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Enuncie y analice la constitucionalidad y legalidad de los requisitos para ingresar al movimiento machista colombiano casanareño.


Enviado por   •  20 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  3.027 Palabras (13 Páginas)  •  317 Visitas

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Enuncie  y analice  la constitucionalidad y legalidad  de los  requisitos para ingresar  al movimiento machista  colombiano  casanareño.

1 Que le  gusten  las mujeres.

Este  requisito  que establece  el  movimiento machista  no  va  en contravía  de ninguna norma  legal o constitucional  por que  corresponde  a  mi manera  de ver  a las  libertades  de la esfera  interna  de  la persona  y al libre desarrollo de la personalidad es  decir  es un atributo  propio  que le garantiza  una libertad  de poder  actuar  y escoger  a su modo la   preferencia  sexual  que  mejor  le parezca , de otro  modo no sería  compresible  que el desarrollo  interno de una persona  pudiera  estar  reglado y que  en  este  caso el hecho de  que  el  requisito sea que le gusten las mujeres pueda  atentar  contra los derechos  de otro y pudieran afectar  el orden constitucional.

Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. (Constitución política  colombiana)

2 que  tengan una  demanda  por  alimentos.

Si bien es cierto que los requisitos para ingresar al "movimiento machista casanareño" tienen una generalidad en el sentido que muchos hombres se encuentran involucrados en procesos de inasistencia alimentaria violencia intrafamiliar paradójicamente mantienen varias relaciones con otras mujeres, desde todo punto de vista es inaceptable, es reprochable y contrario a la orientación de dignidad humana, la convivencia pacífica y el amparo de la familia como institución básica de la sociedad.

Enuncie   y  analice  la  viabilidad  de las propuestas  del movimiento machista colombiano de  Beto  Barreto.

Subsidio para hombres cabeza  de varias  familias.

Esta  es una  propuesta  apropiada  dentro  de las garantías  que  el estado  debe  brindar   al hombre. A lo largo de la  historia  se  han  hecho  muchas  discriminaciones positivas  para  lograr  darle una protección especial  a la mujer  en  este  aspecto  como  sujeto de derecho  vulnerable,   de esta manera   en nuestra  sociedad   hay hombres  que  se encuentran bajo  unos parámetros  muy similares  a la  mujer  ya sea  por abandono del  hogar  de la misma,  o por  circunstancias  de  desaparecimiento o muerte  de  la madre. en este  caso el  estado  debe  brindar  una protección especial al hombre por que  este  se encuentra  en  un estado vulnerable  en donde  no solo  tiene la responsabilidad  del cuido  de  su núcleo familiar  sino que  también es el que debe proveer el sustento para el mismo, por  esta  razón  es  necesario que el estado  brinde  garantías  constitucionales  y legales   brindando una  protección especial  al hombre como  fuente  de  sostenimiento  del  núcleo  familiar,  con este  tipo de  medida  lo que  se  quiere  es   proteger  no al hombre  directamente  si no a quienes  están  bajo  su potestad por  eso  es   viable que el estado  se preocupe  por  garantizar  el sostenimiento  de  quienes   están  bajo  la responsabilidad  de un hombre  cabeza  de hogar  ,  fenómeno que no es  nuevo   ni desconocido en  nuestro país.

Un hogar  de paso  o del  marido infiel.

Un hogar  de paso  es un conjunto de elementos y  condiciones  dinámicamente  relacionados  a   garantizar  condiciones  básicas y  brindar  niveles  de protección a  personas  es  situación de  vulnerabilidad proporcionando  acciones orientadas  a la  restitución  de  algún derecho ,  de ninguna manera  un  tipo de propuestas como esta  tiene un sentido lógico  debido a que  ser  infiel  no  tiene  nada que ver  con el  sentido  o el principio  fundamentales por  los  cuales  un hogar  de paso  se crea . la  infidelidad  no  puede  ser  reconocida  como un  estado de indefensión  o  de  vulnerabilidad  por  ende  el  estado  no  puede  de ningún manera articular  políticas  y garantizar  la protección  de  este tipo de actuaciones.

Una oficina jurídica  que  defienda   los hombres que golpean las mujeres.

“Como es sabido, el debido proceso es un derecho constitucional fundamental, consagrado expresamente en el artículo 29 de la Constitución Política, el cual lo hace extensivo “a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. La jurisprudencia constitucional ha definido el derecho al debido proceso, como el conjunto de garantías previstas en el ordenamiento jurídico, a través de las cuales se busca la protección del individuo incurso en una actuación judicial o administrativa, para que durante su trámite se respeten sus derechos y se logre la aplicación correcta de la justicia” (Sentencia C-980/10) . Aunque  la jurisprudencia  es  clara  y garantiza que   todos los  colombianos  podemos  ser  defendidos  por  un   abogado no  sería  lógico  que  el estado   sea  garantista  de  quienes  reiteradamente  cometan  delitos  contra  la  mujer en  este  caso la  violencia  domestica el estado deberá  proveer   este tipo de garantías   a  quienes  en un  momento  determinado no puedan por  motivos  económicos  acceder  a  los  servicios  de un  abogado,  pero en  cambio  si se llegase  a brindar  este  tipo  de apoyo   a hombres maltratadores  estaríamos permitiendo  que  el maltrato a la mujer  fuera algo cotidiano  y  seria   violatorio  de muchos  tratados internacionales  y derechos  constitucionales  fundamentales  ,  en resumidas  cuentas    se estaría  haciendo  apología  al delito aspecto  que  no  va  de  ninguna manera acorde  con  los principios  y  valores constitucionales .

Asistencia  psicológica que  rescate  a maridos pendejos  y tontarrones.

El  hecho  de  que  un  hombre  no  actué  bajo  las premisas  del  hombre  machista   tradicional y le  brinde  las garantías  de  vida  necesarias   a  su  pareja    como  es  debido, no  quiere  decir que  este   padezca   de   algún trastorno mental o  que necesite  de  ayuda  psicológica  o profesional  para  salir  de este  estado ,  no tiene ningún  soporte  científico  que  actuar bajo el  marco  legal    y moral  sea  causal   de  un tratamiento  especial y  médico , este  tipo  de comportamientos  son  acordes  con los  modelos  de  vida  actuales  basados  en el respeto  y  la armonía  de las  familias  de  estos  tiempos , por  eso  esta  propuesta  no tiene un  fundamento que pueda  determinar  de quien no maltrate a una  mujer  pueda ser considerado como un  enfermo y que  deba recibir un tratamiento especial para  dicha “enfermedad”.

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