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Derechos vulnerados de acuerdo a los artículos de la constitución política


Enviado por   •  7 de Abril de 2022  •  Informe  •  557 Palabras (3 Páginas)  •  221 Visitas

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Derechos vulnerados de acuerdo a los artículos de la constitución política.

Fecha 5/abril de 2022

Noticia: Así se llegó a la masiva violación de derechos en centros de detención transitoria.

En un centro de reclusión, vive en un estado de cosas inconstitucional, es decir, bajo una grave y masiva violación de los derechos que son amparados en la Constitución. Así lo ha declarado la Corte Constitucional en cuatro oportunidades, siendo la última ayer 4 de abril. La alta corte evidenció que, ahora, también en las estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI) los detenidos permanecen en condiciones infrahumanas, las personas capturadas y procesadas de un delito no pueden ingresar formalmente al sistema penitenciario. Quedan custodiadas en URIS y estaciones que no cumplen los parámetros de dignidad, donde son sometidos a una violación sistemática de sus derechos. Las estaciones de Policía de Bucaramanga hay una sobrepoblación del 818%, según datos de la Defensoría del Pueblo. 

Entre los derechos  que se infringen   en  URIS y estaciones son: la igualdad,  dignidad, la privacidad; al sufrir un trato diferenciado, la existencia de un espacio inadecuado para la visita conyugal y sobre todo la deficiente atención médica en estos centros.  De acuerdo a la constitución  política de Colombia,  el artículo 1 se ve vulnerado, ya que este nos habla de la dignidad humana, lo cual se  evidencia que no se tiene en cuenta  por parte de las entidades en estas estaciones, artículo 2: en los fines esenciales del estado estos deben asegurar una convivencia pacífica entre los habitantes, en lo cual se puede evidenciar claramente, la difícil convivencia que existen entre cada uno de los presos, esto no se debe solo a la privacidad de la libertad, si no también a los  tratos infrahumanos  que se ven  obligados  a tener que ver todos los días  con  otros reclusos con los que, se pueden desencadenar cualquier tipo de conflictos, artículo 12: nos habla que  nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, lo cual es contradictorio en estas estaciones de detención ya que no cuentan con un buen trato, otro derecho  establecido en el articulo15 es  que, Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. Lo cual  no está siendo respetado, ya que estas personas se encuentran en situaciones precarias  de espacio y  el hacinamiento carcelario  en estos establecimientos llega casi a su límite máximo de aforo.

Propuesta de solución:

Nuestra propuesta o solución sería implementar nuevos centros reclusorios u aumentar el espacio de infraestructura de estas cárceles en las que, se encuentran la aglomeración de reclusos e implementar casa por cárcel  con monitoreo electrónico a personas que, tengan su sentencia ya por culminar , esto si le falta menos de tres años por cumplir en prisión e igual deberá tener su respectivo acompañamiento y seguimiento por parte de las entidades  como el  Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario  de las  entidades territoriales.

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