Ensayo Federalismo
Enviado por • 6 de Diciembre de 2012 • 2.587 Palabras (11 Páginas) • 444 Visitas
ENSAYO
COORDINACIÓN FEDERACION Y ENTIDADES FEDERATIVAS
La idea de que nuestro país es un Estado Federal, se fijo por nuestros antepasados fundadores, ya que lo tomaban como parte de garantía de libertad, desarrollo democrático y eficacia, creyendo que sería el mejor esquema para un país como el nuestro, debido a su extensión territorial.
México se declaró federalista desde la Constitución de 1824, pero la de 1857, propuso un catálogo elemental de facultades exclusivas de la federación, por lo que el Poder Ejecutivo se benefició a la larga, mediante una serie de reformas, 70 aproximadamente, al artículo 73 Constitucional que establece las facultades exclusivas del Congreso de la Unión, por lo que varios cuestionan si estamos en una federación centralista o un centralismo federalizado.
Por lo que el Federalismo debe de estudiarse y actualizarse para que el Estado responda con mayor eficacia las necesidades de la sociedad. Ya que la esencia pura del Federalismo es la sana distribución de las competencias, nuestro trabajo debe dedicarse en la efectividad y eficacia de las actuales fórmulas.
En la propia Constitución se establece respecto al sistema federal de competencias un conjunto de facultades atribuidas a la federación, facultades prohibidas o a las que se refieren de facultades concurrentes o coincidentes, de auxilio y las que emanan de la jurisprudencia y enriquecen ésta clasificación.
Dentro de las fracciones del artículo 73, se le otorgan al Congreso facultades para expedir leyes entre la federación, estados y municipios, por lo que se da un federalismo dual.
En el artículo 31 fracc. IV, establece que la coordinación fiscal, otorga a las entidades federativas el rendimiento de un tributo federal, los cuales carecen de una verdadera intención federalista, ya que dichos recursos se destinan de manera etiquetada en cuanto al destino de los mismos, convirtiendo a los gobiernos estatales en agentes de gasto.
Los elementos de las entidades federativas, que son personas morales autónomas de derecho público, son los siguientes:
1.- Población: La comunidad social es la fuente poder público y su principal beneficiaria.
2.- Territorio: Atributo inmanente del Estado.
3.- El orden jurídico propio: las entidades están facultadas, para construir autogestivamente sus ordenamientos de régimen interior, partiendo de la previa integración jurídica y orgánica de los entes competentes para hacerlo.
4.- Poder público y órganos de representación: se relaciona con la orgánica y dinámica de las estructuras gu¬bernativas locales.
5.- Patrimonio propio: las funciones de las entidades federativas, al igual que las de carácter federal, se han de proyectar en un complejo sistema distributivo de recursos humanos, financieros, tecno¬lógicos y materiales.
6.- Objeto y finalidad: las entidades federativas, tienen su razón de ser precisamente en su objeto¬ social y en su fin lícitos. La finalidad es la satisfacción del interés colectivo, a través de las acciones de planeación y diseños democráticos del desarrollo.
7.- Nombre.
8.- Domicilio.
Existen varias cláusulas dentro de los elementos como son:
I. Cláusula en materia de derecho indígena.
Los pueblos indígenas deben de ser reconocidos por su pertenencia al origen sociológico e histórico por la vía de un derecho territorial, a la Nación que es única e indivisible.
II. Cláusula asociativa propiamente dicha.
Es el reconocimiento de carácter federante de los entes que concurren a la creación de una persona moral suprema, la demarcación del carácter asociativo que ejercen los entes federantes, la unidad que se determina para consolidar la asociatividad en términos de federalización y el rol autónomo jurídico-político que a las entidades les resulta.
III. Cláusulas de la soberanía popular en el ámbito local.
La soberanía nacional reside esencialmente en el pueblo, ya que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para el beneficio del mismo, así como tienen el derecho y el poder de alterar o modificar la forma de su gobierno.
IV. Cláusula territorial.
Nos dice que el reconocimiento de la prexistencia de un territorio propio de los entes federativos, los cuales están delimitados por sus extensiones y limites, los cuales surgieron a raíz de que surgiera la federación mexicana, el reconocimiento del dominio público y privado de las entidades como la autodeterminación de las Constituciones locales, del detalle, la geo mesura, por las cuales puedan identificar su ámbito espacial de validez del poder local y la integridad territorial nacional, que lo comprende los puntos anteriores ya mencionados.
V. Cláusula gubernativa.
Cada estado elegirá la forma de su gobierno republicano, que puede ser comprendido como el método de gobierno que se basa en los principios de temporalidad, selectividad y despersonalización del ejercicio de la soberanía popular. Este modo republicano de ser y actuar los operarios de la soberanía, en el ámbito local, debe corresponderse con el del fuero federal. El sistema representativo local que, se constituya como un mecanismo que permita la selectividad y la designación directa de los titulares de los poderes, con apoyo en los sistemas electorales de distritos y circunscripciones uninominales o plurinominales y en los principios de la mayoría relativa, de la representación proporcional y de la primera minoría, y a través de los regímenes de los partidos políticos, del servicio administrativo electoral, así como de la jurisdicción que resuelva los conflictos de la especie.
A lo largo del artículo 115 citado, que orienta sus disposiciones al régimen municipal propiamente dicho, hallamos otras implicaciones clausulares que le resultan al patrimonio jurídico de las entidades, como son las siguientes:
La prohibición de autoridades intermedias entre el municipio y la entidad federativa.
La facultad de los congresos locales para suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, así como su potestad para nombrar concejos municipales.
La facultad de los congresos locales para dictar leyes municipales; promover convenios de apoyo administrativo; dictar normas para solución de conflictos municipio-estado, para fomentar la asociación intermunicipal, para determinar los ingresos, egresos y participaciones de la hacienda municipal y aprobar su cuenta pública, entre otros.
La facultad de los gobernadores para concurrir a la planeación del desarrollo municipal
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