Ensayo: Derechos Humanos y Ombudsman
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3.1 Ensayo: Derechos Humanos y Ombudsman
Módulo 3. Figuras Defensoras y Promotoras
Flor de Azalea Madrid Maciel
saly_madmac@hotmail.com
Universidad de Innovación
20/08/2018
Indice
Introducción 3
Desarrollo del Tema 4, 5
Conclusión 6
Bibliografía 7
Introducción
En este ensayo, se mostrara la evolución de la legislación en México en materia de Derechos Humanos y lo que viene siendo el Ombudsman (es el encargado de vigilar que los derechos de los individuos no sean arbitrarios por los gobiernos y la nación. La labor de este titular es proteger y asegurar el miramiento de los derechos de cada sujeto en el ámbito de cualquier modelo de obligación legal, administrativa, o de otra naturaleza).
El progreso de la reforma en materia de Derechos Humanos el impacto que causo, al ser acondicionada en la Constitución Política de México.
Desarrollo del Tema
Al tratar el tema de la Comisión de Derechos Humanos y el Ombudsman, es profundizar sobre la institución Jurídica que existe, no sólo en nuestro país sino en varios del mundo, es una especie de protección autónoma, precisa, y encargada de no sólo proteger los derechos fundamentales de cada individuó, sino investigar la procedencia cuando existe una transgresión o se violentan esos derechos.
El Ombudsman, como entidad garante y protector de la validez de los Derechos Humanos, no debe acotar su intervención, a averiguar e indagar las transgresiones a esos derechos y a guiar a los afectados de las mismas, salvo que, por su naturaleza, el Ombudsman tiene la obligatoriedad de investigar la previsión de las inobservancia, y el reconocimiento e innovación de la praxis administrativa y de las autoridades que formen un riesgo para la valides de los Derechos Humanos. La función del Ombudsman no se debe acotar al discernimiento y enmienda del tema específico del quebrantamiento a los Derechos Humanos, sino que se debe conducir a fomentar variabilidad en la enseñanzas y en las costumbre colectivo de modo que se evolución en la legalidad de los derechos primordiales.
No es considerado un Ombudsman la Comisión Nacional de Derechos Humanos, pero en si existe una vinculación entre sí, pues el Ombudsman es un titular gubernativo considerado de alto nivel, él se conduce de un modo independiente, pero en su momento otorga un balance al Poder Legislativo, este admite querellas y demandas que van sobre, dirigentes y empleados públicos, este posee la responsabilidad de investigar y manifestar esas advertencias y periódicamente entrega una crónica oficial sobre el desempeño o no de sus advertencias y recomendaciones.
Esta figura de expresión o modo de nombrar a estos servidores públicos emergió de Suecia con la Constitución de 1809, y así decreto una observancia complementaria para la ejecución de las disposiciones, vigilar como éstas yacen ciertamente utilizadas por la administración, y establecer una nueva manera, más dinámica y sin burocratismo, y así los individuos son capaces de protestar cada vez que se presente una injusticia y transgresión que sea incurrida por servidores públicos y autoridades.
Una de las principales actividades que realiza el Ombudsman, es admitir las quejas de algún supuesto acto de inobservancia, transgresión abuso a los Derechos Humanos, posterior a esto su deber es indagar este supuesto, si existió alguna negligencia de parte del servidor público, de esta forma su obligación es gestionar y solucionar las quejas de estas supuestas violaciones, aquí engloba un catálogo de delitos inmensos de los cuales en la actualidad vulneran y violentan los Derechos fundamentales de cada individuo de no sólo nuestro país sino del mundo entero.
En relación al tratar sobre el historial inmediato de lo que es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, señalamos que el 13 de Febrero de 1989, al interior de la Secretaria de Gobernación, se instituyo lo que es la Dirección General de Derechos Humanos, pero un año más tarde, lo que viene siendo el 6 de Junio de 1990, en donde el Presidente Carlos Salinas de Gortari, estableció por medio de un manifiesto presidencial, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos como una institución apartada de la Secretaria de Gobierno. Previamente, en la reforma que fue divulgada en el Diario Oficial de la Federación con fecha del 28 de Enero de 1992, se añadió lo que es la sección B del artículo 102, y así encumbrando a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en una jerarquía Constitucional y bajo el carácter jurídico de un Organismo separado, con una figura jurídica y medios característicos, asignándose de esta manera la manifestación del nombrado Sistema Nacional No Jurisdiccional de Protección de los Derechos Humanos.
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