ELEMENTOS DE EXISTENCIA DEL ACTO JURÍDICO
Enviado por Saand • 3 de Febrero de 2014 • 1.156 Palabras (5 Páginas) • 964 Visitas
Los actos jurídicos requieren cumplir con elementos de existencia y requisitos de validez para tener reconocimiento legal. La ausencia de algún elemento esencial del acto jurídico, trae como consecuencia su inexistencia. La falta de algún requisito de validez, origina la nulidad del acto. Esta nulidad puede ser absoluta o relativa
VOLUNTAD - CONSENTIMIENTO
Consentimiento es el acuerdo de voluntades, de dos o más personas que puede tener por efecto el crear, transmitir, modificar o extinguir efectos de derecho, trátese de derechos subjetivos, deberes jurídicos u obligaciones de carácter convencional.
Los elementos del consentimiento son: La propuesta, oferta o policitación y la aceptación. La policitación es una manifestación unilateral de voluntad, que por sí sola produce efectos jurídicos, la cual es de naturaleza recepticia, expresa o tácita, hecha a persona presente o no presente, determinada o indeterminada, que enuncia los elementos esenciales del acto que se desea celebrar y debe ser hecha de forma seria y con el ánimo de cumplir en su oportunidad. A su vez, la aceptación, es una manifestación unilateral de voluntad, expresa, tácita, y en algunas ocasiones el legislador la presume por el silencio de quien debe aceptarla, hecha a persona determinada, presente o no presente, seria, lisa y llana, que expresa la adhesión a la propuesta y que se reduce a un sí.
OBJETO
El objeto deberá de ser física y judicialmente posible, en los actos jurídicos debemos distinguir un objeto directo y en ocasiones un objeto indirecto.
El objeto directo es crear, Transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. La definición del acto jurídico revela su objeto por eso se dice que es una manifestación de la voluntad con el objeto de crear, Transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Existe también un objeto indirecto; pero este no se presenta en la totalidad de los actos jurídicos; es sobre todo en los contratos y en los convenios en donde se presenta y consiste en la cosa o en el hecho materia del convenio. La ilicitud en el objeto, en la causa o en la condición del acto produce su nulidad, ya sea absoluta, ya relativa. Por su parte el código civil del estado de Jalisco señala en cuanto al objeto en sus artículos lo siguiente.
Artículo 1298. Son objeto de los contratos:
I. El bien que el obligado debe dar;
II. El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
Artículo 1299. El bien objeto del contrato debe:
I. Existir en la naturaleza;
II. Ser determinado o determinable en cuanto a su especie; y
III. Estar en el comercio.
Artículo 1300. Los bienes futuros pueden ser objeto de un contrato. Sin embargo, no pueden serlo la
Herencia de una persona viva, aun cuando ésta preste su consentimiento.
Artículo 1301. El hecho o la abstención objeto del contrato, debe ser:
I. Posible; y
II. Lícito.
Artículo 1302. Es imposible el hecho que no pueda existir porque es incompatible con una ley de la Naturaleza o con una norma jurídica que debe regirlo necesariamente y que constituye un obstáculo Insuperable para su realización. Artículo 1303. No se considerará imposible el hecho que no puede ejecutarse por el obligado, pero si por otra persona en lugar de él. Artículo 1304. Se considerará ilícito, como materia de obligaciones, todo aquello que afecte la personalidad de los contratantes, sus derechos esenciales e inalienables, su estado civil y cuanto sea contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres. Artículo1305. La ilicitud de la causa, produce la nulidad de los contratos.
LA SOLEMNIDAD.
Son las formas, palabras o mecanismos que la norma jurídica señala como
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