Derecho constitucional. Preámbulo
Enviado por Aantoherrera • 11 de Mayo de 2018 • Tarea • 610 Palabras (3 Páginas) • 100 Visitas
Derecho Constitucional
• “30 años después, hay que volver al Preámbulo”, La Nación. Área 1
Preámbulo
1- Dado los diversos conflictos vividos en estos últimos treinta años de Democracia. Es necesario para reencarnar la concordia y la institucionalidad del país desarrollar la construcción de consensos básicos y la capacidad productiva en base a la esencia del Preámbulo.
2- Considerar el empleo del Preámbulo de la Constitución Nacional para reestructurar al país.
3- La cobertura constitucional central, como lo expresa el Preámbulo de la Constitución Nacional, es constituir la union nacional y la protección y el bienestar de los ciudadanos.
4- Las coberturas constitucionales periféricas son; el artículo 2 de la Constitución Nacional, el artículo 14 de la Constitución Nacional, el artículo 19 de la Constitución Nacional. El artículo 2 de la Constitución Nacional sostiene el culto católico apostólico romano. El artículo 14 de la Constitución Nacional menciona el derecho al trabajo y ejercer toda industria lícita. Finalmente el artículo 19 de la Constitución Nacional construye los limites de la privacidad.
5- La cobertura legal se remonta a Ley 25.871 sobre Política Migratoria Argentina. Más aun se encuentra la Ley 26.994, en su enmienda cuarta del artículo 8. Especifica la responsabilidad por parte del Estado Nacional y de sus funcionarios por los hechos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones será objeto de una ley especial. Para asegurar el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para todos los hombres que habiten el suelo argentino.
• “Proponen que en el nuevo Código Penal deje de ser delito la tenencia de drogas para consumo personal”, Clarín.
Área 1
1/4 Artículos 18 a 24
1- El Presidente de la Nación emite un proyecto de reforma del Código Penal hacia la despenalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal.
2- Se propone la reforma del Código Penal de la Nación en base a la propuesta del Presidente Macri y al artículo 19 de la Constitución Nacional.
3- La cobertura constitucional central es el artículo 19 de la Constitución Nacional. Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
4- La cobertura constitucional periférica se conecta con el Pacto de San José de Costa Rica, el articulo 11, inciso segundo y tercero, que obliga a distinguir entre acciones privadas y las que no son y la ética privada y moral pública.
5- El proyecto de PECO de 1942 solo reprime la tenencia de sustancias estupefacientes enderezada algún propósito, de destinarlas
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