Diferencias entre formas de gobierno y formas de estado
Enviado por wilfredocedeno • 5 de Octubre de 2011 • Monografía • 1.731 Palabras (7 Páginas) • 1.134 Visitas
DIFERENCIAS ENTRE FORMAS DE GOBIERNO Y FORMAS DE ESTADO
Esta diferencia radica en que las Formas de Estado tienen en consideración la distribución espacial del poder. Tienen en cuenta el territorio Pueden respetarlas o no. Las Formas de Gobierno hacen referencia a la distribución funcional del poder. Se crean determinados organismos a los que se les atribuye funciones.
Formas de Estado: Se clasifican en 3 clases:- Estados unitarios
- Estados federales
- Confederación de Estados
Formas De Gobierno: según el pensador se clasifican distinto. La más clásica es la griega la cual tiene como parámetro si la forma de gobierno respeta o no la ley.
Monarquía: conforme a las leyes ejercido por uno.
Aristocracia: conforme a las leyes ejercido por unos pocos
Democracia: conforme a las leyes ejercido por muchos.
ARISTÓTELES:
Monarquía: conforme al bien común ejercido por uno
Aristocracia: conforme al bien común ejercido por unos pocos
Democracia: conforme al bien común ejercido por muchos
Formas puras Formas impuras
Monarquía ® Tiranía o Totalitarismo
Aristocracia ® Oligarquía
Democracia ® Demagogia
No hay correlato entre Formas de gobierno y Formas de Estado. Puede haber un Estado unitario gobernado por una democracia (Francia) y, por ello, un Estado unitario no tiene porqué ser monarquía.También pueden haber Estados federales como España con una monarquía y EE.UU. con un régimen presidencialista. Todas las combinaciones son posibles.
La Federación de Estados admite mayor o menor centralización o descentraliza¬ción del poder. No hubieron ejemplos de centralización ni descentralización absoluta. Lo que se ve son casos intermedios que se acercan más a uno u otro.
El emperador buscaba la centralización absoluta, pero ésta chocaba con el espa¬cio físico: las diferencias geográficas, ya que las distancias eran muy amplias.
Diferencias entre Estados Confederados y Estado Federal
Los diferencia la naturaleza de la norma que los vincula.
Estado Confederado o Confederación de Estados:
Naturaleza de la norma que vincula a los estados es un Pacto o Tratado Internacional.
Cada Estado soberano por medio de un pacto o tratado internacional mantiene un vínculo con los otros Estados soberanos.
Fines de estos pactos: garantizar la protección exterior o bien la paz interior. O sea esta idea de Confederación de Estados tuvo como fines afianzar la nación.
Alcance de las normas: cuando se crea una Confederación de Estados se crean órganos comunes a todos los Estados soberanos, que se limitan a actuar de acuerdo al tratado internacional, el cual fija fines y órganos para la aplicación dentro de cada estado, pero no se extienden a los ciudadanos de los estados.
La Confederación Argentina delegaba en el gobierno de la provincia de Bs.As. la facultad de garantizar la protección exterior y paz interior, pero los Estados soberanos (provincias) tenían sus propias leyes.
Derecho de nulificación: cualquiera de estos Estados, por el hecho de ser sobe¬rano puede declarar nula una disposición que haya sido dictada por un órgano común confederado.
Derecho de secesión: derecho que se reservan los estados por el hecho de ser so¬beranos de retirarse libremente de la Confederación de Estados.
Diferencias entre Estado unitario con los otros Estados
Norma que une a los miembros del Estado unitario: Constitución Nacional (norma de ordenamiento jurídico).
Miembros: en su mayor parte, se los llama Departamentos o Regiones. Francia es uno de los casos. En muy pocos se los llama provincias o estados.
No son soberanos. En muy pocos casos son autónomos (forman su propia le¬gislación).
La mayor parte son autárquicos (capacidad de gobernarse a si mismos). Crean normas atinentes a su funcionamiento llamadas Reglamentos o Estatutos, en los cuales se prevén las causas para el nombramiento y remoción de sus agentes de gobierno, forma y destino de los recursos.
Estos Reglamentos o Estatutos pueden existir en Estados federales. Por ej., las Municipalidades (VER).
Los Departamentos están centralizados
Fines: omnicomprensivos: es unitario prácticamente a todos los fines.
Casi todo el poder delegado en los poderes centrales. Pocas esferas de poder concurrente y desaparecen los poderes delegados.
No hay derecho de secesión.
La autarquía puede ser de 2 tipos:
1) con atribución territorial: ej., municipios o comunas. No pueden dictar sus propias normas, salvo las de su funcionamiento. Tienen un territorio de aplicación de sus propias normas (Est.Federal)Tiene atribución territorial para hacer valer sus propias normas.
2) sin atribución territorial: puede ser creación de los órganos centrales federales o unitarios. Su particularidad es que se los crea para la administración de un servicio público, una obra pública o para la administración y ejecución de un suceso o acontecimiento particular.
Rango distintivo: no tiene atribución territorial, no tienen territorio específico, salvo su propio edificio. Ej. Administración de un servicio público: entes reguladores.
Ej. Ejecución de un suceso: el Mundial de Fútbol, que crea un ente
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