Fin de semana
Libertador febrero 2013
Art. 822. Quiere decir que los ascendentes directo son quienes heredan sin dejar paso a otros, (padres, hijos y cónyuges si está viviendo para el momento con el difunto). Y que no haya testamento todo esto que la filiación se pueda comprobar legalmente.
Art. 823. El matrimonio crea derechos sucesorios a los cónyuges, salvo que estén separados bien sea por mutuo acuerdo o por alguna sentencia, únicos herederos son los hijos o en otro casa los padres si hay reconciliación también heredad el cónyuge. O que este establecido en algún testamento.
Art. 824. Es de notar que el viudo (a) es heredero de parte igual de que le corresponde a un hijo, recordando que los bienes obtenidos en el matrimonio la mitad es del otro cónyuge, y la otra mitad corresponde a la herencia del fallecido y es en esta mitad donde el cónyuge tiene derechos hereditarios.
Art. 825. Si no hay hijos ni testamento, (sucesión intestada) y este Art, 825 trae regla de forma bastante clara. Enumeradas así 2) ascendiente y cónyuge, 3) ascendiente, 4) cónyuge, hermanos, 5) cónyuge, 6) hermanos, 7) otros parientes. El 1) está relacionado como regla para el Art, 822.
2) ascendiente y cónyuge, los padres o padre vivo heredad de por mita con el viudo (a), está a falta de hijos o nietos.
3) ascendiente, los padres heredan todas a faltas de cónyuge, hijos y nietos.
4) cónyuge y hermanos, el viudo (a) y los hermanos heredan por mitad para uno y la otra para los otros, todo estos a falta de padres, hijos o nietos del difunto.
5) cónyuge, el viudo (a) hereda todo a falta de padres, hijos, nietos y hermanos del difunto
6) hermanos, heredan todo a falta de cónyuge, padre, hijos y nietos del difunto
7) otros parientes, a falta de padres, cónyuge, hijos, nietos y hermanos, heredan los primos hasta el sexto grado por consanguinidad.
Art. 826. El hijo nacido fuera del matrimonio tiene lo mismo derecho que los nacido en el matrimonio a derecho hereditario.
Art. 827. El hijo nacido de padre o madre fuera del matrimonio tiene derecho a la sucesión a la de su descendientes. Al igual si el hijo nacido fuera del matrimonio fallece sus familiares tienen derecho a sucederle en la herencia
...