ENSAYO PRESUNTO CULPABLE Críminalistica
Enviado por Andrea Elvira • 18 de Septiembre de 2018 • Ensayo • 1.571 Palabras (7 Páginas) • 191 Visitas
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“PRESUNTO CULPABLE”
Materia: Críminalistica I
Grado: 1º Grupo: C
Alumna: Flores Nájera Andrea Elvira
Profesor: O. F. Alberto Flores Niño de Rivera
Introducción:
Presunto culpable, es un largometraje documental realizado en el Reclusorio Oriente de la Ciudad de México y en los Tribunales de Justicia que narra la historia de José Antonio Zúñiga Rodríguez y su lucha en contra del Sistema Penal y Judicial mexicano.
Este largometraje documental fue dirigido por Roberto Hernández y Layda Negrete en coproducción con el Instituto Mexicano de Cinematografía, CONACULTUR y Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad. Con el apoyo de The William and Flora Hewlett Foundation, Beca Gucci-Ambulante, Renace, The Jan Vrijman Fund, Center for Latin American Studies University of California at Berjely, Fundation Manuel Arango y Newart Digital Eficene.
Desarrollo:
A los policías los premian por cada acusado.
Los jueces no son participes de los juicios.
Aquí es cuando entran Roberto Hernández y Layda Negrete con la idea de meter una cámara en un juzgado penal, empezando así el documental llamado “El Túnel”. Donde mismas reclusas dicen que nunca pudieron hablar con el juez, que nunca supieron quién era él y que su voz no valía nada.
93% de los acusados nunca ven al juez.
Gracias a la realización de esta investigación y a su explosión en medios es cuando los licenciados empiezan a recibir llamadas de la cárcel; una de esas llamadas es la José Antonio Zúñiga Rodríguez.
En la primera sentencia recibe 20 años de prisión por el delito de homicidio culposo.
395 días en prisión y una semana después se los otorga el permiso de poder grabar a Toño dentro del reclusorio con la cámara.
Toño no sabía de qué delito se le estaba acusando al igual que tampoco tenía conocimiento de sus derechos.
560 días en prisión, se puede acceder al expediente del caso de Toño y se procede a estudiarlo, en donde varios acontecimientos causan sorpresa; uno de ellos fue que el policía nunca probo que Toño disparó el arma, la prueba de Harrison, que fue la que se le realizo, dio negativo. Además, se encuentra una lista de testigos que dicen haber visto a Toño en otro lugar el día del homicidio, pero a la policía no le pareció relevante.
En México, uno está obligado a probar la inocencia de uno mismo, en lugar de que la policía deba probar que tú eres el culpable.
78% de los presos son alimentados por sus familias.
A este punto, Toño había agotado prácticamente todos sus recursos legales que le quedaban; fue cuando se dieron cuenta, casi por error, que la cedula profesional del licenciado que lo había representado en el primer juicio era falsa. Gracias a este descubrimiento se podía solicitar un juicio nuevo. Pasaron tres meses para que se les aceptará volver a realizar el juicio.
Desafortunadamente, Toño es vuelto a juzgar por el mismo juez. Se inicia la búsqueda de un abogado penalista que sea bueno y, además, lo haga gratis. Es cuando Rafael Heredia, accede hacerlo. En la primera reunión con el juez aparece la persona que fue interrogada en el lugar de los hechos, quien es Víctor Daniel Reyes Bravo, el testigo acusador. Al testigo se le toma su declaración tres veces, en las dos primeras no menciona a Toño, si no, hasta la tercera. En donde nace una contradicción respecto a lo que dice, o que Víctor les dio el nombre a los policías o los policías le dieron el nombre a Víctor, confirmando así que Toño fue elegido al azar.
En la misma declaración no dice que el portará un arma o se acercara a la víctima. Y se confirma que el arma homicida, nunca apareció. En el primer juicio no se le permite incluir un testigo defensor.
694 días en prisión, es el primer día del juicio nuevo.
El mismo juez vuelve a juzgarlo, es cual es Héctor Palomares.
Durante el primer día del juicio, el testigo Víctor Daniel, mientras el abogado del acusado le pregunta sobre su declaración al MP, se le nota sumamente intranquilo y con respuestas para nada coherentes; de igual manera, el juez y la abogada acusatoria tienen una actitud arrogante y sin ser objetivos. Se descubre que el MP oculto evidencias, tales como los retratos hablados, con el cual, supuestamente identificaron a Toño, a pesar de él haber dicho que claramente no se parecía al del retrato; de igual manera, la lista de testigos que dijeron haber visto a Toño el día del homicidio en el tianguis de 10:00AM – 6:00PM en su puesto de videojuegos y reparación de computadoras; esta última prueba sumamente importante, como todas las demás, pero comprobando que el susodicho no pudo haber cometido el delito del cual se le fue acusado debido a que se encontraba a 40 min de distancia de ida y vuelta del lugar de los hechos.
Por igual, el comandante de la Policía, el Policía Judicial y todos los involucrados en la detención actúan de una manera poco profesional y evadiendo todas las preguntas que se le hacen y negando las acusaciones que el procesado realiza en su contra.
723 días en prisión, se llevan a cabo los careos con todos los implicados en la detención y tanto con el testigo, en donde Toño les dice todo lo que realmente paso y aun así ellos negaban todo lo sucedido. Durante esta parte del proceso penal, el procesado le dice al testigo qué si él sabe que no disparo el arma que lo diga y, el testigo confirma que efectivamente, él no vio quien disparó el arma.
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