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Enviado por MARIAPILA • 29 de Noviembre de 2013 • 3.921 Palabras (16 Páginas) • 317 Visitas
RABAJO SOBRE SOBERANÍA.
1.- CONCEPTO DE SOBERANÍA
La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan mencionado en los ordenamientos jurídicos quien lo detenta y ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin.
2.- CARACTERÍSTICA DE LA SOBERANÍA
3.- RESIDENCIA DE LA SOBERANÍA, ES DECIR, EL PODER LA SOBERANÍA.
Bodino
Este autor define la soberanía, como "el poder supremo sobre los ciudadanos y los súbditos, no sometidos a las leyes". Señala que la soberanía es perpetua, inalienable y no está sujeta a prescripción. Se inclina por la forma monárquica de gobierno, que señala Maquiavelo, ya que él también está de acuerdo en que el poder resida en una sola persona, como un príncipe.
Hobbes
Hobbes también se inclina a un gobierno monárquico absoluto, al residir todo el poder en una persona. Es importante recordar que el trabajo de Hobbes se ve muy influido por el contexto histórico de Inglaterra durante la guerra civil. Menciona que es necesario un pacto entre la comunidad y el Estado en el que las personas renuncian a algunos derechos que serán irrecuperables y quedaran en manos del monarca.
Para estudiar la esencia de la soberanía Hobbes se inspira en Bodino, utilizando como el dos caminos: el de las “marcas” (repertorio de poderes que tiene el soberano) y el de las notas esenciales (que afectan a esas marcas y las elevan al rango supremo).
Estas marcas, poderes o derechos del soberano son: prescribir leyes, juzgar, declarar la guerra y hacer la paz, consiguientemente el mando de los ejércitos, etc, incluso la disposición sobre la sucesión al trono.
El poder legislativo es absoluto porque el Derecho, en sentido objetivo, nace del Estado. Estamos en el positivismo jurídico más puro, porque el soberano determina lo que es justo de lo que es injusto, sin quedar el mismo sometido por la ley; y más absoluto, porque Hobbes profesa un claro voluntarismo de acuerdo con su nominalismo lógico y político (control de las opiniones por el soberano).
El conjunto de estas marcas constituye el poder del soberano. Pero además estas marcas contienen dos notas esenciales: “son incomunicables e inseparables”. El poder del soberano es indivisible. Hobbes defiende la indivisibilidad de la soberanía frente al pensamiento tradicional ingles que entendía que los poderes del soberano estaban repartidos entre el rey, los lores y los comunes. Pero además el poder del soberano es absoluto, no tiene ninguna limitación institucional, no hay leyes fundamentales o constitucionales como era el caso de Bodino.
Para Hobbes el hombre es un cuerpo que está envuelto en las leyes de la causalidad de la Naturaleza pero que ha de realizarse frente a esa estructura causal que continuamente le amenaza. El conocimiento de la Naturaleza tiene como fin enseñarle al hombre como dominarla. Piensa que el fin del saber no es la contemplación mediante la cual participamos en una razón universal, sino la acción, el poder para actuar, porque el hombre sólo puede vivir en la Naturaleza si la domina. Inmerso en una situación de hostilidad la actitud básica del pensamiento hobbesiano es la búsqueda de la seguridad.
Para hobbes la única soberanía absoluta es la temporal, por lo cual la espiritual deberá someterse a esta, así el soberano será jefe de estado y del poder espiritual, si el soberano lo considera adecuado podrá encomendar al papa el gobierno de los súbditos en materia religiosa, asi como también podrá removerlo cuando lo estime conveniente.
ROUSSEAU
Rousseau menciona que la soberanía debe de residir en el pueblo y no en una autoridad, ya que el pueblo es el que debe de controlar al Estado y no una sola persona. Con lo que da paso a la soberanía popular. Según Rousseau la soberanía es indivisible e inalienable y pertenece solo al pueblo, por lo que el pueblo es un solo órgano que tiene poderes delegados, al que se le puede retirar o agregar lo que sea según lo que decida el pueblo.
LAS PREGUNTAS SE DEBEN INVESTIGAR Y ANALIZAR DE ACUERDO A LO OPINAN LOS SIGUIENTES PERSONAJE:
JUAN BODINO Como eje de poder, 1596. Es muy interés los 6 libros de la república, libro donde se plantea por 1er vez el térmibno soberanía
THOMAS HOBBES
JUAN JACOBO RAUSSEOT
La Soberanía en Jean Bodin
El concepto de soberanía de Bodin está planteado en su obra Los Seis Libros de la República, publicado en 1576. En el Capítulo VIII del Libro Primero, Bodin comienza definiendo la soberanía como:
La soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una república […] Digo que este poder es perpetuo, puesto que puede ocurrir que se conceda poder absoluto a uno o varios por tiempo determinado, los cuales, una vez transcurrido éste, no son más que súbditos. Por tanto, no puede llamárseles príncipes soberanos cuando ostentan tal poder, ya que sólo son sus custodios o depositarios, hasta que place al pueblo o al príncipe revocarlos.
La definición de soberanía como poder absoluto, de acuerdo con el análisis del profesor Pedro Bravo Galán, era necesaria en los tiempos en que escribió Bodin para que el ejercicio de la misma no pudiese ser limitado por ningún tipo de fiscalización. Bodin escribe su obra en un entorno donde el poder del Estado se enfrenta a los poderes tradicionales de la época, representados por los señores feudales y por la burguesía, que amenazaban a la monarquía francesa, pero que al mismo tiempo sufrían también de la crisis política, que se revelaba con el surgimiento de diversas facciones. Todo ello en un marco de crisis económica, evidenciada en la bancarrota real de 1557.
Bajo esta perspectiva, la obra Los Seis Libros de la República aparece como una propuesta a la crisis de autoridad observada; esa propuesta está basada en el principio unitario del poder, depositado en el Estado a través de la monarquía, y representado por la sumisión del súbdito al príncipe, incluyendo dentro de los súbditos a todos los poderes intermedios, como el poder feudal, por ejemplo.
Para Bodin “La soberanía no es limitada, ni en poder, ni en responsabilidad, ni en tiempo”. Con esta afirmación Bodin quiere dejar claro su concepto de soberanía como una noción vinculada al Estado, consustancial al Estado mismo. Este es un concepto de soberanía diferente a la definición que se le daba a este vocablo en el siglo XVI, de acuerdo con el profesor Bravo Galán, es decir, desde el siglo XV se conocía el término soberanía, pero en otro sentido, indicando solamente una relación de preeminencia o superioridad en un sistema jerárquico.
A pesar de esta afirmación, Bodin sí establece unos límites al concepto
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