Ensayo de un Protesto fielmente
Enviado por Julio César • 28 de Mayo de 2017 • Trabajo • 1.559 Palabras (7 Páginas) • 255 Visitas
Protesto fielmente el cargo conferido y se le discernió del mismo; dicho albacea al formular el inventario correspondiente señal que la masa hereditaria se conforma por dos seguros de vida, consistente, el primero: 1. Seguro de vida contratado con GRUPO NACIONAL PROVINCIAL S.A.B. (GNP SEGUROS), se desconoce el monto del seguro; el segundo: 2. Seguro de vida, conocido como PLAN DE PREVISION SOCIAL GUERRERO, que el Gobierno del Estado de Guerrero, a través de la Secretaría de Educación Guerrero, por conducto de su titular, ha aceptado implementar, a solicitud del Sindicato Nacional de los Trabajadores del Estado, desconociendo el monto del seguro; bajo las circunstancias tenemos que el albacea y heredero único de la sucesión mencionada, no acreditó con ningún documento idóneo la existencia de los dos seguros de vida en favor del autor de la sucesión; no obstante que mediante auto que regulariza el procedimiento de doce de agosto del presente año, se le dio vista, para que exhibiera documentos idóneos, mediante los cuales demostrara la existencia de los citados seguros de vida; y de actuaciones se advierte que el albacea en mención, por conducto de su abogado patrono, mediante escrito de veinticuatro de octubre de dos mil catorce (f. 45) argumentó: “…que no existe documentación alguna que mi poderdante pueda presentar respecto de los seguros señalados en el inventario, por lo que solicito a su Señoría, dicte sentencia interlocutoria, tal y como lo refiere en el auto de fecha doce de agosto del presente año…”, consecuentemente al no haber acreditado la existencia de los dos seguros de vida en favor del autor de la herencia, es evidente que no existen bienes ni derechos material de adjudicó.
IV. En virtud de los razonamientos expuesto, se declara procedente la sucesión in testamentaria a bienes de MIGUEL ÁNGEL SALINAS BAÑOS, declarándose como su único heredero a NORBERTO SALINAS BIBIANO, en su carácter de progenitor, a bienes del autor de la herencia MIGUEL ÁNGEL SALINAS BAÑOS; sin que sea factible adjudicación alguna, por no haber acreditado la existencia de los seguros de vida, materia de caudal hereditario.
MLS/AVV/ASN.
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
C. NORBERTO SALINAS BIBIANO
DESPACHO 302, EDIFICIO SAN CARLOS
AVENIDA COSTERA MIGUEL ALEMAN NÚMERO 320
COLONIA CENTRO
CIUDAD.
En el expediente número 557-2/2013, relativo al juicio SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES DE MIGUEL ÁNGEL SALINAS BAÑOS, denunciado NORBERTO SALINAS BIBIANO, la Juez Primero de Primera Instancia en materia Familiar, del Distrito Judicial de Tabares, dictó una sentencia definitiva cuyos puntos resolutivos dicen:
SENTENCIA DEFINITIVA.- Acapulco, Guerrero, a veinticinco de noviembre de dos mil catorce. PRIMERA.- Se declara procedente la sucesión in testamentaría a bienes de MIGUEL ÁNGEL SALINAS BAÑOS; SEGUNDO.- Se declara a NORBERTO SALINAS BIBIANO, como único y universal heredero de bienes o derechos del autor de la sucesión MIGUEL ÁNGEL SALINAS BAÑOS; TERCERO.- Notifíquese personalmente y cúmplase. Dos firmas ilegibles al calce “Rúbricas”.
Lo que notifico mediante la presente cédula que recibe _____________________________________ el día de hoy a las __________ horas, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.
Acapulco, Guerrero, a ________ de ____________ de 2014.
Primera Secretaria Actuaria Adscrita al Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar, del Dto. Judicial de Tabares.
LIC. KARINA CARBAJAL RODRIGUEZ.
ACTA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA.
EXP. 557-2/2013.
(NORBERTO SALINAS BIBIANO)
En la ciudad de Acapulco, Guerrero, siendo las once horas con treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil catorce, la suscrita Licenciada Karina Carbajal Rodríguez, Secretaria Actuaria Adscrita al Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Tabares, me constituí legalmente en el domicilio señalado en autos para notificar a NORBERTO SALINAS BIBIANO, ubicado en el despacho trescientos dos, edificio San Carlos, avenida Costera Miguel Alemán, número trescientos veinte, colonia Centro, de ésta ciudad, y cerciorada de estar en el domicilio correcto señalado en autos para notificar a NORBERTO SALINAS BIBIANO, además del dicho de los vecinos, me confirma que estoy en el domicilio correcto el licenciado Martín Olea Andrade, quien encuentro en el interior del despacho y me atiende, manifestando ser abogado de la persona buscada, con quien me identifico debidamente, al solicitarle identificación oficial, me proporciona su Cédula Profesional para ejercer la licenciatura en derecho, con número de folio 3955258, expedida por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, cuyos rasgos de la fotografía que obra en la documental coinciden con los del profesionista que la exhibe y en éste acto le devuelvo por ser de uso personal; acto seguido, por su conducto notifico a NORBERTO SALINAS BIBIANO, la sentencia definitiva, dictada en el expediente al rubro citado, por la titular del juzgado de mi adscripción, el veinticinco de noviembre de dos mil catorce, la cual entre otras cosas, resuelve que: Se declara procedente la sucesión in testamentaria a bienes de Miguel Ángel Salinas Baños; y se declara a NORBERTO SALINAS BIBIANO como único y universal heredero de bienes o derechos de autor de la presente sucesión; haciéndole entrega de una cédula de notificación que contiene los puntos resolutivos de la sentencia emitida, previamente sellados y cotejados con la que obra en el expediente original, haciendo de sus conocimiento además del término con que cuenta para impugnarla, el profesionista que me atiende firma de recibido las copias de la cédula y no en ésta acta por no creerlo necesario, no habiendo más que hacer constar, se da por terminada la presente diligencia, firmando para debida constancia. Doy fe.
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