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Delitos Contra La Seguridad Del Estado


Enviado por   •  9 de Abril de 2013  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  807 Visitas

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DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO

REBELIÓN: Art 107.- Cometen el delito de rebelión los que no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas, traten de:

I. Abolir o reformar la Constitución Política del Estado o las instituciones públicas que de ella emanen;

II. Impedir la integración y funcionamiento de las instituciones públicas o su libre ejercicio; y

III. Separar de sus cargos al gobernador del Estado, a los secretarios de gobierno, al procurador general de justicia, a los diputados de la legislatura local, a los magistrados del tribunal superior de justicia, a los presidentes municipales y cualquier servidor público de elección popular.

Conducta: Impedir las funciones de la autoridad pública, a través de una sublevación de varias personas empleando violencia y uso de armas.

Tipicidad: Personas que no sean militares realicen dicha conducta

Antijuridicidad: Se infringe una norma establecida por el estado, cualquiera de los incisos del art.107, ya que es altamente dañoso para la sociedad mexicana alterando la paz colectiva.

Culpabilidad: Dolo

Punibilidad: Sanción ordinaria_ uno a seis años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa. Sanción agravada_ (autores intelectuales, dirijan, organicen, inciten, compelan, patrocinen económicamente), seis a doce años de prisión y de cien a mil días multa.

Bien jurídico tutelado: Seguridad nacional

Persecución: Oficio

Delito: Grave

Excusas absolutorias: “Los rebeldes no serán responsables de las muertes ni lesiones inferidas en el acto de un combate; pero sí, de todo homicidio que se cometa y de toda lesión que se cause fuera de la lucha.”

“No se impondrá pena a los que depongan las armas antes de ser tomados prisioneros si no hubiesen cometido algún otro delito además del de rebelión”

SEDICIÓN: Art 113.- Cometen el delito de sedición los que, reunidos tumultuariamente, sin uso de armas, se resistan a la autoridad o la ataquen para impedir el libre ejercicio de sus funciones, con alguno de los propósitos a que se refiere el artículo 107.

Conducta: Impedir en forma positiva o negativa, que la autoridad cumpla sus fines y además se pretenda alterar la forma de gobierno nacional.

Tipicidad: Un grupo de personas en desorden, se opongan o agredan a cualquier autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones.

Antijuridicidad: Existe el reclamo social para considerarla como una conducta atentatoria en grado superlativo de los intereses de la colectividad.

Culpabilidad: Dolo

Punibilidad: Sanción ordinaria_ seis meses a dos años de prisión. Sanción agravada_ (autores intelectuales, dirijan, organicen, inciten, compelan, patrocinen económicamente), dos a doce años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.

Bien jurídico tutelado:

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