Flonce Cassez
Enviado por sasgrafos • 18 de Mayo de 2012 • 1.157 Palabras (5 Páginas) • 500 Visitas
Primero que nada, pienso que hay una violación al “debido proceso legal”, pues se dice que la indiciada fue capturada en “flagrancia”, en base de un video del 9 de diciembre del 2005, donde se contradice cierta prueba en febrero del 2006, aceptada por el ministerio público que, la prueba antes mencionada no corresponde a dicha “flagrancia”.
Existe, una cierta incertidumbre sobre la detención, pues se dice que la detención fue realizada las cinco horas con treinta minutos de la madrugada del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la carretera federal México - Cuernavaca, donde el mismo reporte informa que los agentes entraron al rancho “las chinitas” alrededor de las siete horas con treinta minutos de la madrugada antes mencionada.
Así mismo por parte “Hay contradicción en las declaraciones del niño secuestrado, en cuanto a que primero indicó que fue un hombre quien le sacó la sangre del brazo, para luego corregir e indicar que fue una “mujer de manos suaves”. La contradicción fue tal, que en la última de declaración se “acomodó” para decir que el hombre en realidad, sólo había dado la orden.”… (Defensa de Florence Cassez).
También informan que Cristina y su hijo no ubicaron o mencionaron la presencia de mujeres. Reconocieron a Florence por una grabación de voz, sin que el audio conste en el expediente ni la forma en la que recabada. (Defensa de Florence Cassez).
Por tanto no existe una credibilidad con exactitud, puesto que no la pueden identificar físicamente, las voces son muy susceptibles a confundirse, a lo que también al rendir su primera declaración no hablaban de una mujer, puesto que en su segunda declaración ya hablaron de una mujer, lo cual tampoco lleva a una congruente declaración y confiable.
Así mismo, La jurisprudencia definida establece que las primeras declaraciones serán las de mayor peso probatorio, toda vez que éstas se producen sin aleccionamientos y sin la asistencia de consejos legales. La sentencia que condenó a Florence Cassez, inobservó este principio de inmediatez procesal.
Después, el tercer testigo (Ezequiel Elizalde) mintió al presentar una mancha en el dedo como una lesión causada por una inyección de anestesia. No hay ninguna prueba pericial en el expediente que corrobore su afirmación. La defensa presentó una prueba médica que desvirtuó la declaración de Ezequiel, sin que el Ministerio Público la haya objetado (Defensa de Florence Cassez).
Lo que también se me hace algo inexplicable, es el caso que existe un testigo, un supuesto vendedor de legumbres, que por ser testimonio “vaga”, pues él decía señalaba que reconoce a Florence Cassez como víctima, quien meses más tarde, apareció muerto en un accidente en el estado de hidalgo. ¿Algo muy raro no?.
Después la víctima, Cristina Ríos Valladares, madre del menor, Meses más tarde, en una tercera declaración, modificó de nueva cuenta su versión y entonces mencionó haber sido abusada sexualmente, posterior mente, en el año 2009, la misma testigo vuelve a cambiar su declaración en una carta pública en la que menciona, que la francesa Florence Cassez, presencio los abusos en forma amenazadora, por lo cual dicha declaración no consta en los expedientes, no forma parte del proceso, pero si hay un indicio de la falsedad de testimonial.
El periódico denominado “milenio”, hizo una investigación de la hoy acusada Florence Cassez donde publico el “Florence Cassez nunca vivió en la clandestinidad, propia de una banda criminal. Los resultados de la investigación previa a la supuesta detención desmerecen el trabajo policial. Ninguna de las pesquisas vincula a Florence Cassez. Florence Cassez pasó el verano de 2005 en Francia y regresó a México
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