Derecho Mercantil En El Sistema Jurídico
Enviado por MiguelPavanin • 10 de Marzo de 2013 • 506 Palabras (3 Páginas) • 1.694 Visitas
DERECHO MERCANTIL EN EL SISTEMA JURIDICO
DERECHO MERCANTIL: Disciplina jurídica relativa a operaciones jurídicas realizadas por los comerciantes, sea entre sí o con sus clientes. O bien, son las leyes que regulan las actividades del Estado encaminadas a fomentar, vigilar, proteger y encauzar el comercio y la industria.
*El derecho civil y el mercantil fueron unificados en Suiza, y ahora en Italia.
LOS TRIBUNALES MERCANTILES: El sistema de tribunales mercantiles supone que en toda controversia surgida del comercio, aunque algunos aspectos técnicos pueden ser apreciados mejor por el comerciante que por el jurista.
DEMANDA
- En el juicio ordinario mercantil es necesario que exista una demanda escrita.
- En el escrito de la demanda el actor deberá mencionar los documentos públicos y privados que tengan relación con dicha demanda.
- De igual manera debe proporcionar los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos de la demanda. (Artículo 1378 del Código de Comercio)
- En el Código de Comercio no se estipulan los requisitos de la demanda, pero ello no implica que no lleve requisito alguno, ya que los requisitos tiene aplicación supletoria de la legislación procesal local.
- En toda demanda debe cuidarse que no sea oscura o irregular pues si el juez dentro de 3 días para señalar los defectos de la misma. Una vez que el actor este enterado de los defectos tiene 5 días para corregirlos, de no ser así, el juez desechara la demanda y devolverá al interesado todos los documentos originales y copias que haya exhibido, a excepción de la demanda.
TRAMITACIÓN DE LAS EXCEPCIONES DILATORIAS
- Las excepciones dilatorias constituyen un obstáculo para la continuación del juicio.
- Por costumbre a esta excepciones se les llama dilatorias, pero desde la reforma al Código de Comercio, dichas excepciones ahora reciben el nombre de “excepciones procesales”
- Las excepciones dilatorias deberán oponerse simultáneamente en el término de tres días.
- El artículo 1353 del Código de Comercio menciona que cuando se interpongan excepciones dilatorias se exhiba una copia de la contestación para que pueda correrse traslado incidental, o sea, que tiene un plazo de cinco días para desahogar.
PRÓRROGA DEL TÉRMINO DE PRUEBA
El artículo 1206 del Código de Comercio menciona que hay dos tipos de términos de pruebas y son:
1.- Ordinario: Solo se conceden para producir probanzas dentro del Estado en que el litigio se sigue.
2.- Extraordinario: Se otorgan para que se reciban pruebas fuera del mismo Estado.
Mientras tanto, el artículo 1384 del Código de Comercio podemos observar que la parte que pretenda su prórroga pedirá al juez que se le conceda, y posteriormente el juez dará vista por el término de tres días para conceder o denegar. Las prórrogas
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