ESCRITO INICIAL DIVORCIO INCAUSAD
Enviado por LEODANIELLE3 • 8 de Junio de 2014 • 1.729 Palabras (7 Páginas) • 575 Visitas
BELTRÁN SANTANA VICTORIA
VS
FONSECA GUZMÁN EDUARDO
ORDINARIO CIVIL,
DIVORCIO INCAUSADO.
JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO EN EL DISTRITO FEDERAL.
VICTORIA BELTRÁN SANTANA promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones documentos y valores, el domicilio ubicado en el DESPACHO 9, DEL EDIFICIO MARCADO CON EL NÚMERO 77 DE LA CALLE MADERO, COLONIA CENTRO HISTÓRICO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06010, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. Asimismo, vengo a autorizar, en términos del párrafo 5° del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al Licenciado en Derecho Paulino Alberto Sahagún Campos, quien cuenta con Cédula Profesional número 6312875, expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, además al C. Leonardo Daniel Romero Rodríguez, a efecto de que en mi nombre y representación, reciba toda clase de notificaciones, aún las de carácter personal, documentos y valores. Ante Usted y con el debido respeto, comparezco para exponer:
Que con fundamento en el artículo 266° del Código Civil para el Distrito Federal, vengo a demandar del C. Eduardo Fonseca Guzmán, quien puede ser notificado en la CALLE ROBERTO GAYOL NÚMERO 30 DEPARTAMENTO 1, COLONIA DEL VALLE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CP 03104, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO DISTRITO FEDERAL, el pago de todas y cada una de las siguientes:
PRESTACIONES:
a) La disolución del vínculo matrimonial que hasta el día de la fecha nos une.
b) La liquidación de la sociedad conyugal que surgió con motivo del matrimonio contraído.
c) El pago en lo futuro, de una pensión alimenticia suficiente para mí y menor hija Frida Sofía Fonseca Beltrán, por lo cual y que una vez que sea aprobado el convenio que acompaño a la presente solicitud por encontrarse ajustada al derecho y a las buenas costumbres, solicito se gire oficio al REPRESENTANE LEGAL DE LA EMPRESA FARMACÉUTICA GLAXOSMITHKLINE A EFECTO DE QUE SE REALICEN LOS DESCUENTOS A LAS PERCEPCIONES DEL DEMANDADO QUE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA.
Fundo mis pretensiones con base en los siguientes:
HECHOS
1. La hoy actora y el C. Eduardo Fonseca Guzmán contrajimos matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal el día 22 de septiembre de 2004.
2. Como pareja, establecimos el domicilio conyugal en el departamento 5 del edificio marcado con el número 266 de la calle Filadelfia, colonia Nápoles, delegación Benito Juárez, CP 03810, en esta Ciudad de México, Distrito Federal.
3. Durante la duración de nuestro matrimonio, procreamos una hija que lleva por nombre Frida Sofía Fonseca Beltrán, quien nació el día 26 de agosto de 2006, lo cual acredito con el Acta de Nacimiento respectiva.
4. Durante la duración de nuestro matrimonio, adquirimos dos bienes inmuebles el primero en el que establecimos nuestro domicilio conyugal ubicado en el número 266 de la calle Filadelfia, colonia Nápoles, delegación Benito Juárez, CP 03810, en esta Ciudad de México, Distrito Federal y el segundo en la calle Roberto Gayol número 30, departamento 1, colonia del Valle, delegación Benito Juárez, CP 03104, en esta Ciudad de México Distrito Federal,
5. Desde hace aproximadamente un año, la convivencia con el hoy demandado se tornó muy complicada, por lo cual, el día 4 de abril del presente año el C. C. Eduardo Fonseca Guzmán abandonó el domicilio conyugal sin que hasta la fecha haya proporcionado los recursos necesarios para la manutención de la hoy actora ni de mi menor hija.
6. Es menester señalar que durante la duración de nuestro vínculo matrimonial adquirimos dos bienes inmuebles, dos vehículos automotores, además del menaje doméstico mismo que se encuentra en el domicilio conyugal.
Es por lo manifestado anteriormente que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 267° del Código Civil para el Distrito Federal, acompaño a este escrito, la propuesta de convenio a que se refiere dicho numeral:
CONVENIO QUE CELEBRAN LOS SEÑORES VICTORIA BELTRÁN SANTANA Y EDUARDO FONSECA GUZMÁN A QUIENES SE LES DENOMINARÁ LA DIVORCIANTE Y EL DIVORCIANTE, RESPECTIVAMENTE, PARA DISOLVER EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, PARA LO CUAL, ESTÁN DE ACUERDO A SOMETERSE A LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
I.- De común acuerdo, LA DIVORCIANTE tendrá la GUARDA Y CUSTODIA de nuestra menor hija de nombre FRIDA SOFÍA FONSECA BELTRÁN.
II.- EL DIVORCIANTE ejercerá el derecho de visitas, que tiene respecto de nuestra menor hija de nombre FRIDA SOFÍA FONSECA BELTRÁN, conviviendo con ella en los términos que a continuación se describen,
1.- Los fines de semana estará de manera alternada con cada una de LAS PARTES.
2.- En sus períodos vacacionales, nuestra menor hija, los pasará el 50% de ellos, con cada una de LAS PARTES.
3.- El día de la celebración de las madres, nuestra hija, lo pasará con LA DIVORCIANTE.
4.- El día de la celebración del día del padre, nuestra hija, lo pasará con EL DIVORCIANTE.
5.- El día del cumpleaños de nuestro hijo, lo pasará de manera alternada con cada una de LAS PARTES.
6.- El día del cumpleaños de LA DIVORCIANTE, nuestra hija, lo pasará con ella.
7.- El día del cumpleaños del DIVORCIANTE, nuestra hija, lo pasará con él.
8.- En las festividades de fin de año, concretamente, los días 24 y 31 de diciembre, los pasará nuestra hija, de manera alternada con cada uno de LOS DIVORCIANTES.
Para los efectos de las convivencias descritas, EL DIVORCIANTE
...