Del ingreso y salida de personas, mercancías, y medios de transporte
Enviado por eloisabelen16 • 13 de Julio de 2017 • Ensayo • 339 Palabras (2 Páginas) • 239 Visitas
UNIVERSIDAD DE PANAMA
FACULTAD DE ADMINISTRACION PUBLICA
ESCUELA DE ADMINISTRACION PUBLICA ADUANERA
TEMA
Del ingreso y salida de personas, mercancías, y medios de transporte
PROFESOR
Ernesto A. Campble P.
ASIGNATURA
Procedimiento Aduanero II
ELABORADO POR:
Córdoba, Denise
Grados, Gisselle 8-903-1540
Salon 103/ Aduanas diurno
Fecha de Entrega: viernes 26 de mayo del 2017
De la carga, descarga, trasbordo, reembarque y almacenamiento temporal de mercancías
- La carga y descarga de mercancía
Se entiende por Carga a la operación de ingresar mercancía a un medio de transporte y por la descarga la operación por la cual esta mercancía que fue arribada es retirada del medio de transporte.
Esto se efectuará bajo el control aduanero en lugares y horarios oportunamente habilitados por la autoridad de aduana.
- Mercancías faltantes o sobrantes
Si en el proceso de la descarga se detecta sobrantes o faltante de mercancía respecto al manifiesto, estos faltantes o sobrantes en relación con la cantidad consignadas en el manifiesto de la carga deberá justificarse dentro de un plazo de 15 días como máximo.
En caso de faltantes de mercancías deberá mostrarse según su caso que:
- No fueron cargadas en el medio de transporte
- No fueron descargadas del medio de transporte
- Fueron cargadas por error en un lugar distinto al manifiesto
En caso de Sobrantes de mercancías deberá mostrarse según su caso que:
- Fueron descargadas por error o hicieron falta en otro puerto
- Existen errores en la información transmitida siempre y cuando sean de la misma clase
- Y otras causas permitidas por el servicio aduanero
- Trasbordo
Es el traslado de la mercancía bajo el control aduanero del medio de transporte mediante el cual arribaron a otros para continuar su destino.
- Reembarque
Es el entorno al exterior de mercancías extranjeras desembarcadas por error. El reembarque no hubiese sido destinado a un régimen aduanero, o no encuentren en abandono o no este configurado.
- Almacenamiento temporal de las mercancías
La autoridad aduanera podrá autorizar que el medio de transporte y sus cargas permanezcan temporalmente en lugares habilitados por su custodia. La mercancías podrán permanecer en un deposito temporal en un plazo de 20 días contando a partir de la finalización de la descarga del buque.
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