Entorno de la Categoría “Cereales”
Enviado por Sofia Florez • 22 de Octubre de 2021 • Informe • 5.038 Palabras (21 Páginas) • 103 Visitas
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UPC
Carrera de Administración y Marketing
Introducción al Marketing
FICHA 1
Entorno de la Categoría
“Cereales”
DOCENTE: Guillermo Agustin Araya
GRUPO N° 6 - Integrantes:
- César Cuadros Beltrán (u201014791)
- Oscar De la Cruz Gomzales (u202121606)
- Meyling De la Cruz Leng (u202122442)
- Alonso Fasanando Olaguibel(u201921201)
- Ana Sofia Florez Morales (u202121253)
ÍNDICE:
- FACTOR POLÍTICO - LEGAL 3
- Política fiscal
- Aumento de controles de sanidad
- Mejoras en las leyes medioambientales
- FACTOR COMPETITIVO 6
- Número de competidores
- Problemas específicos de los competidores
- Mayor costo del producto debido a la inclusión de los octógonos
- FACTOR ECONÓMICO 11
- PBI
- Tasa de interés
- Tipo de cambio
4) FACTOR DEMOGRÁFICO 13
- Población
- Generaciones
- Ubicación (concentración de población)
5) FACTOR TECNOLÓGICO 12
- Nuevas formas de Producción
b) Nuevas tecnologías inclusivas
c) Nuevas tecnologías edio
6) FACTOR SOCIAL 18
a) Cambio en el estilo de vida
- Nuevos eventos perjudiciales
c) Cambios en la dieta
7) REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 20
FACTORES DEL ENTORNO
1.Factor Político- Legal
a) Política fiscal:
El 17 de junio del año 2019 empezó a regir la obligación del etiquetado con octógonos. Esto se dio en respuesta al consumo excesivo de alimentos con gran contenido de grasas saturadas, grasas trans, azúcar y sodio. Desde la fecha, las empresas se vieron obligadas a incorporar un rótulo adicional en el empaque advirtiendo el excesivo contenido dañino para la salud.
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Fuente: Diario Gestión, 2019
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Fuente: Artículo 4 del Decreto Supremo N° 017-2017-SA
Impacto en la categoría: Esta resolución ministerial lo que busca es desincentivar la compra de productos que se consideran dañinos para los consumidores. Es probable que haya una ligera caída de la demanda, ya que al estar mejor informados los consumidores que no sabían del exceso de grasa y azúcar que contienen estos productos dejarán de comprarlos. Sin embargo, a largo plazo esta ligera caída en la demanda desaparecerá y esta volverá a donde estuvo antes de ser publicada esta resolución, ya que, en general, los consumidores de estos productos son conscientes del daño que producen al ser consumidos en exceso, más a pesar de eso lo siguen haciendo.
b) Aumento de controles de sanidad:
En el 2020, el ministerio de salud decretó un nuevo decreto supremo que dicta la aprobación del nuevo protocolo sanitario simplificado que será aplicado hasta la culminación del estado de emergencia sanitaria en el país. Este otorga permisos al estado para supervisar los factores de riesgo químicos, biológicos, etc, externos al personal con autoridad de fiscalizar y clausurar locales a su criterio. Así también, señala que bajo la resolución directoral N 063-2013/DIGESA/ SA, Acta N3. Se realizará la inspección y evaluación sanitaria a establecimientos procesadores de hojuelas de cereal y/o leguminosas.
Impacto en la categoría: Este nuevo decreto en conjunto con la resolución directoral, significan un reto y un impacto negativo para las empresas del sector ya que deben ajustar su funcionamiento y personal a las nuevas normas establecidas para salvaguardar la salud de los trabajadores y los consumidores sin embargo, el impacto podría resultar positivo ya que si las empresas acatan correctamente los nuevos lineamientos impuestos por el Ministerio de Salud, los compradores van a confiar en que los productos que llegan a sus tiendas de preferencias han pasado por controles de salubridad y dado el estado de emergencia sanitario en el que nos encontramos esto es vital para que el consumo de cereales no disminuya en la población.
c) Mejoras en las leyes medioambientales
La ministra del ambiente, Lucía Ruiz realizó varios aportes a la Ley N° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, prohíbe el consumo de aquellos productos de plástico que son innecesarios, es decir, aquellas que no se pueden reciclar o que representan un riesgo para la salud pública y/o el ambiente cuya finalidad es verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables derivadas de la misma norma. Del mismo modo, contempla la promoción del otorgamiento de incentivos a los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de los bienes de plástico.
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