Demanda Juicio Ejecutivo Mercantil (pagare)
Enviado por cadlopgab • 19 de Agosto de 2014 • 1.525 Palabras (7 Páginas) • 1.341 Visitas
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.
ACTOR: JOSÉ A. BANDERA LARA.
DEMANDADO: ESTHELA CAMACHO ROMERO.
C. JUEZ DE LO MERCANTIL DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO. PRESENTE:
LIC. EDGAR MIRAFUENTES ESPINOZA, P.D GABRIELA LOPEZ CADENA Y P.D ERIKA LOPEZ GARCIA, EN NUESTRO CARÁCTER DE ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN DEL C. JOSÉ A. BANDERA LARA Y SEÑALANDO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y ACUERDOS EN LOS ESTRADOS DEL TRIBUNAL O POR BOLETIN Y AUTORIZANDO A LAS C. ESTUDIATES GABRIELA LOPEZ CADENA Y/O ERIKA LOPEZ GARCIA EN FORMA INDISTINTA.
ANTE USTED DE MANERA ATENTA Y RESPETUOSA COMPARECEMOS PARA EXPONER:
POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO VENGO A DEMANDAR EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL Y EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA, EL PAGO Y EL CUMPLIMIENTO FIEL DE TODAS Y CADA UNA DE LAS SIGUIENTES PRESTACIONES A LA C. ESTHELA CAMACHO ROMERO, QUE TIENE DOMICILIO PARA SER EMPLAZADA Y LLAMADA A JUICIO EL UBICADO EN AVENIDA ADOLFO LOPEZ MATEOS, CONDOMINIO NUMERO QUINCE, CASA NUMERO CATORCE, FRACCIONAMIENTO RANCHO SAN LUCAS EN LA CIUDAD DE METEPEC, MEXICO:
PRESTACIONES.
I- EL PAGO DE LA CANTIDAD $ 3,500.00 (TRES MIL QUINIENTOS PESOS MN.) COMO
SUERTE PRINCIPAL TAL Y COMO SE DESPRENDE DEL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN QUE SE AGREGA A LA PRESENTE DEMANDA COMO ANEXO Nº 1
II- EL PAGO DE LOS INTERESES LEGALES SOBRE LA SUERTE PRINCIPAL POR CADA MES INCURRIDO EN MORA.
III- EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS QUE SE GENEREN POR LA TRAMITACIÓN DEL PRESENTE JUICIO.
HECHOS.
FUNDO LA PRESENTE DEMANDA EN LOS SIGUIENTES HECHOS Y CONSIDERACIONES:
1.- EN FECHA VEINTICINCO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRECE EN TOLUCA, MEXICO LA C. ESTHELA CAMACHO ROMERO SUSCRIBIÓ UN PAGARE A FAVOR DE JOSÉ A. BANDERA LARA POR LA CANTIDAD DE $3,500.00 (TRES MIL QUINIENTOS PESOS MN.) TAL Y COMO SE DEMUESTRA CON EL ANEXO Nº1 QUE SE AGREGA A LA PRESENTE DEMANDA.
2.- LA C. ESTHELA CAMACHO ROMERO SE COMPROMETIÓ A LIQUIDAR EL DOCUMENTO MERCANTIL EL VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL TRECE, LO CUAL NO REALIZO LA DEUDORA A PESAR DE QUE SE LE REQUIRIÓ EL PAGO TOTAL, POR LO QUE ME VEO EN LA NECESIDAD DE DEMANDAR A DICHA SEÑORA EL PAGO DE SU ADEUDO.
3.- EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCION NOS FUE ENDOOSADO A FIN DE HACER EL COBRO EN MANERA JUDICIAL TAL COMO SE OBSERVA AL REVERSO DEL MISMO.
DERECHOS.
EN CUANTO AL FONDO DEL ASUNTO SON APLICABLES LOS ARTÍCULOS 1,2,3, 5, 14, 29, 33, 35, 170, 173, 174 Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES A LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO VIGENTE.
NORMAN EL PROCEDIMIENTO 1 2, 4 75 Y 1391 AL 1414 Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES AL CÓDIGO DE COMERCIO EN VIGOR, POR LO ANTERIOR EXPUESTO Y FUNDADO.
EN LOS TERMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTICULO 1401 DEL CODIGO DE COMERCIO EN VIGOR Y CON CITACION A LA PARTE CONTRARIA OFRESCO LAS PRUEBAS QUE A LA PARTE ACTORA CORRESPONDEN MISMO QUE SON LAS SIGUIENTES.
PRUEBAS.
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 1401 DEL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE EN LA REPUBLICA VENGO A OFRECER LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA:
1.- DOCUMENTAL PRIVADA- CONSISTENTE EN EL TÍTULO DE CRÉDITO QUE SE AGREGA EN ORIGINAL COMO ANEXO Nº1
2.- CONFESIONAL- A CARGO DE LA DEUDORA PRINCIPAL ESTHELA CAMACHO ROMERO, QUIEN CONTESTARA DE FORMA PERSONALÍSIMA Y SIN APODERADO LEGAL AL TENOR DEL PLIEGO DE POSICIONES QUE
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