Derechos Del Hombre
Enviado por 12345609876 • 17 de Septiembre de 2012 • 2.310 Palabras (10 Páginas) • 790 Visitas
DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE
EN HONDURAS, NUESTRA PATRIA. El Sindicalismo surge como resultante positiva de la gran Huelga de los Trabajadores Bananeros de la Costa Norte que, iniciada en Primero de Mayo de 1954, tubo una duración de 69 días plenos de inmensos sacrificios y ejemplar lucha reivindicada auténticamente Militante.
Así como en el Movimiento Sindical en otros países del mundo, en Honduras también hay dos Etapas en la Historia del Sindicalismo: La Etapa MUTUALISTA y La Etapa Propiamente Sindical Gremialista. En la Etapa Mutualista que podemos ubicar a fines del Siglo 19 y durante los primeros años del Siglo 20 existieron en nuestro país, Sociedades Obreras Mutualistas. El sindicalismo surge, como antes decíamos con la Gran Huelga de los Trabajadores Bananeros iniciada el 1ro. de Mayo de 1954.
El primer sindicato nace en Honduras el 28 de Agosto de 1954 siendo este el Sindicatos de Trabajadores de la Tela Rail Road Co. (SITRATERCO). El segundo Sindicato fue el Sindicato de Trabajadores de la Stándard Fruit Co. (SITRASFRUCO) que con el nombre de Comité Central de Trabajadores se organizo en la ciudad de La Ceiba el 24 de Agosto de 1954. Este Sindicato posteriormente se convirtió en el actual Sindicato Unificado de Trabajadores de la Stándard Fruit Co. (SUTRASFCO) constituido en el Primer Congreso de Delegados celebrado el 30 de Abril de 1955.
La primera Federación Sindical nació el 28 de Abril de 1957 con el nombre de Federación Sindical de Trabajadores Nacionales de Honduras (FESITRANH).
La Segunda Federación nació en Tegucigalpa el 28 de junio de 1958 con el nombre de Federación Central de Sindicatos Trabajadores Libres de Honduras (FECESITLIH). El 29 de septiembre de 1962, la FESITRANH fundó el Primer Sindicato Agrario de Honduras con el nombre de Asociación Nacional de Campesinos Hondureños (ANACH).
La Primera Confederación Sindical fue fundada en Tegucigalpa el 29 de septiembre de 1964 con el nombre de Confederación de Trabajadores de Honduras (C.T.H.)
OBJETIVOS O FINES DE LOS SINDICATOS
El Sindicato Libre como un Movimiento de Masas, del cual el Sindicato es la unidad base, persigue dos Clases de Fines u Objetivos:
a) Fines Inmediatos
b) Fines Mediatos
LOS FINES U OBJETIVOS INMEDIATOS: Son aquellos por los cuales el sindicato debe de luchar democráticamente para realizarlos, esta tarea se cumple desde el momento en que el Sindicato se funda y obtiene su Personería Jurídica.
Entre los fines Inmediatos del Sindicato podemos señalar los siguientes:
1.-) Defensa de los Derechos Económicos, Sociales y Políticos de los Trabajadores.
2.-) Obtener y consolidar mejores condiciones de trabajo.
3.-) Salarios justos.
4.-) Estabilidad en el trabajo.
5.-) Seguridad social ampliada.
6.-) Dignificación del trabajador.
7.-) Educación y capacitación general, técnica y sindical de los trabajadores.
8.-) Derechos de los derechos de su familia.
9.-) Asistencia medica, viviendas, Escuelas, asignaciones familiares y, otros.
LOS FINES U OBJETIVOS INMEDIATOS: Son aquellos que el Sindicato debe realizar en relación con el desarrollo integral de la Comunidad, la Región, Departamento y el País en General, es decir: proyectar la imagen y la acción del Sindicato hacia la Comunidad la Región, el Departamento y el País. Entre los principales Fines Mediatos del Sindicato está la consecución y consolidación de la Democracia económica, Política, Social y Cultural para vivir y desenvolvernos libremente y opinar y actuar sobre la justicia o injusticia de las estructuras económicas, políticas y sociales que impiden el desarrollo y la Justicia Social.
El Sindicalismo anhela lucha por la Justicia Social con plena democracia y debe tomar parte activa y militante en la edificación, consolidación y sostenimiento de una sociedad más justa y Humanista.
COMO LOGRA SUS FINES U OBJETIVOS INMEDIATOS EL SINDICATO?
Lo logra por medio de un Instrumento Jurídico de Paz Social que se llama CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, que es la finalidad suprema del Derecho Colectivo de Trabajo y consiste en: ¨ Un convenio celebrado entre la empresa y el Sindicato y por medio del cual se fijan, regulan y establecen las condiciones de trabajo en la Empresa con la mira o finalidad específica de elevar el nivel de vida de los trabajadores; es decir:
El Contrato Colectivo de Trabajo regula condiciones y relaciones del trabajo en sentido más favorable a las necesidades de los trabajadores. La Constitución de la República, el Código de Trabajo y los Convenios Internacionales Laborales establecen claramente la obligación de los Patronos en el sentido de negociar y suscribir Contratos Colectivos de Trabajo con su respectivo Sindicato de Trabajadores. La Capacitación en todos los aspectos Jurídicos, Económicos y Prácticos de la Contratación Colectiva, es absolutamente necesaria en todos los Sindicatos.
COMO LOGRA EL SINDICATO SUS FINES MEDIATOS?
Procurando por todos los medios legítimos a su alcance, la participación de los afiliados en su condición de Ciudadanos, en las decisiones gubernamentales o del Estado que tienen que ver con los intereses económicos, políticos, sociales y culturales del Pueblo y, como ciudadanos y Sindicalistas luchar por hacer prevalecer los Principios fundamentales de la Democracia: ¨ Gobierno del Pueblo, por el Pueblo y para el Pueblo ¨. Una vez obtenidos por lo menos parte de los Fines Inmediatos, el Sindicato debe proyectar su imagen y su acción en actividades y metas que redunden en beneficio no solo de sus afiliados sino del pueblo Hondureño en general.
LEYES QUE PROTEGEN EL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL
Cuando organizamos, existe y se desarrolla un Sindicato, fundamentemos esta decisión de los Trabajadores en las siguientes Leyes:
a) LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA.- La máxima Ley de nuestro País, la Constitución de la República ( Capitulo v.- ¨ Del Trabajo ¨ , Garantías Sociales.- Artículos: del 127 al 144.- Reconoce tácticamente que los trabajadores hondureños tienen derecho y gozan de la plena libertad de organizarse en Sindicatos para la defensa de sus derechos.
b) EL CÓDIGO DE TRABAJO.- En el articulo 460 establece: ¨ Declarase de interés público la constitución legal de organizaciones sociales ya sean SINDICATOS o Cooperativas como uno de los medios mas eficaces de contribuir al sostenimiento y desarrollo del País en forma democrática. Así mismo los Artículos 468 y 469 del mismo Cuerpo de Leyes, se refieren a la libertad de Organización Sindical.
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