Delincuencia Organizada
Enviado por gaceba • 11 de Marzo de 2014 • 1.314 Palabras (6 Páginas) • 327 Visitas
CAPITULO I
1.1 INTRODUCCIÓN
Este proyecto pretende analizar la perspectiva determinada de un delito grave y actual
de la vida cotidiana presente en las múltiples sociedades que conforman este planeta.
Estudiaremos a cerca del secuestro y el grado de penalización que obtienen sus
practicantes; se abarcaran diferentes aspectos: históricos, legislativos e inclusive
filosóficos.
Mediante el seguimiento de un proceso ordenado, el presente trabajo pretenderá hacer
una propuesta que tendrá como fin instaurar la pena de muerte a los responsables del
delito de secuestro en su modalidad de reincidencia.
Claro está, sin olvidar los privilegios constitucionales de los afectados, pero sí
intentando detener la practica tan común, hoy en día, del delito antes descrito.
Es innegable que el respaldo para poder formular adecuadamente este proyecto lo serán
las fuentes bibliográficas, que nos remontaran en el pasado histórico del problema que
nos ocupa en esta tesis.
El gran trauma social que genera este tipo de ilícitos, requiere una aplicación pronta y
expedita de la justicia; desafortunadamente, la corrupción genera impunidad y ante esta
situación ningún ciudadano común tiene alguna mínima posibilidad de hacer valer sus
Derechos Constitucionales.
Entiéndase por ciudadano común, al individuo típico, sin influencia alguna ni conocidos
en los altos niveles de gobierno: los cuales se encuentran representados por mas de 100
millones de mexicanos. Mismos que claman por que se apliquen las leyes o se reformen
las mismas con el único objetivo de beneficiar a la mayoría.
1.2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El problema en cuestión, inicia con la pena que se impone a los individuos que cometen
delitos graves, dentro de los cuales esta englobado el secuestro.
Procederemos a realizar un análisis de la tipificación, con respecto al mencionado
delito, que en estos momentos encontramos en el Código Penal Federal. De la misma
manera se mencionaran cuales son las causas por las que se realiza el delito y las
consecuencias que se presentan conforme a la manera en que éste se ejecutó.
Describiremos la perspectiva de la sociedad ante las sanciones establecidas por la Ley
para los criminales que cometen secuestro, ya que la incertidumbre legal que genera la
impunidad debido a la corrupción existente en nuestras autoridades ha incrementado el
número de estos eventos.
Los delitos graves, como el secuestro, son una violación flagrante a los Derechos
Humanos fundamentales como sería la libertad en su sentido más amplio. En México
los postulados de una expedita y pronta justicia, contemplados en nuestra Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, generan una monumental incertidumbre
entre la población común como también lo hacen dentro de las Instituciones Jurídicas,
ya que en la mayoría de las ocasiones la verdadera justicia no es impartida debidamente
por el positivismo mexicano como también en las distintas legislaciones del orden
jurídico vigente y esto ha llevado a que en el Estado de Puebla, se materialice en los
procesos penales y por consecuencia que los mismos en sus sentencias respectivas,
estén totalmente carentes de credibilidad social. Tan común se ha vuelto lo anterior que
la verdadera esencia de aplicar penas funcionales en el derecho mexicano se convierten
en un simple oficio de quienes son los encargados de administrar e impartir la justicia
que tanto se jacta el Estado en defender. Es por ello que debemos buscar otras
alternativas para castigar este delito grave, muy recurrente en la actualidad mexicana.
1.3 LIMITE TEMPORAL Y ESPACIAL
LIMITE TEMPORAL
La presente investigación se delimita temporalmente desde el momento en que la pena
de muerte adquiere el rango de Derecho Positivo, es decir, a partir de 1917, fecha en la
cual se promulgó la actual Ley Suprema de nuestro País.
Tomaremos en consideración el Código Penal Federal y el Código de Defensa Social
para el Estado de Puebla y consideraremos la publicación del columnista Mauricio
Pérez del periódico Reforma con fecha 18 de marzo del 2005, en la que menciona en
resumen que la Cámara de Senadores aprobó modificaciones al Artículo 22
Constitucional para prohibir las penas de muerte, mutilación, azotes, palos, tormento de
cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras
penas inusitadas y trascendentales.
LIMITE ESPACIAL
La demarcación espacial se circunscribe a la Legislación de nuestro Estado, esto es, el
análisis del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, así como La
Constitución Política Mexicana y el Código Penal Federal.
1.4 JUSTIFICACION DEL TEMA
El presente trabajo de investigación encuentra su fundamento en la reiterante conducta
criminal
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