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Derecho.


Enviado por   •  13 de Marzo de 2014  •  Ensayo  •  410 Palabras (2 Páginas)  •  175 Visitas

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, por necesidad lógica, un inicio y un fin, sin que sea óbice para esto, una violación procesal en el transcurso del proceso, pues para ese efecto está la institución de la preclusión, que tomando en cuenta el transcurso del tiempo y la negligencia en la actividad de la parte demandada, permite dar certeza y seguridad jurídica de que el proceso debe terminar. Aunado a lo anterior, la demandada debe impugnar la violación en cuestión, pues el derecho del trabajo es a instancia de parte, y la autoridad no puede, ni debe sustituirse a la propia demandada en esta carga procesal, pues de lo contrario, el equilibrio procesal estaría afectado y con ello, a una de las partes (en este caso a la parte actora), y tomando en consideración que a ninguna de las partes le pueden suplir en una carga procesal, menos aún tratándose de la demandada.-

Pues bien, tampoco es impedimento que el emplazamiento surta plenamente sus efectos, aún a pesar de existir la violación procesal del medio de comunicación referente, si a pesar de la violación procesal, la demanda se hace sabedora de la notificación y obra dicha circunstancia en el expediente.

En términos de la Ley Federal del Trabajo, toda notificación que no se cumpla como el ordenamiento mismo lo señala, será nula. Así las cosas, si los medios de comunicación procesal, carecen de los requisitos mínimos de legales, no surtirán sus efectos plenos, y en caso de ser impugnados, tendrán que ser saneados.-

Y como en materia laboral, no puede interponerse amparo indirecto por violaciones procesal, en virtud, de que no son de imposible reparación, toda notificación que en ella se patente una violación, no podrá ser objeto de éste; y tendrá que esperar hasta la impugnación del laudo, para que en violación procesal, solicite se declare nula y se reponga en su caso el procedimiento, agotando el medio de impugnación primigenio (incidente de nulidad).-

Ahora bien, existe un medio de impugnación extraordinario para este tipo de violaciones procesales, si se trata del emplazamiento y nunca se ha convalidado dicha notificación; esta es el denominado juicio de amparo indirecto del tercero extraño por equiparación. Este medio de impugnación, de acuerdo a diversos criterios jurisprudenciales, opera por analogía en el sentido de que al demandado se le equipara un tercero extraño, que es afectado por una resolución en donde no intervino, ya sea, porque no fue parte en el proceso, o porque siendolo, nunca tuvo conocimiento legal del mismo.

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