El aborto en la Argentina, ¿debe ser legalizado?
Enviado por ramiro20 • 8 de Mayo de 2017 • Ensayo • 1.563 Palabras (7 Páginas) • 342 Visitas
En este trabajo vamos a hablar sobre la ley del aborto en nuestro país y el control legal que tiene.
El aborto en la Argentina, ¿debe ser legalizado? Este es un tema delicado en nuestra sociedad, ya que está en juego la vida de una persona en proceso de desarrollo, que se encuentra totalmente indefensa, y el aborto es un impedimento para su crecimiento.
Lo que muchos plantean sobre este tema es que un bebé tiene que ser deseado, por lo tanto debería existir el aborto por una violación o descuido, ya que no fue un deseo o intención de la mujer haber quedado embarazada. Otras personas dicen que cuando durante el embarazo se sabe que el bebé tendrá deficiencias, ya sean físicas o mentales, debería ser legal abortarlo para “evitarle el sufrimiento”.
Más allá de todos estos planteos sobre el tema, nuestra opinión es que el aborto es homicidio, porque mata al feto dentro del seno materno, que ya tiene vida desde el momento de la concepción, y por lo tanto no debería ser legalizado.
Para este trabajo estuvimos averiguando sobre el aborto en nuestro país y su regularización legal, y sobre qué supuestos se permite realizarlo en la actualidad según lo que la ley dispone.
Nuestro Código Penal nos dice en su artículo 86 cuáles son los supuestos en los que la ley permite realizar un aborto, y son: 1) si se hace con el fin de prevenir un peligro en la salud de la madre; 2) si se realiza con el fin de prevenir un riesgo de muerte para la madre; y 3) si el embarazo es el resultado de una violación sobre una mujer idiota o demente, es decir con discapacidad mental.
Solo se puede practicar el aborto si la mujer presenta alguno de esos tres supuestos. Si no presenta ninguno de estos, entonces no puede abortar.
Hay quienes dicen que el aborto debe ser permitido porque la madre tiene derecho a decidir sobre su cuerpo. Pero está comprobado científicamente que el feto es un ser humano desde el momento de la concepción. Entonces al ser el bebé un ser humano, la madre no estaría decidiendo sobre su cuerpo sino sobre otra vida que vale tanto como la suya.
En un trabajo de investigación, encontramos los datos oficiales de egresos de establecimientos oficiales por diagnóstico, del ministerio de la salud de la Nación Argentina del año 2010, donde muestra los casos de abortos en nuestro país, con un promedio de 2.717 abortos en un rango de 30-34 años, de los rangos de 35-39 años se realiza un promedio de 1.782 abortos. Por último un promedio de 52.812 abortos en los rangos de 9-29 años; donde la edad con mayor cantidad de abortos realizados es entre los 20-24 años, con un promedio de 13.141.
Averiguando un poco sobre el tema, nos encontramos con un caso muy interesante de una chica de Tucumán que fue encarcelada después de tener un aborto espontáneo:
El 21 de marzo del 2014 Belén de 25 años de edad, una ciudadana de la ciudad de San Miguel de Tucumán, llegó a la guardia del hospital Avellaneda con una hemorragia vaginal intensa y tuvo un aborto espontáneo del cual ella no estaba enterada del estado de concepción de la criatura:
Hoy en día Belén tiene 27 años y está encarcelada por "homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía", los integrantes de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán (Dante Ibáñez, Néstor Macoritto y Fabián Fradejas), la condenaron a una pena de 8 años de prisión.
La ONG fue contra la justicia tucumana. "Como cualquier paciente, toda mujer que llega con un aborto en curso o que tiene un aborto, sea provocado o espontáneo, está protegida por la confidencialidad de la relación profesional de la salud-paciente” como lo dice el código civil. No obstante en el caso de Belén algunos profesionales del Hospital Avellaneda decidieron no respetar esa relación y la violentaron y denunciaron a la policía. “Médicos la interrogaron como si fueran jueces, enfermeras le acercaron en una caja el feto y personal de policía la insultó y degradó revisando sus partes íntimas", acusaron.
La ciudadanía de Tucumán pide la liberación de Belén por un fallo de la justicia ante su caso. Hasta el día de hoy hay campañas en las redes sociales y marchas por este problema y por la petición del aborto legal, para que ya no existan los abortos clandestinos, que son riesgosos para la mujer y que, en muchos casos, llevan a la muerte. (Deschamps, 2016).
Por haber sido un aborto espontáneo, y no inducido, el caso de Belén no debería haber acabado con su encarcelación, ya que no fue ella quien lo indujo y no tenía forma de evitarlo ni de saber que pasaría. Además, nuestro Código Penal enumera cuáles son las circunstancias en las que los médicos tienen un permiso de practicar un aborto.
“El artículo 86 del Código Penal dispone que “El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1º Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.” Es decir, “la norma penal justifica el aborto en tres supuestos: peligro para la vida, peligro para la salud, y en caso de embarazo impuesto por violación. En este último caso, se prevé un permiso genérico y uno específico para las mujeres con discapacidad mental.” De esta forma se encuentra regulado el tema de la punibilidad del aborto en nuestro país.
...