Derecho Y Cambio Social
Enviado por edgartouder • 22 de Octubre de 2014 • 719 Palabras (3 Páginas) • 340 Visitas
Derecho y cambio social.
Generalmente se ha tendido a situar en un primer plano del análisis la repercusión que las transformaciones sociales suscitan en el ordenamiento jurídico de un estado determinado. Transformaciones que habitualmente sólo se estudian en una perspectiva cuantitativa y con la metodología estadística preferentemente de la sociología empírica anglosajona.
Sin embargo, se trata de analizar la función que el Derecho puede desempeñar en el cambio social evolutivo y en el revolucionario. Pero, a su vez, esa función puede ser doble: 1) Como estabilizador o justificación «a posteriori» del cambio social efectuado. 2) Como instrumento propulsor o coadyuvante del propio cambio social en el momento en el que se efectúa la transformación, que posteriormente se consolida en nuevas relaciones sociales. Con finalidades de clarificación, tan compleja problemática podría esquematizarse así:
-En el Derecho repercuten los cambios sociales. Gradual e indirectamente, si se trata de cambios evolutivos. Directa y radicalmente cuando el cambio social reviste carácter revolucionario.
-El Derecho contribuye al cambio social progresivo al consolidar jurídicamente las modificaciones que en las instituciones, concepciones y costumbres de la sociedad se han venido produciendo durante todo un periodo histórico. Tales modificaciones adolecen de inestabilidad hasta que se obtiene su consagración jurídica.
-Aunque existen experiencias tan impresionantes como la proporcionada por la Ley de Prohibición de bebidas alcohólicas («Ley Seca») de los EE.UU., que demuestran las limitaciones a que está sometido el legislador en su función de innovador de las costumbres sociales, no por ello deben subestimarse los datos disponibles acerca de la función educativa que las leyes progresivas ejercen sobre la población.
-La Historia ofrece también ejemplos de una utilización regresiva del Derecho. Desde Dracón a Pinochet, se ha dado una amplia gama de leyes contrarrevolucionarias. Sin embargo, en general, la propia praxis histórica ha demostrado su ineficacia frente a las aspiraciones al cambio social que respondían a causas objetivas ya maduras.
-El Derecho constituye un instrumento eficacísimo para la promoción del cambio social en los procesos revolucionarios. Siempre, claro está, que la clase revolucionaria se haya hecho previamente con el poder político. Y no sólo –como se ha considerado por quienes se han quedado en la epidermis de estos fenómenos– como instrumento jurídico consolidador de las nuevas relaciones sociales sino también en sus función genuinamente revolucionaria de transformador radical de la anterior base económico-social. En tal proceso revolucionario –que puede abarcar un periodo histórico más o menos prolongado– deben distinguirse dos fases netamente delimitadas:
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