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EL PODER CONSTITUYENTE


Enviado por   •  29 de Marzo de 2015  •  1.314 Palabras (6 Páginas)  •  278 Visitas

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Desarrollo del poder constituyente en Panamá

En este apartado vamos a hacer lo posible por presentar la dinámica del poder constituyente como tal, sin hacer hincapié en el desarrollo de las Constituciones (texto) de Panamá, es decir, observaremos el entorno que hicieron posible las Constituciones de la Nación.

El génesis del poder constituyente no se puede asir únicamente al movimiento que dio origen a la Constitución de 1904; si no a todos los intentos que trataron de definir a la nación panameña como Estado pleno.

Como antecedentes del proceso constituyente en Panamá, podemos remontarnos a la Constitución de Cádiz aprobada el 12 de marzo de 1812. Obviamente no es un poder constituyente nacional, ni tampoco pretende dotar al Istmo de sus propios órganos de gobierno, sino que incorpora una estructura política dada por España al conglomerado colonial.

Cuando se gesta la separación de Panamá de España y su posterior incorporación al Estado republicano de Colombia, donde queda sujeta a la Constitución Cúcuta de 1821, podemos afirmar que son los primeros pasos del poder constituyente en Panamá, porque toma un decisión nacional con cierto grado de independencia y voluntad común.

Los posteriores intentos de separación (tres) de Nueva Granada tomaron dimensiones nacionales, aunque careció de una decisiva unidad nacional; por lo tanto sería un pequeña expresión del poder constituyente en nuestro país. “La primera Constitución nuestra fue promulgada el 8 de junio de 1841, obra de la primera República, sancionada por el coronel Tomás Herrera, a modelo y semejanza de las de Cúcuta de 1821 y de 1830...”(14)

14 FÁBREGA, Jorge. “Ensayos sobre la Historia Constitucional de Panamá”. 1 ED. Panamá. Ediciones Jurídicas Panameñas. 1986. Pág. 21

Igualmente existe una importante manifestación del poder constituyente en el periodo de anexión a Colombia, que muestra el deseo de hacer una estructura política y jurídica que fuera funcional. Las provincias de Chiriquí, Panamá, Veraguas y en aquel entonces, Azuero se dieron pequeñas Constituciones: la Interdistritorial de Panamá, el 22 de diciembre de 1853, la de Azuero y Veraguas en el 1854, y la Federal de Chiriquí. Esta última ha sido causa de muchos estudios y es la que encierra mayor contenido real. “Sin duda, Chiriquí tuvo su propia Constitución según se desprende de la lectura de un documento... No cabe duda de que reflejaría la realidad chiricana, tierras, climas, hombres, evolución integral.”(15)

La tercera Constitución del Estado Federal, sancionada el 27 de febrero de 1855, el verdadero logro del comienzo del sentir constitucional del Panamá neogranadino. Consta con 6 capítulos, 60 artículos, estilo breve y sencillo, refleja la ideología de su autor, Don Justo Arosemena. El Dr. José Dolores Moscote refiere: “La Constitución de hoy, vigente en la República de Panamá, no supera en este particular de las garantías del hombre y del ciudadano a la que fue carta fundamental del Estado Soberano de 1855 (Referencia a la Constitución de 1904)...”(16)

15 OSORIO OSORIO citado por ANTINORI, Ítalo. “Panamá y su Historia Constitucional (1808-2000)”. 1 ED. Panamá. Defensoría del Pueblo. 2000. Pág. 34.

16 FÁBREGA, Jorge. “Ensayos sobre la Historia Constitucional de Panamá”. 1 ED. Panamá. Ediciones Jurídicas Panameñas. 1986. Pág. 22.

Posteriormente se producen otra serie de Constituciones como la de Río Negro (1863), la de 1865 redactada por Gil de Colunje, la de 1868, entre otras que forman parte de la evolución constitucional panameña y por tanto del poder constituyente.

Sería fácil catalogar a la Constitución de 1904 como la expresión más fiel y prístina del poder constituyente nacional, ya que el mencionado texto inicia la estructura Republicana del Estado, sin embargo hay que tener presente la magnitud de la influencia norteamericana en el proceso independentista paralelo al proceso constituyente. Sobre esto se teje la “Leyenda Negra” sobre Panamá, donde se hace mención a la frase del presidente estadounidense, Teodoro Roossevelt: “I took Panama”; además del polémico artículo 136 en la Carta Magna donde le da la potestad intervensionista. Esto no quiere decir que no hubo expresión poder constituyente, ya que la Constitución de 1904 fue elaborada por numerosos constituyentes, que tenían experiencia previa en la redacción de anteriores estatutos.

Citamos el texto del profesor Fábrega:

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