Escuekla Neo Clasica
Enviado por sergiothzzz • 22 de Agosto de 2013 • 427 Palabras (2 Páginas) • 828 Visitas
ESCUELA NEOCLASICA, DOGMATICA O TECNICA JURÍDICA.
Cuenta con autores como Manzini, Rocco, y Carnelutti en Italia y Binding en Alemania.
Elimina el libre albedrío como fundamento de la imputabilidad, que sustituye por la normalidad psíquica; y distingue entre imputables, sometidas a las penas, e inimputables, sujetos a medidas de seguridad.
Para esta escuela la tipicidad y la antijuricidad son objetivas y admiten que la culpabilidad puede ser con dolo, con culpa o con premeditación.
Los principales postulados de la escuela dogmatica son:
• El delito puede ser resultado de acción u omisión.
• Debe resultar una conducta típica, antijurídica y culpable.
• Delito o infracción penal son equivalentes.
• No admiten responsabilidad objetiva.
• La pena es un castigo de carácter retributivo o preventivo.
• Hace la diferencia entre imputables y inimputables.
El método de la técnica-jurídica se dividió en tres etapas a seguir: interpretación o exégesis; sistemática y crítica.
La primera consiste en descubrir el sentido de las proposiciones penales.
En la fase sistemática se recogen los resultados de la primera fase y se aplica el método inductivo (obtener de un conjunto de datos particulares sus características comunes para obtener conclusiones generales) para crear categorías de carácter conceptual (dogmas) que se ordenen lógicamente formando un sistema de análisis; de la creación de los dogmas y de su sistematización se espera poder deducir consecuencias relevantes para la aplicación de la ley (Fase deductiva).
En las primeras dos fases antes expuestas se analiza el derecho como es; en cambio, en la fase crítica se determina si ese derecho es o no como debiera ser, con lo cual se debe esperar hasta este momento para realizar juicios de valor sobre el derecho vigente.
Dicha separación tajante entre el conocimiento científico del derecho positivo (primera y segunda fase) y su valoración (tercera fase) es propia del método positivista formal, en el cual se evita a toda costa interpretar el derecho conforme a valores.
La exclusión total de los valores en la interpretación del derecho penal fue criticada por Antolisei, Maggiore, Nuvolone y sobre todo Bettiol, a través de su teoría de la “jurisprudencia de valores”. Sin embargo, los dogmáticos italianos ya no pudieron colocarse a la vanguardia del desarrollo de la dogmática jurídico-penal que habían hincado con Becaria; lugar que ya habían ocupado los dogmáticos alemanes de la época.
Ello se debe a que durante la segunda mitad del siglo XIX los autores italianos se olvidaron del derecho penal positivo como objeto de estudio de la dogmática jurídico penal y dedicaron sus esfuerzos a la creación de construcciones idealistas (escuela clásica) o nuevas ciencias, como la criminología (escuela
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